HERNÁNDEZ/MUNICIPALIDAD LOS ANGELES
Rol
C-1524-2023
Fecha
19 de junio de 2023
Materia
PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO: Que, con fecha 10 de mayo de 2.023, en folio 1, se presenta don Iván Esteban Avello Escobar, abogado, domiciliado en calle José Manso de Velasco número 221, piso 10, oficina 1.002, de la comuna de Los Ángeles, en representación convencional de don Juvenal Celin Hernández Giménez, trabajador independiente, domiciliado en Pasaje San Jorge número 1.879, Población Basilio Muñoz, de la comuna de Los Ángeles, y expone: Que por este acto, y en la representación en que comparece, viene en deducir demanda de prescripción de deuda por no pago de permiso de circulación, con costas, en contra de la Ilustre Municipalidad de Los Ángeles, Corporación de Derecho Público, rol único tributario número 69.170.100-K, representada legalmente por su alcalde, don Esteban Eduardo Krause Salazar, ignora profesión u oficio, ambos con domicilio en calle Caupolicán número 399, de la comuna de Los Ángeles. Señala que su representado es propietario del camión, marca CHEVROLET, modelo C 40, año 1.994, número de motor 108382, número de chasis 9BG443NLPPC005944, color rojo sigri, placa patente única LA.7357-8, adquirido con fecha 26 de abril de 2.005, inscrito bajo el número 4.322, repertorio de Plaza Los Ángeles, del Registro de Vehículos Motorizados, tal como da cuenta certificado de inscripción y anotaciones emitido por la misma entidad de fecha 05 de mayo del presente año. Agrega que conforme al certificado de Listado de Pago Pendientes, emitidos por la Ilustre Municipalidad de Los Ángeles, el vehículo en cuestión tiene periodos no pagados por concepto del impuesto de Permiso de Circulación, por los periodos comprendidos desde el año 2.012 a la fecha. Código: WXJXXFZEXPY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 Indica que el referido documento señala que el vehículo de autos, registra el siguiente detalle de deuda por concepto de Permiso de Circulación: Año: 2.012 Deuda $185.312.-; Año: 2.013 Deuda: $171.888.-;
Fundamentos
CONSIDERANDO: 1°.- Que, de lo consignado en lo expositivo precedente, se desprende que el demandante solicita se declare la prescripción extintiva de las acciones para perseguir el cobro de las deudas por concepto de permiso de circulación correspondientes a los años 2012 a 2020 inclusive, del vehículo tipo camión, marca CHEVROLET, placa patente única LA.7357-8, por no haber ejercido la demandada en el plazo legal las acciones tendientes a obtener su pago, con costas. 2°.- Que, la Municipalidad demandada, siendo notificada del libelo a través de su representante legal, según consta de folio 8, al contestar la demanda no controvirtió los hechos expuestos por el demandante y se allanó a la demanda respecto de la deuda por concepto de permisos de circulación del vehículo Camión, marca CHEVROLET, año 1994, placa patente única LA.7357- 8, por los periodos comprendidas entre el año 2012 hasta el año 2020, ambos inclusive, solicitando el rechazo de la condenación en el pago de las costas. 3°.- Que la institución jurídica de la prescripción extintiva parte del supuesto que exista válidamente una obligación, la cual, ante la negligencia de su acreedor para recurrir a los tribunales competentes en tiempo oportuno, y reuniéndose los requisitos legales pertinentes, da por extinguida, de modo que los requisitos para Código: WXJXXFZEXPY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 la procedencia de la acción intentada son: la existencia de una obligación y la inactividad del acreedor durante un determinado lapso. 4°.- Que en lo que respecta a las acciones de cobro que el actor solicita sean declaradas prescritas, son las que emanan de los permisos de circulación del vehículo tipo camión marca CHEVROLET, año 1.994, placa patente única LA.7357-8, correspondientes a los años 2.012 y 2.020 los que se encontrarían impagos. Que, de acuerdo a lo expuesto en la contestación, es un hecho pacífico de la causa la existencia de la obligación cuya prescripción extintiva se persigue, la que además se acredita con el documento emanado por la Ilustre Municipalidad de Los Ángeles Dirección de Tránsito y Transporte Publico, de fecha 09 de Mayo de 2.023, acompañado por el demandante en folio 1, que da cuenta del detalle de pagos pendientes por concepto de Permiso de Circulación de los años 2.012 al 2.022, ambos inclusive, respecto del vehículo Camión placa patente única LA.7357-8. De este modo la documental antes señalada permite dar por establecido que aquel vehículo presenta deudas por concepto de permiso de circulación por los períodos mencionados. 5°.- Que, asimismo, el actor acompañó en folio 1 Certificado de Inscripción y Anotaciones Vigentes en el Registro de Vehículos Motorizados del vehículo tipo camión, año 1.994, marca CHEVROLET, inscripción LA.7357-8, a nombre de don Juvenal Celin Hernández Giménez, por lo que de conformidad con lo establecido en el artículo 44 del Decreto Ley N° 1 que fija
Fallo
En mérito de lo expuesto y normas legales que cita, pide tener por deducida demanda de prescripción extintiva de las acciones de cobro y derecho a percibir impuesto, en procedimiento ordinario de menor cuantía, en contra de la Ilustre Municipalidad de Los Ángeles, Corporación de Derecho Público, representada legalmente por su alcalde, don Esteban Eduardo Krause Salazar, ambos ya individualizados, y en definitiva, declarar la prescripción extintiva de lo adeudado por permisos de circulación del Camión marca Chevrolet, modelo C 40, año 1994, Placa Patente Única LA.7357-8, por los periodos de 2012 a 2020, por la suma de $1.246.402.- (un millón doscientos cuarenta y seis mil cuatrocientos dos pesos), más los reajustes e intereses correspondientes a la fecha de esta presentación, conforme lo solicitado y los antecedentes aportados en autos, con costas. Código: WXJXXFZEXPY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl RIT« » Foja: 1 En folio 8, con fecha 25 de mayo de 2.023, se notificó en virtud del artículo 44 del Código de Procedimiento Civil de la demanda al representante legal de la demandada. En folio 9, con fecha 30 de mayo de 2.023, el apoderado de la Ilustre Municipalidad de Los Ángeles, se allanó a la demanda interpuesta en contra de su representada, pero solo respecto de la deuda por concepto de pagos de permisos de circulación comprendidas entre el año 2012 hasta el año 2020 ambos inclusive, rechazando la condena
Texto Completo (Preview)
RIT« » Foja: 1 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado de Letras de Los Angelesº CAUSA ROL : C-1524-2023 CARATULADO : HERN NDEZ/MUNICIPALIDAD LOS ANGELESÁ Los Angeles, diecinueve de Junio de dos mil veintitr sé VISTO: Que, con fecha 10 de mayo de 2.023, en folio 1, se presenta don Iván Esteban Avello Escobar, abogado, domiciliado en calle José Manso de Velasco número 221, piso 10, ofic
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