16º Juzgado Civil de Santiago

ITAU - CORPBANCA S.A./MUÑOZ

Rol

C-1364-2023

Fecha

19 de junio de 2023

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

Vistos: Que, con fecha 25 de enero de dos mil veintitr s, comparece do aé ñ Pamela Bueno Rojas, abogada, domiciliada en calle Ahumada N 254,° oficina N 502, comuna de Santiago, en representaci n de la sociedad Ita° ó ú Corpbanca, sociedad an nima bancaria, representada legalmente por donó Gabriel Amado de Moura, ingeniero comercial, domiciliados en calle Rosario Norte N 660, comuna de Las Condes, quien deduce acci n° ó ejecutiva en contra don Fabi n Enrique Mu oz Bravo, ignora profesi n uá ñ ó oficio, domiciliado en calle Kioto N 1282, comuna de La Florida.° Que, con fecha 21 de febrero de dos mil veintitr s, se requiri deé ó pago al ejecutado. Que, con fecha 1 de marzo de dos mil veintid s, comparece eló apoderado del ejecutado, quien deduce las excepciones de los numerales 7 y 14 del art culo 464 del C digo de Procedimiento Civil.í ó El d a 13 de marzo de 2023 el ejecutante evac a el traslado de lasí ú excepciones Que, con fecha 30 de marzo de dos mil veintitr s, se declarané admisibles las excepciones y se reciben a prueba. Que, con fecha 26 de mayo de dos mil veintitr s, se cita a las partes aé o r sentencia.í

Fundamentos

Considerando: Código: TSRDXFDXEQY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-1364-2023 Foja: 1 Primero: Que, comparece do a Pamela Bueno Rojas enñ representaci n de la sociedad Ita Corpbanca quien deduce acci n ejecutivaó ú ó en contra don Fabi n Enrique Mu oz Bravo, ya individualizados.á ñ Funda su pretensi n en que su representada es due a de tres t tulosó ñ í de cr dito que procede a individualizar.é 1.- Pagar N 215599518, suscrito a la vista y orden del bancoé ° ejecutante el d a 7 de diciembre de dos mil veintid s, por la suma deí ó $1.700.000 pesos, sobre el cual devengar el inter s equivalente al m ximoá é á convencional para operaciones de cr dito de dinero no reajustable.é 2.- Pagar N 5549046500852249, suscrito a la vista y orden delé ° banco ejecutante el d a 7 de diciembre de dos mil veintid s, por la suma deí ó $5.686.187 pesos, sobre el cual devengar el inter s equivalente al m ximoá é á convencional para operaciones de cr dito de dinero no reajustable.é En estos instrumentos, se liber de la obligaci n de protesto, noó ó siendo pagados a la poca de vencimiento mencionados.é 3.- Pagar N 60005547, suscrito a la orden del banco ejecutante poré ° la suma de $13.646.055 pesos, el que ser a pagado en 60 cuotas mensuales yí sucesivas de $282.079 pesos, con primer vencimiento el d a 6 de noviembreí de dos mil veintiuno. Respecto a dicho cr dito, se pact una tasa de inter sé ó é mensual del 0,69% En este orden, el ejecutado dej de dar cumplimiento a su obligaci nó ó a partir de la cuota N 10, adeud ndose la suma de $12.059.528 pesos.° á Menciona adem s que todos los pagar s fueron suscritos por do aá é ñ Yasna del Carmen Olave Mart nez y Hern n Andr s Leyton Campos, ení á é representaci n de los litigantes de autos de conformidad al mandato especialó suscrito entre las partes. Igualmente, todos los t tulos poseen firma autorizada ante notario, porí lo que se est ante un t tulo ejecutivo perfecto, actualmente exigible, l quidoá í í y no prescrito. Código: TSRDXFDXEQY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-1364-2023 Foja: 1 Previas citas legales, solicita tener por deducida acci n ejecutiva enó contra don Fabi n Enrique Mu oz Bravo, ya individualizado, y ená ñ definitiva, se ordene despachar mandamiento de ejecuci n y embargo por laó suma de $19.445.715 pesos, m s intereses, reajustes y costas.á Segundo: Que, el apoderado del ejecutado deduce las excepciones de los numerales 7 y 14 del art culo 464 del C digo de Procedimiento Civil,í ó estas son; La falta de alguno de los requisitos o condiciones establecidos por las leyes para que dicho t tulo tenga fuerza ejecutiva, sea absolutamente, seaí con relaci n al demandado y la nulidad de la obligaci n.ó ó Tercero: Que, la actora acompa a en tanto instrumento probatorioñ los siguientes documentos. I. Pagar s fundantes de autos, custodiado bajo el n mero 1388-é ú 2023. II.

Fallo

se declarané admisibles las excepciones y se reciben a prueba. Que, con fecha 26 de mayo de dos mil veintitr s, se cita a las partes aé o r sentencia.í Considerando: Código: TSRDXFDXEQY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-1364-2023 Foja: 1 Primero: Que, comparece do a Pamela Bueno Rojas enñ representaci n de la sociedad Ita Corpbanca quien deduce acci n ejecutivaó ú ó en contra don Fabi n Enrique Mu oz Bravo, ya individualizados.á ñ Funda su pretensi n en que su representada es due a de tres t tulosó ñ í de cr dito que procede a individualizar.é 1.- Pagar N 215599518, suscrito a la vista y orden del bancoé ° ejecutante el d a 7 de diciembre de dos mil veintid s, por la suma deí ó $1.700.000 pesos, sobre el cual devengar el inter s equivalente al m ximoá é á convencional para operaciones de cr dito de dinero no reajustable.é 2.- Pagar N 5549046500852249, suscrito a la vista y orden delé ° banco ejecutante el d a 7 de diciembre de dos mil veintid s, por la suma deí ó $5.686.187 pesos, sobre el cual devengar el inter s equivalente al m ximoá é á convencional para operaciones de cr dito de dinero no reajustable.é En estos instrumentos, se liber de la obligaci n de protesto, noó ó siendo pagados a la poca de vencimiento mencionados.é 3.- Pagar N 60005547, suscrito a la orden del banco ejecutante poré ° la suma de $13.646.055 pesos, el que ser a pagado en 60 cuotas mensuales yí sucesivas de $282.079 pesos, con pri

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C-1364-2023 Foja: 1 FOJA: 13 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 16 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-1364-2023 CARATULADO : ITAU - CORPBANCA S.A./MU OZÑ Santiago, diecinueve de Junio de dos mil veintitr sé Vistos: Que, con fecha 25 de enero de dos mil veintitr s, comparece do aé ñ Pamela Bueno Rojas, abogada, domiciliada en calle Ahumada N 254,° oficina N 502, comuna de Santiag

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