1º Juzgado Civil de Viña del Mar

CASTRO/POBLETE

Rol

C-2732-2022

Fecha

12 de junio de 2023

Materia

PRECARIO, INC. 2º ART. 2.195 C.C

Resultado

No especificado

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Hechos

Vistos: Con fecha 02 de Septiembre de 2022, folio 1, y con la rectificaci n al folioó N°5, comparece do a Monserrat Mundaca Manterola en representaci n de ñ ó do añ Rosa De Las Mercedes Castro Rozas, due a de casa, domiciliadañ , en Las Higueras Dos, Sitio Uno, Villa Independencia Sur, Conc n, y don ó Claudio Hern ná Castro Rozas, trabajador independiente, domiciliado en La Higuera Sur, Lote Siete, Sitio Tres, Colmo, Conc nó , quien viene en interponer demanda de Precario en contra de don Octavio Rojas Pierola, profesi n u oficio desconocida, y do aó ñ Patricia Poblete Bravo, ambos domiciliado en Calle Las Higueras Sur, Lote 4, Sitio Uno, Villa Independencia Sur, Conc nó , solicitando condenarle a la devoluci nó de la propiedad que ocupa ileg timamente ya individualizado, dentro de tercero d aí í de ejecutoriada la sentencia, o en el plazo que se fije, bajo apercibimiento de lanzarle con la fuerza p blica, con expresa condenaci n en costas.ú ó Con fecha 21 de Octubre de 2020, folio 19, tiene lugar el comparendo de contestaci n y conciliaci n, oportunidad en la cual se tuvo por contestada laó ó demandada por ambas partes demandadas. Llamadas las partes a conciliaci n staó é no se produce atendido lo expuesto por las partes. Con fecha 11 de Octubre de 2022, folio 20 y complementado con fecha 08 de Noviembre de 2022, al folio N°45, se recibi la causa a prueba.ó Con fecha 08 de junio de 2023, folio 99, se cit a las partes a o ró í sentencia.

Fundamentos

Considerando: I.- Objeciones de documentos Código: YJGFXFXERQX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-2732-2022 Foja: 1 En cuanto a la objeción de documentos deducida en la presentación de fecha 27 de Octubre de 2022, al folio N°40, por el demandante: Primero: Que el demandante objet ó el documento singularizado como “ Declaraci nó Jurada de Pedro Patricio Castro Rozas, de fecha 6 de octubre de 2022 ante el Notario P blico de Vi a del Mar Franciscoú ñ Javier Fuenzalida Rodr guez”í , acompa ado por el demandado en el folio Nñ °33, en raz n de que laó persona que otorg la declaraci n jurada, es un tercero ajeno al juicio, que no haó ó comparecido en forma legal en autos; la declaraci n jurada no constituye t tuloó í v lido, y es inoponible al demandanteá ; la declaraci n jurada en la cl usula tercera,ó á la hace a nombre de personas, entre ellos los demandantes, que no comparecieron a suscribir ste instrumento privado; y por no referir el origen de los derechos queé se indican vender, ceder, y transferir al demandado Rojas Pi rola.é Objeta as tambi n, í é las inscripciones de fojas 479, n mero 453 yú de fojas 481, n mero 455, ambas del Registro de Propiedad delú Conservador de Bienes Ra ces de Conc n, del a o 2020í ó ñ , por desprenderse que los demandados no adquirieron el dominio de los derechos que el cedente incorporó a su patrimonio producto del fallecimiento de sus padres, pues no hay anotaci n marginal algunaó que d cuenta de ello; laé declaraci n jurada que los demandados acompa ados a losó ñ autos tampoco dan cuenta de ello. En cuanto a la objeción de documentos deducida en la presentación de fecha 28 de Octubre de 2022, al folio N°41, por el demandante. Segundo: Que el demandante objet ó la copia de Escritura P blica de Cesi nú ó de Derechos de fecha 8 de julio de 2019, repertorio nº734 de 2019, celebrada ante el Notario interino de Vi a del Mar don Fernando Rafael Antonio Lobosñ Dom nguezí , acompa ado por el demandado, en raz n de que:ñ ó - S lo comparece el demandado Rojas Pi rola, y no la demandada Pobleteó é Bravo; - Los derechos que se dicen ceder en dicha escritura son vagos, inciertos e indeterminados por cuanto dicen provenir, a su vez, de otra cesi n de derechos deó cuyo origen no se da cuenta, pues solo se enuncia que el cedente los adquiri eló mismo d a de la cesi n celebrada con el demandado Rojas Pi rola y que laí ó é inscripci n se encuentra en tr mite en el Conservador de Bienes Ra cesó á í Código: YJGFXFXERQX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-2732-2022 Foja: 1 - Del certificado de hipotecas y grav menes y dominio vigente que estaá parte acompa a la demanda, no objetados por los demandados, como de lasñó copias de las inscripciones de fojas 479, n mero 453 y de fojas 481, n mero 455,ú ú ambas del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Ra ces de Conc n, delí ó a o 2020 que los pro

Fallo

por tanto, mis representadosñ no ocupan dicha propiedad por ignorancia o mera tolerancia de la comunidad que es due a de la propiedad pues esta se encontraba en conocimiento de la situaci n.ñ ó Código: YJGFXFXERQX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-2732-2022 Foja: 1 Y en cuanto al primer presupuesto, los actores son due os, pero solo respecto deñ derechos sobre la cosa objeto del juicio. Sexto: Audiencia de conciliaci n: ó Que con fecha 07 de Octubre de 2022, al folio N°19, tiene lugar el comparendo de contestaci n y conciliaci n,ó ó oportunidad en la cual se tuvo por contestada la demandada, y se tiene por frustrada la conciliaci n en atenci n a lo expuesto por los intervinientes.ó ó S ptimo:é Recepci n de causa a prueba. ó Con fecha 11 de Octubre de 2022, folio 20, y complementado con fecha 08 de Noviembre de 2022, al folio N°45, se recibi la causa a prueba,ó fij ndose como hechos sustanciales,á pertinentes y controvertidos sobre los que esta deb a recaer, lo siguientes: í 1º Efectividad de ser los demandantes Rosa De Las Mercedes Castro Rozas y Claudio Hernan Castro Rozas, copropietarios del inmueble ubicado en Las Higueras Sur, Lote 4, Sitio Uno, Villa Independencia Sur, Concón; correspondiente a Lote Nº4, resultante de la subdivisión del Lote A-B-2, que es parte de la subdivisión del lote A-B, que forma parte del predio denominado HijuelaA-1, resultante de la subdivisión de la Hijuela A del Bien Común

Texto Completo (Preview)

C-2732-2022 Foja: 1 FOJA: 100 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado Civil de Vi a del Marº ñ CAUSA ROL : C-2732-2022 CARATULADO : CASTRO/POBLETE Vi a del Marñ , doce de Junio de dos mil veintitr sé Vistos: Con fecha 02 de Septiembre de 2022, folio 1, y con la rectificaci n al folioó N°5, comparece do a Monserrat Mundaca Manterola en representaci n de ñ ó do añ Rosa De Las Merce

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