VILLASMIL/MAGPA CHILE SPA
Rol
O-668-2022
Fecha
9 de noviembre de 2023
Materia
Cotizaciones de Salud, Cotizaciones del Seguro de Cesantía, Cotizaciones Previsionales, Despido injustificado, Feriado legal, Feriado proporcional, Indemnización por años de servicios, Indemnización sustitutiva de aviso previo, Nulidad del despido, Recargos, Remuneraciones
Resultado
No especificado
Hechos
visto lo dispuesto en las normas laborales pertinentes, se declara: I. Que, la relación laboral inició el 9 de noviembre de 2020 y finalizó de 29 de octubre de 2022. II. Que la última remuneración devengada en favor del demandante ascendía a la suma de $1.288.333. III. Que SE ACOGE la demanda interpuesta por don MAX WILLIAM VILLASMIL GONZALEZ, ya individualizado, en contra de las demandadas y en consecuencia se declara, que el despido es improcedente y que el empleador incumplió gravemente sus obligaciones laborales al no pagar las cotizaciones previsionales, por lo que es nulo el despido e improcedente y se condena a las demandadas las siguientes cantidades: a) A la indemnización sustitutiva del aviso previo por $1.238.333.- b) A la indemnización por años de servicios correspondientes a 2 años por $2.476.666.- c) Al recargo legal correspondiente al 30% de la indemnización por años de servicios equivalente a la suma de $742.999 d) Al feriado legal y proporcional por la suma de $1.123.650. e) Remuneraciones adeudadas de los meses de septiembre y proporcional de octubre del 2022 por el monto total de $1.693.147 f) Al pago de las cotizaciones adeudadas hasta la fecha del despido. g) A la sanción prevista en el inciso 5 y 7 del artículo 162, esto es, que se adeudan remuneraciones y cotizaciones previsionales desde la fecha del despido hasta su convalidación. h) Que las prestaciones debidas se pagarán con los reajustes e intereses legales correspondientes. IV. Que, además, se declara que las demandas constituyen una unidad económica y se les condena al pago de forma solidaria de las prestaciones antes mencionadas V. Que se condena a las demandadas al pago de las costas, por la suma de $600.000 cada una, haciendo un total de $1.800.000.- una de ellas. VI. La parte demandante queda personalmente notificada en este acto de la sentencia en virtud a lo dispuesto en el artículo 453 del Código del Trabajo. VII. Las demandadas se entienden notificadas también de la present
Fallo
se declara: I. Que, la relación laboral inició el 9 de noviembre de 2020 y finalizó de 29 de octubre de 2022. II. Que la última remuneración devengada en favor del demandante ascendía a la suma de $1.288.333. III. Que SE ACOGE la demanda interpuesta por don MAX WILLIAM VILLASMIL GONZALEZ, ya individualizado, en contra de las demandadas y en consecuencia se declara, que el despido es improcedente y que el empleador incumplió gravemente sus obligaciones laborales al no pagar las cotizaciones previsionales, por lo que es nulo el despido e improcedente y se condena a las demandadas las siguientes cantidades: a) A la indemnización sustitutiva del aviso previo por $1.238.333.- b) A la indemnización por años de servicios correspondientes a 2 años por $2.476.666.- c) Al recargo legal correspondiente al 30% de la indemnización por años de servicios equivalente a la suma de $742.999 d) Al feriado legal y proporcional por la suma de $1.123.650. e) Remuneraciones adeudadas de los meses de septiembre y proporcional de octubre del 2022 por el monto total de $1.693.147 f) Al pago de las cotizaciones adeudadas hasta la fecha del despido. g) A la sanción prevista en el inciso 5 y 7 del artículo 162, esto es, que se adeudan remuneraciones y cotizaciones previsionales desde la fecha del despido hasta su convalidación. h) Que las prestaciones debidas se pagarán con los reajustes e intereses legales correspondientes. IV. Que, además, se declara que las demandas constituyen una unidad económi
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ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO PROCEDIMIENTO ORDINARIO FECHA 08/11/2023 RUC 22- 4-0450138-4 RIT O-668-2022 MAGISTRADO AMÉRICA ANTONIA ROJAS ROJAS ADMINISTRATIVO DE ACTAS PRISCILA SILVA SANTANDER MODO DE AUDIENCIA PRESENCIAL HORA DE INICIO 09:21 HORAS HORA DE TERMINO 10:08HORAS Nº REGISTRO DE AUDIO 2240450138-4-387 PARTE DEMANDANTE COMPARECIENTE NO COMPARECE ABOGADO CRISTOBAL MAR
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