PROMOTORA CMR FALABELLA S.A./ÑANCUVILÚ
Rol
C-3537-2022
Fecha
12 de junio de 2023
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: En folio 1, con fecha 14 de noviembre de 2022, se presenta do añ HEDY MATTHEI FORNET, abogado, domiciliada en General Mackenna 593 oficina 702, comuna de Temuco, se alo adicionalmente mi correo electr nicoñ ó notificacioncmr@hmycia.com, como medio de notificaci n expedito y eficaz enó cumplimiento de lo dispuesto en el art culo 49 del C digo de Procedimientoí ó Civil, modificado en virtud de lo dispuesto en el art culo 3 N 5 de la Leyí ° ° 21.394. En representaci n judicial, seg n se acreditar en el tercer otros de estaó ú á í demanda, de PROMOTORA CMR FALABELLA S.A., sociedad comercial, representada convencionalmente por los se ores don Gaston Bottazzini,ñ economista, y don Juan Guillermo Espinosa Fuentes, ingeniero civil, los tres ltimos domiciliados en calle Moneda 970, piso 18, comuna de Santiago, a S.S.ú respetuosamente digo: Que vengo en deducir demanda ejecutiva en contra de MARIA ELSA ANCUVILU LADINO, ignoro profesi n u oficio, con domicilioÑ ó en la calle AVENIDA MAQUEHUE SN SECTOR MONOPAINE, comuna de PADRE LAS CASAS, de acuerdo a los antecedentes de hecho y
Fundamentos
fundamentos de derechos que paso a exponer: Mi representada es due a del pagar N 1852537,ñ é º que se acompa a en el segundo otros de esta demanda, por la suma deñ í $12.648.563.- por concepto de capital, con vencimiento el d a 13-09-2022,í suscrito por la sociedad SERVICIOS DE EVALUACIONES Y COBRANZA SEVALCO LIMITADA representada por los se ores don SERGIO DANIELñ ULLOA OJEDA y do a CASANDRA LORETO MILLAR QUEZADA, enñ representaci n, a su vez, del deudor, don( a) MARIA ELSA ANCUVILUó ñ Ñ LADINO. Copia de la escritura p blica en que consta que cada uno de losú representantes antes mencionados, actuando de forma separada e indistinta, representan a la sociedad PROMOTORA CMR FALABELLA S.A. para suscribir pagar s a nombre del deudor, se acompa a en el segundo otros de laé ñ í presente demanda. Es del caso se alar que el deudor no pag en su totalidad elñ ó pagar indicado en el p rrafo anterior a la fecha de su vencimiento y que a laé á fecha de presentaci n de esta demanda a n no lo ha hecho, encontr ndose poró ú á tanto en mora desde la fecha de vencimiento en el pago de la suma de $12.648.563.-, por concepto de capital. Adem s y, en conformidad a lo dispuestoá en el mismo pagar , corresponde la aplicaci n de intereses moratorios desde laé ó fecha del vencimiento del pagar y hasta su pago ntegro y efectivo, queé í equivalen al inter s m ximo convencional para operaciones de cr dito y dineroé á é no reajustables. En consecuencia, el monto total adeudado a mi representada asciende a la suma de $12.648.563.-, por concepto de capital, m s los interesesá moratorios y costas. Como consta del pagar que se acompa a, el deudor relevé ñ ó al portador del documento de la obligaci n de protesto y la firma del representante de laó sociedad aceptante por mandato se encuentra autorizada ante notario. Por todo lo anteriormente expuesto, la obligaci n consta en un t tulo ejecutivo, es l quida,ó í í Código: NKHYXFHESQX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-3537-2022 Foja: 1 actualmente exigible y su acci n no se encuentra prescrita.
Fallo
POR TANTO, enó m rito de lo expuesto, y de acuerdo a lo dispuesto en el art culo 434 y siguientesé í del C digo de Procedimiento Civil, y dem s normas legales pertinentes, A S.S.ó á SOLICITO tener por deducida demanda ejecutiva en contra de MARIA ELSA ANCUVILU LADINO, individualizado(a) precedentemente, y con su m ritoÑ é ordenar se despache mandamiento de ejecuci n y embargo en su contra por laó suma de $12.648.563- m s los intereses moratorios que se devenguen desde laá fecha de la mora y hasta el d a del pago efectivo y costas y, en caso de noí verificarse el pago al requerimiento, ordenar seguir adelante la ejecuci n hastaó hacerse entero pago a mi representada del capital adeudado con los intereses que correspondan, m s costas.á En folio 11, con fecha 07 de febrero de 2023, en lo principal, la parte ejecutada opone a la demanda ejecutiva las excepciones del art culo 464í del C digo de Procedimiento Civil N 7 y 14.ó ° En folio 14, con fecha 12 de febrero de 2023, la parte ejecutante contest las excepciones opuestas, solicita su rechazo.ó En folio 15, con fecha 14 de febrero de 2023, se recibi la causa aó prueba. En folio 24, con fecha 01 de junio de 2023, se cit a las partes paraó o r sentencia.í CONSIDERANDO: 1.- Que do a HEDY MATTHEI FORNET, en la calidad queñ inviste deduce demanda ejecutiva en contra de do a MARIA ELSAñ ANCUVILU LADINO, a fin de que ste pague al actor el pagar que indicaÑ é é en su libelo. Pide se siga adelante la ejecuci n hasta el entero y cumplido
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C-3537-2022 Foja: 1 FOJA: 18 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado Civil de Temucoº CAUSA ROL : C-3537-2022 CARATULADO : PROMOTORA CMR FALABELLA S.A./ ANCUVILÑ Ú Temuco, doce de Junio de dos mil veintitr sé VISTOS: En folio 1, con fecha 14 de noviembre de 2022, se presenta do añ HEDY MATTHEI FORNET, abogado, domiciliada en General Mackenna 593 oficina 702, comuna de Temuco, se
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