1º Juzgado Civil de Santiago

INVERSIONES KAUFMANN CHILE S.A./COMERCIAL E INDUSTRIAL USIMECA CHILE LIMITADA

Rol

C-14351-2022

Fecha

16 de junio de 2023

Materia

OBLIGACIÓN DE DAR, CUMPLIMIENTO

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS: A folio 1, comparece RAUL DELL ORO PALMA, abogado, actuando en representación de INVERSIONES KAUFMANN CHILE S.A, cuyo Gerente General y representante legal es Rodrigo Andrés Sepúlveda Toepfer, Ingeniero Civil Industrial y Carlos Gerardo Anwandter, Ingeniero Comercial; todos domiciliados en Avenida Gladys Marín Millie( ex Los Pajaritos) N°5830, Comuna de Estación Central, entablando demanda en juicio ejecutivo, en contra de sociedad COMERCIAL E INDUSTRIAL UMISECA CHILE LIMITADA, del giro de su denominación, representada legalmente por Paulo Enrique Martínez Caraves, ambos domiciliados en San Ignacio N° 064, comuna de Quilicura; por el cobro de la suma de $125.478.586.-, más intereses pactados y penales que correspondan hasta el pago efectivo de la deuda, y solicita se siga adelante con la ejecución hasta hacerse entero y cumplido pago de las sumas demandadas, con costas. Funda la ejecución en que su representada es dueña del Pagaré suscrito con fecha 15 de Marzo de 2022 por la suma Código: QQXWXFKJETX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-14351-2022 Foja: 1 de $125.478.586.-, por concepto de capital, más una tasa de interés anula del 12% que debía ser pagada en 12 cuotas iguales, mensuales y sucesivas con vencimiento los días 15 de cada mes, a contar del 15 de Abril de 2022. Señala que, en dicho pagaré se estipuló que las obligaciones emanadas de éste tienen el carácter de indivisibles para todos los efectos legales. Asimismo, se pactó que la mora o el simple retardo en el pago de una cualquiera de las cuotas del pagaré o de sus intereses hará que éste se considere de plazo vencido, haciéndose exigible el total de lo adeudado. Asimismo, se pactó que la falta de cumplimiento o del no pago íntegro y oportuno, de todo o parte de lo adeudado, en capital e intereses, INVERSIONES KAUFMANN CHILE S.A., estará facultada para exigir el total de lo adeudado, en capital e intereses. Sostiene que el deud

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, como se indicó, RAUL DELL ORO PALMA, en representación de INVERSIONES KAUFMANN CHILE S.A., demandó ejecutivamente a COMERCIAL E INDUSTRIAL UMISECA CHILE LIMITADA, representada por Paulo Enrique Martínez Caraves en su calidad de deudor principal, por el cobro de la suma de $125.478.586.-, más intereses pactados que correspondan hasta el pago efectivo de la deuda, y solicitó se siga adelante con la ejecución hasta hacerse entero y cumplido pago de las sumas demandadas, con costas. Funda su pretensión en los argumentos consignados en la expositiva y que en esta parte del

Fallo

se declararon admisibles las excepciones opuestas, fijando los correspondientes hechos sustanciales, pertinentes y controvertidos. Código: QQXWXFKJETX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-14351-2022 Foja: 1 A folio 31, se citó a las partes para oír sentencia. CON LO RELACIONADO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, como se indicó, RAUL DELL ORO PALMA, en representación de INVERSIONES KAUFMANN CHILE S.A., demandó ejecutivamente a COMERCIAL E INDUSTRIAL UMISECA CHILE LIMITADA, representada por Paulo Enrique Martínez Caraves en su calidad de deudor principal, por el cobro de la suma de $125.478.586.-, más intereses pactados que correspondan hasta el pago efectivo de la deuda, y solicitó se siga adelante con la ejecución hasta hacerse entero y cumplido pago de las sumas demandadas, con costas. Funda su pretensión en los argumentos consignados en la expositiva y que en esta parte del fallo se tienen por reproducidos, a fin de evitar reiteraciones. SEGUNDO: Que, el ejecutado opuso a la demanda ejecutiva de autos las excepciones contempladas en el artículo 464 N°s 3, 11 y 7 del Código de Procedimiento Civil, por los motivos ya expresados en lo expositivo, solicitando que se deseche la demanda de autos en su totalidad, con costas. TERCERO: Que, en orden a acreditar sus dichos, la parte ejecutante acompañó al proceso el pagaré que funda la ejecución, el cual se encuentra guardado en custodia de la Secretaría del Tribunal,

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C-14351-2022 Foja: 1 FOJA: 26 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-14351-2022 CARATULADO : INVERSIONES KAUFMANN CHILE S.A./COMERCIAL E INDUSTRIAL USIMECA CHILE LIMITADA Santiago, diecis is de Junio de dos mil veintitr sé é VISTOS: A folio 1, comparece RAUL DELL ORO PALMA, abogado, actuando en representación de INVERSIONES KAUFMANN CHILE S.A, cu

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