SÁEZ/SOCIEDAD DE TRANSPORTE TERRESTRES MENA LIMITADA
Rol
T-397-2023
Fecha
6 de noviembre de 2023
Materia
Art. 2 CT. Sobre actos de discriminación
Resultado
No especificado
Hechos
hechos: “No haber ejecutado usted sus labores consistentes en atención de clientes de la empresa, generando con ello graves perjuicios a la empresa que se han traducido en la pérdida de clientes y consecuencialmente en una merma económica importante para nuestra organización”. “En efecto, una de sus funciones consiste en la coordinación del retiro de mercaderías y paquetería de diversos puntos en los que distintos clientes solicitan el referido retiro, coordinación que se inicia con la recepción de un llamado telefónico a su persona o recepción de un correo electrónico de solicitud enviado por el cliente a la dirección de correo de la empresa logistica@transportesmena.cl que usted tiene asignado para dichas funciones, solicitudes que debe contestar a la brevedad, coordinando el retiro que se trate”. “Sin embargo, mediante una investigación efectuada por la empresa, a partir de reclamos de diversos clientes que contactaban con otros números de nuestra empresa para manifestar que no se les estaba coordinando sus retiros, ni se contestaban sus llamados ni correos electrónicos por parte de don Esdras Nataniel Saez Cortes, se concluyó que efectivamente usted no contesta los correos electrónicos de clientes, los contesta con a lo menos cuatro horas de retardo o simplemente no coordina sus retiros, lo que llevó a la pérdida de clientes importante para nuestra organización como lo es la empresa Williamson Industrial S.A, que dejó de despachar todos productos industriales con nosotros, mermando con ello a lo menos $3.000.000 mensuales desde hace a lo menos 12 meses, la empresa Instaplan Sur S.A, empresa a la que debimos otorgar precios especiales para que no dejara de trabajar con nuestra organización debido a su mala atención y numerosas otras empresas que han manifestado iguales reclamos y actualmente transportan con la competencia, lo que ha significado, como se mencionó anteriormente, una merma económica importante y la lamentable pérdida de clientes y referidos de los m
Fallo
Por estas consideraciones, normas citadas y visto lo dispuesto en los artículos 161, 162, 163, 168, 172 del Código del Trabajo, se resuelve: I.- Que se rechaza la demanda de tutela laboral por vulneración de derechos fundamentales con ocasión del despido deducida en lo principal. II.- Que el despido de don ESDRAS NATANIEL SAÉZ CORTÉS, ha sido injustificado y se condena a SOCIEDAD DE TRANSPORTES TERRESTRES MENA LTDA, a pagarle las siguientes sumas: a) $1.474.801 de indemnización sustitutiva de aviso previo. b) $7.374.005 por indemnización por años de servicio. c) $5.899.204 de recargo legal del 80% de la indemnización por años de servicio. III.- Que la demandada SOCIEDAD DE TRANSPORTES TERRESTRES MENA LTDA, deberá enterar las cotizaciones de seguridad adeudadas cuyos montos deberá declarar de acuerdo a las siguientes sumas que se extraen del certificado de cotizaciones en lo que está parcialmente pagado: a) AFP CAPITAL: meses de marzo de 2020 remuneración imponible $308.806; septiembre 2020 remuneración imponible $711.865 y octubre de 2020 remuneración imponible $716.975; marzo de 2022 remuneración imponible $1.238.542, abril de 2022 remuneración imponible $1.238.542 , mayo de 2022 remuneración imponible $1.250.416, junio de 2022 remuneración imponible $1.258.333 y julio de 2022 remuneración imponible $1.258.333. b) AFC; meses de marzo de 2020 remuneración imponible $308.805, abril de 2020 remuneración imponible $160.250, agosto de 2020 $468.595, septiembre de 2020 $711.865 y
Texto Completo (Preview)
Concepción, seis de noviembre de dos mil veintitrés. VISTO, OIDO Y CONSIDERANDO. Con fecha 11 de septiembre de 2023 se llevó a efecto audiencia de juicio en esta causa, en la cual se rindió la prueba singularizada en el acta de la audiencia, cuyo registro consta en audio y el de los documentos con su digitalización. El demandante es don ESDRAS NATANIEL SAÉZ CORTÉS, empleado y domiciliado en calle
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