FLORES/MAMANI
Rol
O-4567-2023
Fecha
9 de noviembre de 2023
Materia
Costas, Cotizaciones Previsionales, Despido injustificado, Feriado legal, Feriado proporcional, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Reajustes e intereses
Resultado
No especificado
Hechos
hechos que constan en registro de audio: 1. Marta Janette Mendoza Opazo, cédula de identidad N°9.712.334-9 Oficios: Se incorporan las respuestas a los oficios emitidos a las siguientes instituciones: 1. AFP PROVIDA 2. FONASA 3. AFC CHILE La parte DEMANDADA incorporó los siguientes medios de prueba: Documental: 1. Contrato de arriendo de fecha 10 de marzo de 2015 celebrado entre Wallmart Chile S.A. y don Abdón Mamani Llampa. 2. Contrato de arriendo entre don Abdón Mamani Llampa y doña Soledad Flores Muñoz de fecha 1° de octubre de 2019. 3. Boletas de honorarios de doña Soledad Flores. 4. Situación tributaria de doña Soledad Flores en el SII. 5. Situación tributaria de don Abdón Mamani Llampa en el SII. 6. Copias del cuaderno de control en caja de las boletas que emitía cada peluquero a sus clientes. 7. Copias de transferencias realizadas a la señora Soledad Flores por las boletas que emitía a sus clientes. Se deja constancia que el documento N°8, ofrecido en la audiencia preparatoria, no fue incorporado en audiencia, por lo que no forma parte del presente listado. El Tribunal tiene por incorporada la prueba documental de la parte demandada y ordena su custodia material. Confesional: Absolvió posiciones el demandante, doña Soledad Flores Muñoz, según los antecedentes que constan en el registro de audio. Testimonial: Declararon los siguientes testigos, quienes legalmente juramentados exponen sobre los hechos que constan en registro de audio: 1. Soleibi Nakari Ramírez Pérez, cédula de identidad N° 26.983.917-1 Observaciones a la prueba: Las partes realizaron las observaciones a la prueba rendida en juicio, lo cual consta en el respectivo registro de audio. Sentencia: Se deja constancia que conforme a lo dispuesto en el acta 71-2016 de la Excelentísima Corte Suprema y lo acordado en acta de Comité de Jueces N° 77-2016 de este Tribunal, la sentencia es pronunciada íntegramente en la audiencia, como consta en el registro de audio, correspondiendo la transcripción
Fundamentos
considerando: Y visto además, teniendo presente en los artículos 1, 7, 8, 9 y 10, articulo 160, 162, 168, 420 y siguientes, todos del Código del Trabajo, articulo 1698 del Código Civil,
Fallo
SE RESUELVE: I. Que se rechaza la demanda en todas sus partes. II. Que no se condena en costas a la parte demandante por estimar que tuvo motivo plausible para litigar. Se ordena archivo y registro de los antecedentes en su oportunidad. Téngase a las partes por notificadas de las resoluciones precedentemente dictadas. Resolvió doña CAROLINA BRAVO YAÑEZ, Jueza Titular (D) del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. Se deja constancia que el registro oficial de la presente audiencia, se encuentra grabado en el audio y a disposición de los intervinientes. Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, ocho de noviembre de dos mil veintitrés. -
Texto Completo (Preview)
ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO PROCEDIMIENTO ORDINARIO FECHA 8 DE NOVIEMBRE DE 2023 TRIBUNAL SEGUNDO JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO LUGAR SANTIAGO SALA 9 RUC 23-4-0495053-3 RIT O-4567-2023 MAGISTRADA CAROLINA BRAVO YAÑEZ ADMINISTRATIVA DE ACTAS CAMILA BOUCHARD HORA DE INICIO 11:19 HORAS HORA DE TÉRMINO 12:25 HORAS N° REGISTRO DE AUDIO 2340495053-3-1349-231108-00 N° DE CUSTODIA
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