Juzgado de Letras de Villarrica

SANZANA/

Rol

V-2-2023

Fecha

19 de junio de 2023

Materia

NOMBRE, AUTORIZACIÓN CAMBIO DE

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos: A folio 1, comparece don ALCIDES ZANZANA RODRIGUEZ, jubilado, viudo, cédula nacional de identidad N°4.305.389-2, domiciliado en calle Camilo Henríquez N°499, comuna de Villarrica, debidamente representado por el abogado Sebastián San Martín Rodríguez, quien viene a solicitar el cambio de nombre. Expone que al momento de su nacimiento fue inscrito con el nombre de ALCIDES ZANZANA RODRIGUEZ, pero que, al momento de obtener su primera cédula de identidad, su nombre y apellido apareció como ALCIDES SANZANA RODRIGUEZ, nombre que hasta el día de hoy nunca ha sido modificado, dado que sus padres no tenían los medios, ni conocimientos de cómo realizar el cambio. Agrega que en muchas oportunidades la diferencia entre su apellido expresado en la partida de nacimiento con el dispuesto en su cédula de identidad, le ha traído innumerables problemas, que de una u otra forma ha podido solucionar. Expresa que se identifica plenamente con el nombre que aparece en su cédula de identidad, el cual ha llevado por más de 82 años, donde en todo ámbito, social y público, tanto por sus familiares, amigos y personas con las que trata generalmente siempre se le ha reconocido por su apellido “SANZANA” y no así por “ZANZANA”, apellido que en definitiva Código: RXGDXFZFXSY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 es por el cual se distingue e identifica, sintiéndose reconocido por este. Finalmente, señala que ha transcurrido con creces el plazo de cinco años que la ley señala para solicitar el cambio de nombre, habiendo sido conocido con un nombre distinto durante dicho lapso de tiempo y que no existe ningún impedimento de los señalados en la ley que puedan configurar una causal de rechazo a su solicitud de autorización de cambio de nombre. A folio 9, se agregó informe N° 462 emitido por el Servicio de Registro Civil e Identificación el 26 de enero de 2023. A folio 12, se acompaña copia de publicación realizada en

Fundamentos

motivos plausibles, con nombres o apellidos, o ambos, diferentes de los propios, y” SEGUNDO: Que, dicha normativa, invocada por el peticionario de autos, para efectos de fundar su solicitud, establece los siguientes requisitos: 1.- Ser conocidos con nombres o apellidos diferentes al propio por un plazo mayor a 5 años. Código: RXGDXFZFXSY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 2.- Que, existan fundamentos plausibles en la circunstancia de ser conocido por nombres o apellidos diferentes. TERCERO: Que el solicitante de autos acompañó para fundar su solicitud, los siguientes documentos: 1.- Copia de certificado de nacimiento de Alcides Zanzana Rodríguez, inscrito bajo el número 475, en el Registro Civil e Identificación, circunscripción Villarrica, correspondiente al año 1940. 2.- Copia de cédula de identidad. CUARTO: Que consta en autos que se ha rendido información sumaria de testigos, compareciendo doña Jeniffer Andrea García Jara y don Fabián Antonio Seguel Llanquihuen, quienes previamente juramentado han expuesto que conocen al solicitante de autos desde hace más de 25 años, que desde que lo conocen saben que su apellido su nombre el primer apellido de mi tío este se hizo de forma errónea toda vez que se incluyó una “Z” y no una “S”. Sostienen que los padres de don Alcides nunca optaron por modificarlo ya que no tenían los medios y conocimientos de cómo realizar el cambio. Agregan que tienen conocimiento que en su cédula de identidad se le individualiza como Alcides Sanzana Rodríguez. Finalmente agregan que es fundamental el cambio de apellido por su tranquilidad emocional; lo conocen desde hace bastante tiempo y han notado que su paciencia se ha ido agotando producto de los constantes problemas que su apellido le ha ido generando. QUINTO: Que, en relación al requisito N°1 señalados en el considerando segundo, el solicitante ha expuesto que ha sido conocido como “Alcides Sanzana Rodríguez” por más de 5 años, hecho que resulta acreditado por la información sumaria de testigos, quienes se encuentran contestes en declarar que el solicitante es conocido y nombrado por sus amigos y familiares con el nombre de “Alcides Sanzana Rodríguez” desde un plazo mayor a 5 años, debiendo

Fallo

por tanto darse por acreditado el primer requisito establecido en la letra b) artículo 1° de la ley 17.344. Código: RXGDXFZFXSY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 SEXTO: Que, en relación al requisito N°2 señalado en el considerando segundo, el solicitante de autos ha indicado que la utilización del apellido de “Zanzana” responde a un menoscabo emocional que el apellido le genera, debido al error incurrido al momento de realizar su inscripción en el año 1940. Este postulado resulta ser concordante con las declaraciones de testigos, quienes se encuentran contestes en tales hechos. Constituyendo tales hechos motivo plausible para esta Sentenciadora, teniendo por tanto acreditado el segundo de los requisitos establecido en la letra b) artículo 1° de la ley 17.344. SEPTIMO: Que, a fin de dar cumplimiento a lo establecido en el inciso 2° del artículo 2° de la ley 17.344, el cual ordena la publicación de la solicitud de cambio de nombre en el diario oficial, es que se ha acompañado al proceso copia de publicación en Diario Oficial de fecha 15 de marzo de 2023, la cual da cuenta que se ha dado a la presente solicitud de cambio de nombre”. OCTAVO: Que conforme a lo establecido en el inciso 6° del artículo 2 de la ley 17.344 se ha evacuado informe N°462 del Servicio de Registro Civil e Identificación en el cual se indica el registro de inscripción de nacimiento de la solicitante en conjunto con el nombre de s

Texto Completo (Preview)

Foja: 1 FOJA: 20 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras de Villarrica CAUSA ROL : V-2-2023 CARATULADO : SANZANA/ Villarrica, diecinueve de Junio de dos mil veintitr sé Vistos: A folio 1, comparece don ALCIDES ZANZANA RODRIGUEZ, jubilado, viudo, cédula nacional de identidad N°4.305.389-2, domiciliado en calle Camilo Henríquez N°499, comuna de Villarrica, debidamente repre

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica