1º Juzgado de Letras de Copiapó

ANDRADE/I.MUNICIPALIDAD DE COPIAPÓ

Rol

C-748-2023

Fecha

17 de junio de 2023

Materia

PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT

Resultado

No especificado

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Hechos

Vistos: Con fecha 10 de abril de febrero de 2023, folio 1 de la carpeta virtual , compareci don ó Yetro Frederik Andrade Araya, chileno, soltero, t cnico automotriz,é c dula de identidad N , 15.981.860-8 con domicilio en calle 30 de Marzo, Estaci né ° ó Paipote, Copiap , ó deduciendo demanda de prescripci n extintivaó en contra de la Ilustre Municipalidad de Copiapó, Rut 69.030.200-4, persona jur dica de derechoí p blico, ú representada legamente por su Alcalde, don Marcos L pez Riveraó , ambos domiciliados para estos efectos en Chacabuco n mero 857, Copiap , solicitando seú ó declare la prescripci n extintiva de las acciones judiciales por concepto de Permiso deó Circulaci n Vehicular, respecto del veh culo marca Volkswagen, modelo Touareg R5ó í TDI 2.5, del a o 2009, tipo Jeep, placa patente BDRDW.86-5 (sic), correspondiente añ los periodos comprendidos entre el a o 2018, y el a o 2020, por la suma de $803.035ñ ñ (ochocientos tres mil treinta y cinco pesos) deuda que a la fecha se encuentra prescrita. Explica que es due o del veh culo antes singularizado, seg n consta de certificadoñ í ú de inscripci n que dice acompa a en un otros , sobre el que pesa una deuda a favor deó ñ í la ilustre Municipalidad de Copiap , por permiso de Circulaci n Vehicular por unó ó monto total que a la fecha asciende a la suma de $ 1.151.334. Bajo el ep grafe El Derecho , afirma que habiendo transcurrido m s de tres a osí “ ” á ñ desde que se comenz a devengar dicha deuda, esta se encuentra en parte prescrita, deó acuerdo a lo dispuesto en el art culo 2521 del C digo Civil, cuyo inciso 1 trascribe.í ó ° Dice enseguida que la expresi n impuesto del art culo 2521 del C digo Civiló “ ” í ó se encuentra considerada en un concepto amplio y se refiere a toda clase de tributo, correspondiendo a los que se fijan en Chile con el nombre de impuestos, tasas, contribuciones territoriales, peajes, permisos, etc tera, dentro de los se encuentrané tambi n los montos que los rganos p blicos exigen co

Fundamentos

Considerando: Código: XXXCXFKTKCY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 3 Primero: Que reproduciendo en s ntesis lo se alado en lo expositivo, don í ñ Yetro Frederik Andrade Araya, interpuso demanda de prescripci n extintiva de las acciones de cobro deó permiso de circulaci n en contra de la Ilustre Municipalidad de Copiap , por el per odoó ó í comprendido entre el a o 2018 al a o 2020, en relaci n al veh culo placa patente ñ ñ ó í BDRDW- 86.5.95-6, el que en realidad, seg n la documentaci n acompa ada, corresponde a la placaú ó ñ patente BRDW.86-5. Segundo: Que por la demandada, al contestar, se reconocieron los fundamentos de hecho en que descansa la demanda, expresando la intenci n de su parte de allanarse a ella.ó Tercero: Que la prescripci n es un medio para extinguir las acciones y derechos ajenosó que s lo exige cierto lapso de tiempo, durante el cual no se hayan ejercido dichas acciones,ó cont ndose tal lapso desde que la obligaci n se haya hecho exigible. á ó Cuarto: Que, en la especie, trat ndose de acciones provenientes de impuestos a favor deá una Municipalidad, seg n lo se ala el art culo 12 del ú ñ í Decreto Ley N 3063, de 1979° y, conforme dispone el art culo 2521 del C digo Civil, la prescripci n aplicable es de aqu llasí ó ó é denominadas de corto tiempo, m s precisamente de tres a os, computada, como es natural,á ñ desde que la obligaci n se haya hecho exigible.ó Quinto: Que la poca de exigibilidad del pago del permiso de circulaci n materia deé ó autos se encuentra determinada por su poca de vencimiento, la que, en el caso de la especie,é debe contarse desde el ltimo d a h bil de marzo del a o al que corresponde el pago, conformeú í á ñ se lee de los art culos 12 A) y 15 n 1 del í ° Decreto Ley N 3063, de 1979, ya que el veh culo° í gravado con el permiso de circulaci n cuya declaraci n de prescripci n de la acci n de cobro seó ó ó ó pide es un autom vil, seg n consta del certificado de Inscripci n y Anotaciones en el Registroó ú ó Nacional de Veh culos Motorizados que se acompa a la demanda, en el que, adem s, figuraí ñó á que ese m vil se halla inscrito a nombre del actor, por lo que ha de resumirse de su dominio,ó en los t rminos de lo dicho en el art culo 44 de la Ley de Tr nsito.é í á Sexto: Que, as las cosas, en lo que toca a la totalidad de los derechos por concepto deí permiso de circulaci n detallados en la parte expositiva, con vencimientos que abarcan desde eló a o 2018 al 2020, ha transcurrido el t rmino especial de prescripci n de tres a os contempladoñ é ó ñ en la referida norma, por lo que deber tenerse por establecida la concurrencia del primerá elemento de toda prescripci n, esto es, el transcurso del t rmino exigido por la ley. ó é S ptimoé : Que en lo que respecta al segundo requisito de procedencia de la prescripci nó alegada, esto es, la ausencia de interrupci n, descartada la concurrencia de la llamadaó interrupci n natural y en ausencia de p

Fallo

se declara: Código: XXXCXFKTKCY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 4 I.- Que se acoge la demanda de lo principal del folio 1, de 10 de abril del a oñ en curso y, en consecuencia, se declaran prescritas las acciones para el cobro de los permisos de circulaci n que afectan al veh culo matriculado en el Registro Nacional de Veh culosó í í Motorizados bajo la inscripci n BRDW.86-5, de propiedad de don Yetro Frederik Andradeó Araya, RUT N 15-981.860-8, correspondientes al lapso comprendido entre los a os 2018 a° ñ 2020, ambos inclusive. II.- Que no se condena en costas a la demandada, por haber aceptado llanamente la pretensi n contraria y por no haber sido pedidas.ó Reg strese, notif quese y, en su oportunidad, arch vese. í í í Rol N 748-2023.-° Dictada por Gabriel Patricio Aguilera Sazo, Juez Titular de Primer Juzgado de Letras de Copiap .ó Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C digo de Procedimiento Civil en ó Copiapó, diecisiete de junio de dos mil veintitr s. é Código: XXXCXFKTKCY Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-06-17T16:02:39-0400

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1 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado de Letras de Copiapº ó CAUSA ROL : C-748-2023 CARATULADO : ANDRADE/I. MUNICIPALIDAD DE COPIAPÓ Copiapó, diecisiete de juniode dos mil veintitr s.é Vistos: Con fecha 10 de abril de febrero de 2023, folio 1 de la carpeta virtual , compareci don ó Yetro Frederik Andrade Araya, chileno, soltero, t cnico automotriz,é c dula de identidad N , 15.981.8

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