BANCO DEL ESTADO DE CHILE/BARRAZA
Rol
C-887-2023
Fecha
14 de junio de 2023
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: En lo principal de la presentaci n de fecha 24 de marzoó de 2023, comparece don V ctor Andr s Acevedo Lenizí é , c dulaé nacional de identidad N 14.206.294-1°, abogado, domiciliado en Avenida Libertador Bernardo O´Higgins 1111, piso 5, comuna de Santiago, en representaci n de ó Banco del Estado de Chile, rol nicoú tributario N° 97.030.000-7, empresa aut noma del Estado,ó representada legalmente por su Gerente General Ejecutivo, don Oscar Ra l Gonz lez Narbonaú á , ingeniero civil industrial, c dula de identidadé N° 6.362.085-8, ambos domiciliados en Avenida Libertador Bernardo O’Higgins N° 1111, quinto piso, comuna de Santiago, Regi nó metropolitana de Santiago deduciendo demanda ejecutiva en contra de don Danilo Abel Barraza Herrera, c dula nacional de identidad N°é 12.398.679-2, ignora profesi n u oficio, en calidad de deudor,ó domiciliado en Juan Cisternas N° 6091, La Serena, solicitando tenerla por interpuesta, admitirla a tramitaci n y ordenar se despacheó mandamiento de ejecuci n y embargo en su contra por la cantidad deó $66.511.753.- (sesenta y seis millones quinientos once mil setecientos cincuenta y tres pesos), por concepto de capital, m s losá reajustes e intereses penales desde la mora y hasta su pago efectivo, disponiendo se siga adelante la ejecuci n hasta hacerse entero yó Código: HXXXXFMECXW Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 cumplido pago de lo adeudado en capital e intereses, con costas, en virtud de los siguientes
Fundamentos
fundamentos de hecho y derecho: Se ala que su representado, el Banco del Estado de Chile, esñ due o de un pagar suscrito en calidad de deudor principal por donñ é Danilo Abel Barraza Herrera, por la suma de $73.724.000.-, por concepto de capital, m s un inter s del 11,5200% anual, que el deudorá é se habr a obligado a pagar en 60 cuotas sucesivas, cuyo monto yí vencimiento se consignan en el calendario de pagos inserto en el pagaré suscrito. Indica tambi n que en dicho pagar se estipula que en caso deé é mora o simple retardo en el pago de cualesquiera de las cuotas pactadas, el deudor estar a obligado a pagar, desde el incumplimiento,í los intereses penales equivalentes al m ximo convencional seg n lasá ú tasas que rijan durante el retardo, sin perjuicio de los dem s derechosá del acreedor, quedando facultado el Banco del Estado de Chile para hacer exigible la totalidad de la deuda como si fuese de plazo vencido, en el caso de no pago de cualquiera de las cuotas en que se dividi laó obligaci n.ó El demandante plantea que el deudor habr a dejado de pagar,í desde la cuota con vencimiento al d a 07 de noviembre de 2022í inclusive, y todas las posteriores, por lo que su representado habr aí tomado la decisi n de hacer exigible la totalidad de la deuda, cuyoó monto total ser a de $66.511.753-, m s los intereses pactadosí á devengados y los que se devenguen hasta el completo pago de la deuda, m s las costas de la presente causa.á El ejecutante sostiene que consta en el pagar que la obligaci né ó es de car cter indivisible, que el suscriptor relev al portador de losá ó documentos y que la firma de este se encuentra autorizada por Código: HXXXXFMECXW Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 Notario. Por ltimo, a ade que la obligaci n ser a l quida, actualmenteú ñ ó í í exigible y que la acci n ejecutiva no se encontrar a prescrita.ó í En lo principal de la presentaci n de fecha 25 de abril deó 2023, comparece don Manuel Ignacio G mez Astorga, c dula nacionaló é de identidad N° 15.364.646-5, abogado, en representaci n deló ejecutado, oponi ndose a la ejecuci n de autos, solicitando se rechace laé ó demanda ejecutiva, en todas sus partes, con expresa condenaci n enó costa, de acuerdo a los siguientes fundamentos de hecho y Derecho. 1.- Opuso la excepci n del art culo 464 N°2 del C digo deó í ó Procedimiento Civil, esto es, la falta de capacidad del demandante o de personer a o representaci n legal del que comparezca en su nombre.í ó El ejecutado se ala que el abogado, don V ctor Andr s Acevedoñ í é Leniz, quien comparece como mandatario judicial, cuyo mandato es otorgado por don Juan Cooper lvarez, quien, a su vez le se ala alÁ ñ notario que autoriza la escritura p blica que su personer a para actuarú í en representaci n del Banco del Estado de Chile habr a sido otorgadaó í por Acuerdo n mero cuatrocientos cincuenta y uno del Comitú é Ejecutivo del Banco del Estado de Chile, de fecha 1
Fallo
se declararon admisibles las excepciones opuestas y se dio traslado al ejecutante. Con fecha 09 de mayo de 2023 el ejecutante evacu traslado,ó solicitando el rechazo de todas las excepciones opuestas por el ejecutado, con expresa condenaci n en costas, en raz n de losó ó siguientes argumentos: 1º En relaci n a la alegaci n de falta de capacidad deló ó demandante o de personer a o representaci n legal del que comparezcaí ó en su nombre, prevista en el art culo 464 Nº 2 del C digo deí ó Procedimiento Civil. El demandante se ala que el Decreto Supremo de Hacienda N°ñ 483, de fecha 10 de abril de 2018, en la cual consta la representaci nó que invoca Juan Cooper lvarez respecto del Banco del Estado deÁ Chile, fue debidamente publicado en el Diario Oficial de la Rep blicaú de Chile, raz n por la cual este se entender a conocido por todos yó í adem s obligatorio.á Indica que la potestad de delegar facultades estar a contempladaí en el art culo 22 de la Ley Org nica Constitucional del Banco delí á Estado de Chile, la cual establece de forma clara que el Gerente General tendr , separada e indistintamente, la representaci n del Banco,á ó y podr delegar las atribuciones que se le confieren. á Código: HXXXXFMECXW Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 Argumenta que es en base a esta autorizaci n que el Banco deló Estado de Chile, a trav s de su representante Juan Cooper lvarez,é Á delega en Victor Acevedo Leniz la r
Texto Completo (Preview)
Foja: 1 FOJA: 15 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 3 Juzgado de Letras de la Serenaº CAUSA ROL : C-887-2023 CARATULADO : BANCO DEL ESTADO DE CHILE/BARRAZA La Serena, catorce de Junio de dos mil veintitr sé VISTOS: En lo principal de la presentaci n de fecha 24 de marzoó de 2023, comparece don V ctor Andr s Acevedo Lenizí é , c dulaé nacional de identidad N 14.206.294-1°, abogado, dom
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