CABRERA/
Rol
V-293-2022
Fecha
15 de junio de 2023
Materia
NOMBRE, AUTORIZACIÓN CAMBIO DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: En el folio 1 compareció BORIS ADRIÁN GÓMEZ GALLARDO, abogado en representación de ÁNGELA VALENTINA CABRERA CORTÉS, chilena, soltera, estudiante, domiciliada en Los Mapuches N°081, comuna de Arica, quien interpuso solicitud de cambio de nombre y rectificación de partida de nacimiento de su representada, ya individualizada, por el nombre de ÁNGELA VALENTINA VARGAS CORTÉS, en virtud de las consideraciones de hecho y derecho que se exponen a continuación. Indicó que consta del certificado y partida de nacimiento que se acompaña con la solicitud que el nombre completo de su representada es ÁNGELA VALENTINA CABRERA CORTÉS, cuyo nacimiento fue inscrito en el Servicio de Registro Civil e Identificación Circunscripción de Arica, número de inscripción 10, correspondiente al año 2001. Expuso que en enero del año 2004 la madre de su representada, Yubtiza Johanna Cortes Jorquera, contrajo matrimonio con Héctor Vargas Ortiz, cuando ella tenía tres años de edad; que, desde esa fecha, su representada mantuvo una relación estrecha con Héctor Vargas, ya que fue él quien la crió, la educó, le entregó cariño, estando siempre presente en su vida, considerándolo su verdadero padre. Agregó que, de esta forma, Ángela siempre ha sido conocida como Ángela Vargas y no como Ángela Cabrera por su núcleo familiar, vecinos, compañeros de estudio, profesores, círculo de amigos, incluso en las redes sociales. Por último, y previa cita de normas legales pertinentes, solicitó tener por interpuesta solicitud de cambio de nombre y rectificación de partida de nacimiento de ÁNGELA VALENTINA CABRERA CORTÉS, acogerla a tramitación y, en definitiva, autorizar el cambio de nombre y rectificar la partida de nacimiento inscrita en el Servicio de Registro Civil e Identificación, número 10 en la Circunscripción de Arica el año 2001, en el sentido de cambiar el apellido paterno Código: XBEPXFLSSXW Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl por
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que el artículo 1°, letra b) de la Ley 17.344, dispone que: “Cualquier persona podrá solicitar por una sola vez, que se le autorice para cambiar sus nombres o apellidos, o ambos a la vez, en los casos siguientes: b) Cuando el solicitante haya sido conocido, durante más de cinco años, por motivos plausibles, con nombres, apellidos o ambos, diferentes de los propios”. De este modo, se permite el cambio de nombres o apellidos, o de ambos a vez, estableciendo como requisito para ello que quien lo solicita haya sido conocido por más de 5 años con un nombre o apellido diverso, cuestión que la solicitante manifestó ser el fundamento de su petición, toda vez que señaló ha sido identificada desde su infancia con el nombre ÁNGELA VALENTINA VARGAS CORTÉS, en lugar de ÁNGELA VALENTINA CABRERA CORTÉS, puesto que fue criada desde muy pequeña por Héctor Vargas Ortiz, quien ejerció el rol de padre en su vida, por lo que se identifica el apellido de él. SEGUNDO: Que, para acreditar los requisitos legales para el cambio de nombre de la solicitante, esta acompañó en el proceso los siguientes documentos: 1. Certificado de Nacimiento de Ángela Valentina Cabrera Cortés 2. Acta de nacimiento Ángela Valentina Cabrera Cortés 3. Certificado de matrimonio de doña Yubtiza Johanna Cortés Jorquera y don Héctor Andrés Vargas Ortiz. Por su parte, que ha sido conocida por más de 5 años con el nombre de Ángela Valentina Vargas Cortés, lo acreditan la información sumaria de testigos Código: XBEPXFLSSXW Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl del folio 6 que presentó en esta causa. Así, sus testigos Mirella Alejandra Gutiérrez Cárdenas y Kim Alex Koening Gutiérrez manifestaron, en resumen, que conocen a la solicitante hace más de cinco años, quien ha usado el nombre de Ángela Valentina Vargas Cortés en todo ese tiempo, que corresponde al apellido paterno de quien la crió y se hizo cargo de sus cuidados desde muy niña; que en su círculo social se le conoce con el apellido Vargas. TERCERO: Que, como se aprecia del análisis de la prueba rendida, se dan en la especie las exigencias previstas en la Ley N° 17.344 para acceder a la modificación del nombre con el cual actualmente está inscrita la solicitante, esto es, “ÁNGELA VALENTINA CABRERA CORTÉS”, por el que se siente identificada, vale decir, por “ÁNGELA VALENTINA VARGAS CORTÉS”, pues, ha sido conocida desde hace más de 5 años con estos nombres y sus apellidos actuales le producen menoscabo moral. Por lo tanto, y teniendo además presente lo dispuesto en los artículos 1° y 19 N° 1 y 2° de la Constitución Política de la República; 817, 818 y 819 del Código de Procedimiento Civil, artículos 17 y 18 de la Ley 4.808 sobre Registro Civil y artículo 1° y 2° de la Ley 17.344
Fallo
se declara: Que HA LUGAR a la solicitud de folio 1 y, se ordena al Oficial del Servicio de Registro Civil e Identificación que proceda a rectificar la inscripción de nacimiento N°10 del año 2001, de la Circunscripción Arica del Servicio de Registro Civil e Identificación, cédula de identidad N°20.547.826-4, a fin de que se reemplace el nombre de la inscrita “ÁNGELA VALENTINA CABRERA CORTÉS”, por “ÁNGELA VALENTINA VARGAS CORTÉS”, manteniéndose invariables sus demás datos de identificación. Regístrese, notifíquese y archívese. Rol N° V-293-2022 Dictada por CHRISTIAN VERA LOBOS, Secretario Interino, actuando en calidad de Juez Subrogante del Primer Juzgado de Letras de Arica. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Arica, quince de Junio de dos mil veintitr sé Código: XBEPXFLSSXW Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-06-15T09:24:13-0400
Texto Completo (Preview)
FOJA: 42 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado de Letras de Aricaº CAUSA ROL : V-293-2022 CARATULADO : CABRERA/ Arica, quince de Junio de dos mil veintitr sé VISTOS: En el folio 1 compareció BORIS ADRIÁN GÓMEZ GALLARDO, abogado en representación de ÁNGELA VALENTINA CABRERA CORTÉS, chilena, soltera, estudiante, domiciliada en Los Mapuches N°081, comuna de Arica, quien interpuso
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