Juzgado de Letras y Gar.de Putaendo

MINERA LA LECHUZA BLANCA LIMITADA/

Rol

V-39-2022

Fecha

14 de junio de 2023

Materia

MINERO, PEDIMENTO (CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN)

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Con fecha 11/04/2022 y siendo las 13:33 horas, como consta a folio 1 comparece, don Manuel Dagoberto Viera Flores, cédula de identidad N° 5.997.929-9, chileno, casado, Ingeniero Civil de Minas, en representación de MINERA LA LECHUZA BLANCA LIMITADA, RUT 76.087.021-8, sociedad minera chilena del giro de su denominación, ambos con domicilio en Dr. Carlos Charlin N° 1521, Providencia, Santiago. Indica que a fin de constituir concesión de exploración de sustancias concesibles formula pedimento cuyo punto medio del terreno pedido se encuentra ubicado en la Región de Valparaíso, Provincia de San Felipe De Aconcagua, Comuna de Putaendo, y se determina por las siguientes coordenadas U.T.M.: Norte 6.392.500,00 metros y Este 349.100,00 metros, todas referidas al "Datum Provisorio Sudamericano La Canoa 1956, Elipsoide Internacional de Referencia 1924, Huso 19". En conformidad al artículo 46 y el artículo 43 número 4° del Código de Minería, vengo en señalar que el terreno pedido tiene la forma de un rectangulo cuyos lados orientados Norte-Sur U.T.M. miden 3.000 metros y aquellos orientados Este-Oeste U.T.M. miden 1.000 metros, encerrando en consecuencia una superficie total de 300 hectáreas. Deseando constituir concesión minera sobre el yacimiento señalado, solicita se otorgue a MINERA LA LECHUZA BLANCA LIMITADA, una concesión de exploración que se denominará "DOMI A 15”. En definitiva, solicita tener por presentado este pedimento y acogerlo a tramitación, ordenar su inscripción y publicación, disponiendo que el tribunal certifique el día y hora de su presentación de acuerdo al artículo 47 del Código de Minería, y en definitiva tener por presentada a favor de mi representada la concesión de exploración solicitada. Con fecha 18/04/2022, a folio 3, se certifica haberse presentado el pedimento minero con fecha 11/04/2022, a las 13:33 horas y se ingresó bajo el N° 12.838 del Libro de Registro de Minas de este Juzgado. Con fecha 20/04/2022, folio 5, se ordenó inscribir y publicar. Con fecha 18/07/2022, folio 6, se solicita dictar sentencia constitutiva de la concesión de exploración que indica, acompañando en tiempo y forma, los siguientes documentos: 1) Comprobante del pago de la tasa de pedimento de fecha 02/05/2022, para 300 hectáreas por 0,0050 UTM, $85.143. 2) Comprobante del pago de la patente de concesión de exploración de fecha 17/07/2022, por $216.398, en proporción establecida por el artículo 144 del Código de Minería. 3) Copia de la inscripción del pedimento corriente, a Fojas 242 N° 83 del Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Putaendo, de fecha 22/04/2022. 4) Ejemplar digital del Boletín Oficial de Minería, sección VII del Diario Oficial de la República de Chile, edición N° 43.255 de fecha 17/05/2022, CVE 2127901, con publicación del pedimento “DOMI A 15”. 5) Plano según escala gráfica en donde se señala la configuración de la concesión, las coordenadas U.T.M. de cada uno de sus vértices y la relación

Fallo

fallo : 25/04/2023 Putaendo, veintitrés de junio de dos mil veintitrés. VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Con fecha 11/04/2022 y siendo las 13:33 horas, como consta a folio 1 comparece, don Manuel Dagoberto Viera Flores, cédula de identidad N° 5.997.929-9, chileno, casado, Ingeniero Civil de Minas, en representación de MINERA LA LECHUZA BLANCA LIMITADA, RUT 76.087.021-8, sociedad minera chilena del giro de su denominación, ambos con domicilio en Dr. Carlos Charlin N° 1521, Providencia, Santiago. Indica que a fin de constituir concesión de exploración de sustancias concesibles formula pedimento cuyo punto medio del terreno pedido se encuentra ubicado en la Región de Valparaíso, Provincia de San Felipe De Aconcagua, Comuna de Putaendo, y se determina por las siguientes coordenadas U.T.M.: Norte 6.392.500,00 metros y Este 349.100,00 metros, todas referidas al "Datum Provisorio Sudamericano La Canoa 1956, Elipsoide Internacional de Referencia 1924, Huso 19". En conformidad al artículo 46 y el artículo 43 número 4° del Código de Minería, vengo en señalar que el terreno pedido tiene la forma de un rectangulo cuyos lados orientados Norte-Sur U.T.M. miden 3.000 metros y aquellos orientados Este-Oeste U.T.M. miden 1.000 metros, encerrando en consecuencia una superficie total de 300 hectáreas. Deseando constituir concesión minera sobre el yacimiento señalado, solicita se otorgue a MINERA LA LECHUZA BLANCA LIMITADA, una concesión de exploración que se denominará "DOMI A 15”. En definiti

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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras y Garantía de Putaendo CAUSA ROL : V-39-2022 CARATULADO : MINERA LA LECHUZA BLANCA LIMITADA Fecha de inicio : 11/04/2022 Fecha autos para fallo : 25/04/2023 Putaendo, veintitrés de junio de dos mil veintitrés. VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Con fecha 11/04/2022 y siendo las 13:33 horas, como consta a folio 1 comparece, don Manuel Dagober

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