7º Juzgado Civil de Santiago

MANSILLA/FRAUENBERG

Rol

C-4471-2023

Fecha

12 de junio de 2023

Materia

ARBITRO Y DERIVADOS, DESIGNACION DE

Resultado

No especificado

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Fallo

se declara: I.- Que habida consideración del mérito de los documentos acompañados por la solicitante, esto es, la inscripción conservatoria vigente de los derechos de que es dueña en la propiedad correspondiente al departamento N°14 del primer piso del Edificio con acceso común por calle Sebastián Elcano N°1721, comuna de Las Condes, inscritos a fojas 60058, número 87209 del Registro de Propiedad del año 2019, y del Certificado de Hipotecas, Gravámenes, Interdicciones y Prohibiciones, ambos del Conservador de Bienes Raíces, donde consta la inscripción de los derechos de cada una de las comuneras, a saber: doña Mariana Frauenberg Vaccaro y doña Marcela Maritza Mansilla Potocnjak, lo que hace procedente la designación de un juez partidor a fin de terminar con el estado de indivisión respecto del inmueble en cuestión y estimando que cualquier discusión que verse sobre los derechos de cada una de las partes en aquél, debe discutirse en el juicio pertinente, no se hace lugar a la oposición formulada por la parte demandada. II.- Que conforme lo resuelto en lo que antecede, se hace lugar a lo solicitado por don Edgardo Felipe Ovideo Zamora, abogado, en representación de doña Marcela Maritza Mansilla Potocnjak y se designa Árbitro Partidor a don Carlos Hernán Bosselin Correa, abogado, domiciliado en Dr. Sótero Del Río N°326, oficina 406-407, Santiago, teléfonos 993208300-223712026, correo electrónico hbosselin@bbis.cl . Póngase en conocimiento de las partes y téngase por aprobada l

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C-4471-2023 Foja: 1 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 7 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-4471-2023 CARATULADO : MANSILLA/FRAUENBERG Santiago, doce de Junio de dos mil veintitr sé VISTOS, El mérito de los antecedentes, documentos acompañados y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 223, 227 y 232 del Código Orgánico de Tribunales; 414, 416 y 628 del Código de Procedimiento

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