JARA/
Rol
V-18-2023
Fecha
14 de junio de 2023
Materia
OTROS VOLUNTARIOS
Resultado
No especificado
Hechos
Visto y considerando, Primero: Que comparece Manuel Jovino Jara Herrera, chileno, soltero, jubilado, cédula nacional de identidad número 6.291.503-k, domiciliado en el sector rural de Llongocura sin número de la comuna de Curepto y viene en solicitar la rectificación de la inscripción de dominio que rola a fojas 38, bajo en número 69, correspondiente al año 1994, perteneciente a los registros del Conservador de bienes Raíces de Curepto; ordenando con ello, al citado auxiliar de la administración de Justicia, llevar a cabo las rectificaciones a señalar en esta presentación, en razón de los errores observados en el título de dominio descrito. Funda su solicitud en los siguientes argumentos: “I- ANTECEDENTES DE HECHO. Como bien puede apreciarse a través de la documentación que al efecto se acompaña “en primer otrosí” de esta solicitud: soy poseedor inscrito del bien raíz ubicado en la localidad rural de LLongocura de la comuna de Curepto, el cual cuenta con una superficie aproximada de 6,20 hás. El título de dominio en cuestión, consta anotado en los registros de propiedad fojas 38, número 69 del año 1994 del Conservador de Bienes Raíces de Curepto; adquiriéndose a través de resolución exenta número 37 de fecha cinco de enero del año 1994 dictada por el secretario Regional de Tierras y Bienes Nacionales de la región del Maule, conforme procedimiento de regularización de pequeña propiedad raíz descrito en el decreto ley número 2695. Los antecedentes a los que hace referencia en el titulo de dominio en cuestión, en lo que dice relación a la singularización del bien raíz, se encuentran correctos; sin embargo, la individualización realizada respecto a mi persona, presenta errores en lo que a mi estado civil se refiere. Con motivo de graficar lo señalado, cito textual: “Curepto, veintisiete de enero de mil novecientos noventa y cuatro. Don MANUEL JOVINO JARA HERRERA, casado, agricultor, domiciliado en LLongocura – Curepto, es dueño…” Mi estado civil, durante todo el tran
Fallo
se declara: Que, se acoge la solicitud de folio 1 y, en consecuencia, se ordena al señor Conservador de Bienes Raíces de Curepto que proceda a rectificar el título de dominio inscrito a fojas 38 Nº69 del Registro de Propiedad del año 1994, respecto al estado civil de Manuel Jovino Jara Herrera, señalando que es “soltero”. El Conservador de Bienes Raíces de Curepto deberá tomar nota de dicha rectificación al margen de la inscripción de dominio. Anótese, regístrese y notifíquese, en su oportunidad. Código: QYYXXFDXTDW Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl ROL V-18-2023 Resolvió Sebastián Ignacio Bustos Chaparro, Juez Titular del Juzgado de Letras y Garantía de Curepto. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Curepto, catorce de Junio de dos mil veintitrés Código: QYYXXFDXTDW Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-06-14T09:15:49-0400
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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado De Letras Y Gar. de Curepto CAUSA ROL : V-18-2023 CARATULADO : JARA/ Curepto, catorce de junio de dos mil veintitrés. Visto y considerando, Primero: Que comparece Manuel Jovino Jara Herrera, chileno, soltero, jubilado, cédula nacional de identidad número 6.291.503-k, domiciliado en el sector rural de Llongocura sin número de la comuna de Curepto y
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