INVERSIONES KIRCOR BZDIGIAN LIMITADA/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO
Rol
C-1671-2023
Fecha
15 de junio de 2023
Materia
PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO: Con fecha 31 de enero de 2023, a folio 1, compareció Franz Ruz Aguilera, abogado, domiciliado en Paseo Rosa Rodríguez N°1375, Oficina 318, comuna de Santiago, en representación de Inversiones Kircor Bzdigian Limitada o KBI LTDA., representada legalmente por Kircor Bzdigian Kazazian, ingeniero civil, ambos domiciliados en Crescente Errázuriz N°1980, comuna de Ñuñoa, e interpuso demanda en juicio ordinario de menor cuantía por prescripción extintiva de las acciones para el cobro de patente municipal en contra de la Ilustre Municipalidad de Sanitago, representada legalmente por su alcaldesa Irací Luiza Hassler Jacob, ingeniero comercial, ambos con domicilio en Plaza de Armas s/n, comuna de Santiago. Expuso que su representada adeuda a dicha Municipalidad, un total de neto $3.385.470 desde el primer semestre del año 2010 hasta el primer semestre del 2014 por concepto de patentes comerciales, Rol 338102-1, que con intereses y reajustes, suma un total de $14.616.143. Concluyó que se debe declarar la prescripción de los giros vencidos entre el primer semestre del año 2010 hasta el primer semestre del 2014, ambos inclusive, por la suma de $ 14.616.143, en conformidad al certificado de deuda de impuestos y derechos municipales acompañado. A folio 7, consta la notificación a la demandada de la demanda y sus resoluciones. A folio 8, la municipalidad demandada contestó el libelo pretensor, allanándose al mismo. A folio 17, atendido lo dispuesto por el artículo 313 del Código de Procedimiento Civil, se citó a las partes para oír sentencia.
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que Inversiones Kircor Bzdigian Limitada o KBI LTDA., representada legalmente por Kircor Bzdigian Kazazian, interpuso demanda de prescripción extintiva de las acciones para el cobro de patente municipal, Rol 338102-1, por el periodo que media entre el primer semestre del año 2010 hasta el primer semestre del 2014, en contra de la Ilustre Municipalidad de Santiago. Código: NZCJXFVZYXW Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-1671-2023 Foja: 1 SEGUNDO: Que la entidad edilicia demandada se allanó al libelo incoado en su contra. TERCERO: Que el artículo 313 el Código de Procedimiento Civil preceptúa que si el demandado acepta llanamente las peticiones del actor, o si en sus escritos no contradice en materia substancial y pertinente los hechos sobre que versa el juicio, el tribunal citará a las partes para oír sentencia definitiva, una vez evacuado el traslado para la réplica, señalando, además, que igual citación se dispondrá cuando las partes pidan que se falle el pleito sin más trámite. CUARTO: Que el haberse aceptado las peticiones de la actora no releva al tribunal del análisis respecto de las implicancias jurídicas de los hechos de que se trata, por lo que deberá revisarse si la demanda cumple con los presupuestos jurídicos que la hacen viable. QUINTO: Que para la prueba de sus asertos la parte demandante acompañó, legalmente y sin objeción de la contraria, informe de deuda de patentes no pagadas, con fecha 28 de diciembre de 2022. SEXTO: Que el documento singularizado en el considerando anterior da cuenta que la demandante Inversiones Kircor Bzdigian Limitada o KBI LTDA, registra deudas por concepto de patente municipal, las que median en el periodo comprendido entre el primer semestre del año 2010 y el primer semestre del 2014. SÉPTIMO: Que la prescripción, de acuerdo a lo dispuesto por los artículos 2492 y 2493 del Código Civil, es un modo de extinguir las obligaciones que debe ser alegada por quien quiere aprovecharse de ella. Luego, conforme al artículo 2521 del Código Civil, prescriben en tres años las acciones a favor o en contra del Fisco y de las Municipalidades provenientes de toda clase de impuestos. OCTAVO: Que, a partir de lo dispuesto en el artículo 19 N° 20 de la Constitución Política de la República de Chile, se puede desprender, ampliamente, que la expresión “tributo” se entiende alusiva a “todas las prestaciones que los particulares se encuentran obligados a efectuar a favor del Estado, en virtud a la potestad impositiva que la Carta Fundamental y la Ley le confieren, con la finalidad de cubrir el gasto público” (Revista Chilena de Derecho, Vol. 27 N° 2, año 2000). NOVENO: Que, por su parte, el artículo 13 letra f) de la Ley N° 18.695 o Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades, señala que el patrimonio de las municipalidades se compone de: “f) los ingresos que recauden por los tributos que la ley permita aplicar a las autoridades
Fallo
POR ESTAS CONSIDERACIONES, y visto, además, lo dispuesto en el artículo 19 Nº 20 de la Constitución Política; 13 letra f) de la Ley N° 18.695; 9, 47 y 48 de la Ley Código: NZCJXFVZYXW Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-1671-2023 Foja: 1 de Rentas Municipales; 53, 54 y 55 del Código Tributario; 1567 Nº 10, y 2492 y siguientes del Código Civil; 144, 160, 170 y 342 del Código de Procedimiento Civil; SE DECLARA: I.- Que se acoge la demanda de folio 1, declarándose prescritas las acciones de la Municipalidad de Santiago, para exigir el cobro de las patentes comerciales Rol 338102-1, devengadas entre el primer semestre del año 2010 y el primer semestre del año 2014, ambos inclusive, correspondientes a la sociedad Inversiones Kircor Bzdigian Limitada o KBI LTDA, así como los respectivos reajustes e intereses. II.- Que no habiendo oposición de la demandada, cada parte asumirá sus costas. REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE DICTADA POR LUIS EDUARDO QUEZADA FONSECA, JUEZ TITULAR. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, quince de Junio de dos mil veintitrés Código: NZCJXFVZYXW Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-06-15T11:41:36-0400
Texto Completo (Preview)
C-1671-2023 Foja: 1 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 4º Juzgado Civil de Santiago CAUSA ROL : C-1671-2023 CARATULADO : INVERSIONES KIRCOR BZDIGIAN LIMITADA/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO Santiago, quince de Junio de dos mil veintitrés VISTO: Con fecha 31 de enero de 2023, a folio 1, compareció Franz Ruz Aguilera, abogado, domiciliado en Paseo Rosa Rodríguez N°1375, Oficina 318, comuna
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