1º Juzgado Civil de Chillán

BANCO SANTANDER- CHILE/BARRIENTOS

Rol

C-2771-2022

Fecha

13 de junio de 2023

Materia

PESOS, COBRO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTO Y TENIENDO PRESENTE: A folio 1, con fecha 16 de noviembre de 2022, comparece don Manuel Carrasco Contreras, abogado, domiciliado en calle 18 de septiembre N°671, oficina 403, Chillán, en representación de BANCO SANTANDER CHILE, sociedad anónima bancaria, representada legalmente por don Román Blanco Reinosa, ingeniero civil, pasaporte N° PAK 752653, en su calidad de gerente general, ambos domiciliados en calle Bandera N°140, Santiago, quien deduce demanda de cobro de pesos en juicio ordinario de menor cuantía en contra de don HUGO BARRIENTOS TRONCOSO, ignora profesión u oficio, con domicilio en Estero Lluanco N°3475, Villa Doña Rosa, Chillán. Señala que su representado, con fecha 6 de diciembre de 2019, otorgó a don Hugo Barrientos Troncoso, un crédito por la suma de $28.830.058, el que debía pagarse en 61 cuotas mensuales, sucesivas e iguales de $621.152, cada una, con vencimiento los días 05 de cada mes, a contar del 05 de marzo del año 2020, y hasta el 05 de marzo del año 2025, y una última cuota de $621.152, con vencimiento el día 07 de abril de 2025. Agrega que se acordó una tasa de interés de 0,90% mensual vencido, calculado en base a meses de 30 días y por el número de días efectivamente transcurridos, sin perjuicio del interés en caso de mora o simple retardo, el que en el pago de una cualquiera de las cuotas en que se divide la obligación, la tasa de interés se elevará al respectivo interés máximo convencional, vigente a la fecha, o a la época de la mora o retardo. Expone que con motivo de dicho crédito don Hugo Barrientos Troncoso, suscribió con fecha 06 de diciembre de 2019 el pagaré N°650036107159, por la cantidad de $28.830.058; el que al vencimiento de la cuota número 19, esto es, 06 de septiembre de 2021, el deudor, no hizo pago a su representado, de dicha cuota ni de las siguientes, adeudando en la actualidad la suma de $22.405.496, mas sus respectivos intereses. Por lo anterior, y previas citas legales, solicita sirva tener por interpuesta de

Fundamentos

CONSIDERANDO : PRIMERO: Que, comparece don Manuel Carrasco Contreras, abogado, en representación de BANCO SANTANDER CHILE, quien deduce demanda de cobro de pesos en juicio ordinario de menor cuantía en contra de don HUGO BARRIENTOS TRONCOSO, todos ya individualizados, solicitando se tenga por interpuesta la demanda, y en definitiva, a) condenar al demandado al pago de $22.405.496.- por concepto de capital adeudado, o la suma que el Tribunal determine conforme al mérito del proceso; b) que la suma a la cual sea condenado el demandado deberá serlo con el aumento del interés máximo convencional desde el vencimiento de la obligación, esto es, 6 de septiembre de 2021 y hasta su pago efectivo, o por el periodo e interés que el tribunal determine; y c) que el demandado deberá pagar las costas de la causa. SEGUNDO: Que, el demandado demandada no contestó la demanda dentro del plazo legal. TERCERO: Que, la parte demandante a fin de acreditar su pretensión sólo rindió prueba documental acompañada a folio 1, consistente en pagaré N°650036107159, y cartola operación de crédito de fecha 3 de noviembre de 2022. CUARTO: Que, la parte demandada, no rindió prueba alguna en la causa. QUINTO: Que, de acuerdo con la regla del onus probandi establecida en el artículo 1.698 del Código Civil, corresponde probar la existencia de las obligaciones o su extinción, a la parte que alega aquellas o éstas. Código: LYYXXFWBBYV Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Cabe recordar que el artículo 2196 del Código Civil dispone que: “El mutuo o préstamo de consumo es un contrato en que una de las partes entrega a la otra cierta cantidad de cosas fungibles con cargo de restituir otras tantas del mismo género y calidad”, el que se perfecciona por la tradición, “y la tradición transfiere el dominio”. De otro lado el artículo 1 de la Ley 18.010 señala: “Son operaciones de crédito de dinero aquellas por las cuales una de las partes entrega o se obliga a entregar una cantidad de dinero y la otra a pagarla en un momento distinto de aquel en que se celebra la convención” SEXTO: Que, la pretensión del Banco es obtener el pago del mutuo de dinero entregado al deudor en su oportunidad, por la suma total adeudada de $22.405.496.-, contrato cuya existencia debe ser probada por el actor, lo mismo que sus términos. SÉPTIMO: Que, de la lectura del pagaré que se tuvo legalmente acompañado y no fue materia de objeción por el demandado, es posible dar por establecido atento a lo previsto en el artículo 1702 y 1703 del Código Civil, que con fecha 06 de diciembre de 2019, don Hugo Alejandro Barrientos Troncoso, recibió un préstamo de dinero del Banco Santander-Chile por la suma de $28.830.058 bajo las siguientes características y modalidades: en 61 cuotas mensuales, sucesivas e iguales de $621.152, con vencimiento los días 05 de cada mes, a contar del 05 de marzo del año 2020, y hasta el 05 de marzo del año 2025, y una última de $621.

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 1698, 1700 y 1702 del Código Civil; artículos 144 y 170 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se declara: I.- Que, se acoge la demanda de cobro de pesos de lo principal de folio 1 y, en consecuencia, se condena a don Hugo Alejandro Barrientos Troncoso, a pagar al Banco Santander-Chile, la suma total de $22.405.496.-, más intereses corrientes calculados para el periodo que va entre que la presente sentencia quede firme y ejecutoriada y el mes anterior al pago efectivo de la deuda. II.- Que, resultando totalmente vencida, se condena a la parte demandada al pago de las costas de la causa. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. Resolvió doña Eva Ivonne Salgado Díaz, Jueza Subrogante. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Chill ná , trece de Junio de dos mil veintitr sé Código: LYYXXFWBBYV Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-06-13T19:05:08-0400

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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado Civil de Chill nº á CAUSA ROL : C-2771-2022 CARATULADO : BANCO SANTANDER- CHILE/BARRIENTOS Chillán, trece de junio de dos mil veintitrés VISTO Y TENIENDO PRESENTE: A folio 1, con fecha 16 de noviembre de 2022, comparece don Manuel Carrasco Contreras, abogado, domiciliado en calle 18 de septiembre N°671, oficina 403, Chillán, en representación de

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