3º Juzgado Civil de Concepción

FISCO DE CHILE/

Rol

C-3351-2021

Fecha

13 de junio de 2023

Materia

EXPROPIACIÓN, RECLAMACIÓN INDEMNIZACIÓN ART.14 D.L. 2.186

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Con fecha 10 de septiembre de 2021 (folio 1), comparece Luis Humberto Salamanca Raglianti, abogado, CI. 13.725.603-7, domiciliado en Concepci n, Av. O Higgins 650, piso 6 oficina 604, en representaci n de laó ’ ó Sociedad Mantenci n y Control Industrial SpA, persona jur dica de suó í denominaci n, RUT 76.150.087-2, representada legalmente por don Pabloó Coronado Aedo, empresario, CI: 9.420.649-9 ambos domiciliados en calle los Chincoles N 730, de la comuna y ciudad de los ngeles, Regi n del° Á ó Bio Bio, e impetra reclamo en contra del monto indemnizatorio provisional fijado para la indemnizaci n por expropiaci n respecto del inmueble deó ó propiedad de su representada, en contra del Fisco de Chile, (Ministerio de Obra P blicas), representado para estos efectos por el Consejo de Defensaú del Estado, a trav s de su Procurador Fiscal de Concepci n don Georgyé ó Schubert Studer, abogado, ambos con domicilio en calle Barros Arana N° 1098, oficina 1501, piso 15 Edificio Torres del Centro, Concepci n o por° ó la persona que lo remplace o subrogue legalmente en el cargo, solicitando declarar que la entidad expropiante deber indemnizar al expropiado coná las siguientes sumas y conceptos: a) Por concepto de suelo expropiado deber pagar la suma de $50.000.- el m2 (3.577 m2), lo que da un valorá total por este tem de $178.850.000.-, en base a los valores, antecedentes,í hechos se alados, y dem s que adjuntar n o lo que el tribunal estimeñ á á conforme al m rito de autos; b) Por concepto de edificaci n deber pagar laé ó á suma de $1.200.000.- el m2 (520 m2), lo que da un valor total por este temí de $624.000.000.-, en base a los valores, antecedentes, hechos se alados, yñ Código: VZPSXFNWQXW Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl dem s que adjuntar n o lo que el tribunal estime conforme al m rito deá á é autos; c) Plantaciones: No hay expropiadas; d) Otros: Por este tem noí reclama y pide se mantenga en $98.

Fundamentos

considerando que es un est ndar similar al que est ení á á evaluaci n.ó Argumenta que, as las cosas, la comisi n defini a trav s de losí ó ó é valores de referencia de transacciones debidamente inscritas en el CBR y de ofertas de venta, que el monto provisional de indemnizaci n es de $11.000.ó Expone que, pues bien, de lo latamente explicado ha quedado de manifiesto el acucioso an lisis efectuado por la Comisi n de Peritos respectoá ó del lote en cuesti n y su relaci n con los valores referenciales consideradosó ó para llegar a un valor final. De esta manera, podemos concluir que la valuaci n realizada resulta ser del todo v lido, precisa y absolutamenteó á concordante con el mercado inmobiliario del sector geogr fico deá emplazamiento del Lote N 20.° Se ala que otro antecedente a tomar en consideraci n es el valorñ ó determinado como aval o fiscal del predio para los efectos del pago deú contribuciones. Es as que, en la consulta de antecedentes de un bien ra zí í del Servicio de Impuestos Internos, fechado el 04 de octubre de 2021, figura un aval o total de $9.867.603, para la propiedad rol de aval o N 1649-21,ú ú ° Código: VZPSXFNWQXW Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl de la comuna de Los ngeles. Si dividimos dicho monto por la superficieÁ total del predio asociado a dicho rol, de 18.300 metros cuadrados, nos arroja un valor unitario de $539,21 el metro cuadrado de terreno. Hace presente que el aval o fiscal incluye todo los bienes emplazadosú en terreno, pues no se hace descuento alguno como para fijar el valor del casco desnudo de terreno. Indica que, en el citado caso, el ejercicio anterior y sus conclusiones nos arroja diferencias considerables con el valor del terreno fijado por la Comisi n de Peritos y la verdad, no resiste an lisis cuando se comparanó á dichas cifras con la solicitada por la demandante. En cuanto al tem Edificaciones, expresa que la demandante solicitaÍ un mayor monto para este tem, demandando $1.200.000 el m2.í A continuaci n presenta una imagen con las caracter sticas de lasó í construcciones, concluyendo que todo lo anterior, arroja como total la suma de $ 286.000.000, tasado por la Comisi n de Peritos para el temó í Edificaciones. Refiere que, sin embargo, la demandante impugna la tasaci nó efectuada por la comisi n de peritos en este tem sin ning n antecedenteó í ú que apoye sus alegaciones, solamente corresponde a apreciaciones, ya que no acompa a ning n tipo de informe t cnico que fundamente sus dichos.ñ ú é En cuanto al tem no contemplado en Informe de Tasaci n, expresaí ó que, en este punto, la demandante se ala una supuesta p rdida patrimonialñ é como consecuencia de la expropiaci n, aludiendo a otro da o a reparar poró ñ la expropiaci n, expectativa econ mica razonable de retorno de laó ó inversi n, que denomina perjuicios adicionales.ó Aclara que el reclamante, al solicitar que se le indemnice las utilidades que eventualmente dejar de perc

Fallo

por tanto, lo queó se ha dejado de ganar y que se habr a ganado de no haber sucedido uní da o.ñ Código: VZPSXFNWQXW Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Indica que, en este sentido, la Constituci n Pol tica se ala en suó í ñ art culo 19 N 24, a prop sito del derecho de propiedad, que el expropiadoí º ó "tendr siempre derecho a indemnizaci n por el da o patrimonialá ó ñ efectivamente causado". Agrega que la jurisprudencia, ha se alado en forma reiterativa, que elñ da o patrimonial involucra tanto al da o emergente como el lucro cesante,ñ ñ no es lo mismo que el Estado expropie un predio con rboles que cumplená fines meramente decorativos a otro integrado con especies destinadas a la producci n de frutos. En el caso del primero, deber solo indemnizarse poró á el valor presente del rbol, en cambio en el segundo debe tambi ná é indemnizarse lo que razonablemente se hubiera esperado que dicho rbolá produciere, lo que sucede en la especie. Lo anterior no se trata de una mera expectativa, sino de una expectativa de leg tima ganancia (o tambi ní é llamada expectativa econ mica razonable de retorno de la inversi n), queó ó no es otra cosa que el lucro cesante. Lo anterior tiene pleno y total asidero en nuestro derecho. La propia Constituci n Pol tica, reconoce y ampara lasó í facultades del dominio, cuales son usar, gozar y disponer de la cosa. En este sentido, mi representada, ha sido privada de todas o cualquiera de

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FOJA: 118 .- ciento dieciocho .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 3 Juzgado Civil de Concepci nº ó CAUSA ROL : C-3351-2021 CARATULADO : FISCO DE CHILE/ Concepci nó , trece de junio de dos mil veintitr sé VISTOS: Con fecha 10 de septiembre de 2021 (folio 1), comparece Luis Humberto Salamanca Raglianti, abogado, CI. 13.725.603-7, domiciliado en Concepci n, Av. O Higgins 650, piso 6 oficina

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