3º Juzgado de Letras de Calama

GONZÁLEZ/

Rol

V-439-2017

Fecha

19 de junio de 2023

Materia

VEHÍCULOS MOTORIZADOS, INSCRIPCIONES EN REGISTRO

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO: 1.- Que, a folio 1, con fecha 10 de abril de 2017, comparece do a ñ Sonia Alejandra Gonz lez Carralá , chilena, soltera, c dula nacional de identidad N°é 13.742.899-7, domiciliada en Alonso de Ercilla N° 2150, poblaci n Prat, Calama,ó representada por el abogado de la Corporaci n de Asistencia Judicial de El Loaó Calama don Alejandro Vicencio Ramos, interponiendo gesti n voluntaria deó inscripci n judicial de veh culo en Registro de Veh culos Motorizados, en raz n deó í í ó los

Fundamentos

fundamentos de hecho y derecho que expuso: Solicita que, se sirva ordenar la inscripci n judicial de un veh culo minibus,ó í marca Nissan, modelo Vanett, 2.4, a o 1995, color caf oscuro, placa patenteñ é LR.2251-2, No. Motor KA24041313M, No. Chasis 48JLGC120M00119. Se ala que, en el mes de noviembre del a o 2013, celebr un contrato deñ ñ ó compraventa de car cter convencional y verbal con don Ernesto Rosendo Aranzaesá Martinez, quien le ofreci dicho veh culo, atendido a que era id neo para eló í ó traslado de su hijo que tiene discapacidad f sica.í Hace presente que, el objeto del contrato era el minib s Nissan, por el cualú se pact un precio de $600.000, y que su parte recibi el minib s y diligentementeó ó ú pag el precio convenido, sin embargo, pese a los requerimientos efectuados eló vendedor, una vez pagado el precio, ste jam s realiz la inscripci né á ó ó correspondiente, de manera que en el certificado de inscripci n y anotacionesó vigentes del veh culo, aquel sigue apareciendo a nombre de un due o anterior, do aí ñ ñ Elsa Gladys Vega Dur n. á Procede a destacar que, por tal incumplimiento se inici juicio de resoluci nó ó de contrato con indemnizaci n de perjuicios en la causa Rol C-1299-2016, ante eló Primer Juzgado de Letras Calama, el que sentenci con fecha 20 de enero deó 2017, que la demanda no era procedente pues si bien se prob la existencia de unó contrato, aun cuando no escriturado, para el tribunal dicho contrato es v lido, en laá Código: XXERXFWSXPY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl medida que se pag el precio recibiendo la especie del vendedor, no siendoó obligaci n del vendedor la inscripci n en el registro respectivo, y que dichaó ó sentencia se encuentran ejecutoriada. Se ala que, ha estado en posesi n material del veh culo sin violencia niñ ó í clandestinidad desde noviembre de 2013, es decir, pero se le ha hecho imposible concretar la inscripci n pertinente, sumado a que ya no se resolvi el contrato,ó ó por lo que esta v a asegura que el veh culo se mantenga en su posesi n material yí í ó bajo su registro, el que constituye presunci n de dominio de conformidad a lasó normas del Reglamento del Registro Nacional de Veh culos Motorizados.í En cuanto a los fundamentos de derecho hace presente el art culo 43 incisoí primero y segundo de la ley N°18.290, art culos 174 y 176 del C digo Org nicoí ó á de Tribunales. Finalmente solicita que se ordene al Servicio de Registro Civil e Identificaci n, a cargo del Registro de Veh culos Motorizados, a efectos de inscribiró í a su nombre un minib s, marca Nissan, modelo Vanette, 2.4, a o 1995, color cafú ñ é oscuro, N° de placa patente LR.2251-2, No. Motor KA24041313M, No. Chasis 48JLGC120M001119. 2.- Que, a folio 1, 39 y 47, la solicitante de autos acompa a documentos.ñ 3.- Que, a folio 31, la solicitante acompa a informaci n sumaria de testigos.ñ ó 4.- Que, a folio 7 y 28, constan oficios remitidos por Carabineros de

Fallo

se resuelve: I.- Que, se acoge, sin costas la solicitud de autos, de fecha 10 de abril de 2017, interpuesta por do a ñ Sonia Alejandra Gonz lez Carralá , c dula nacional deé identidad N° 13.742.899-7, representada por el abogado de la Corporaci n deó Asistencia Judicial de El Loa Calama don Alejandro Vicencio Ramos, y en consecuencia, se ordena la inscripci n en el Registro Nacional de Veh culosó í Motorizados del Servicio de Registro Civil e Identificaci n, del siguiente veh culo:ó í minib s, marca Nissan, modelo Vanette, placa patente N° LR.2251-2, cilindradaú 2.40, a o 1995, color caf oscuro, No. Motor KA24041313M, No. Chasisñ é 48JLGC120M001119, a nombre de la propietaria do a ñ Sonia Alejandra Gonz lezá Carral, c dula nacional de identidad N° 13.742.899-7é , previo pago de los aranceles que correspondan, de cargo de la solicitante. Reg strese, notif quese, c mplase y arch vese en su oportunidad.í í ú í Rol V-439-2017 Dictada por do a ñ ELSA MAR A CASTRO LILLOÍ , Juez Titular, Tercer Juzgado de Letras Calama. Código: XXERXFWSXPY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl En Calama, a diecinueve de Junio de dos mil veintitr sé , se notific por eló estado diario, la resoluci n precedente.ó Código: XXERXFWSXPY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-06-19T14:07:53-0400

Texto Completo (Preview)

NOMENCLATURA : 1. [40] Sentencia JUZGADO : 3º Juzgado de Letras de Calama CAUSA ROL : V-439-2017 CARATULADO : GONZ LEZ/Á Calama, diecinueve de Junio de dos mil veintitr sé VISTO: 1.- Que, a folio 1, con fecha 10 de abril de 2017, comparece do a ñ Sonia Alejandra Gonz lez Carralá , chilena, soltera, c dula nacional de identidad N°é 13.742.899-7, domiciliada en Alonso de Ercilla N° 2150, poblaci n P

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica