2º Juzgado de Letras de Punta Arenas

EMPRESA DE DESARROLLO PESQUERO S.A./BOX

Rol

C-1981-2019

Fecha

12 de junio de 2023

Materia

MEDIDA PREJUDICIAL PRECAUTORIA

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Que, en el folio 1 del cuaderno principal, Daniel C rdenas Galli y Oscar Lizasoá Sol s, abogados, ambos domiciliados en calle Pedro Montt N 913 Oficina 202, Segundoí ° Piso, Punta Arenas, en representaci n judicial de car cter convencional, de Empresa deó á “ Desarrollo Pesquero de Chile S.A. , persona jur dica del giro de su denominaci n,” í ó representada por don Kenji Kimura, de nacionalidad japonesa, factor de comercio, ambos domiciliados en Avenida Providencia N 2653, Piso 15, comuna de Providencia,º Regi n Metropolitana, interponen demanda de resoluci n de contrato e indemnizaci nó ó ó de perjuicio en juicio ordinario de mayor cuant a, y, en subsidio, demanda deí indemnizaci n de perjuicios, en contra de don JAIME OSVALDO BUSTAMANTEó CIFUENTES, pescador, domiciliado en Avenida Pueblo Unido N 0140 Segundo Piso,º Puerta E, Punta Arenas; de don JOSE ANTONIO TARUMAN CHIGUAY, pescador, domiciliado en pasaje Lota N 1242, Poblaci n Playa Norte, Punta Arenas; de donº ó GUILLERMO FERNANDO CARMONA SALDIVIA, pescador, con domicilio en calle Los Caiquenes N 1584, Punta Arenas; y de do a XIMENA DEL CARMEN BOXº ñ MERINO, pescadora, domiciliada en pasaje B o-B o o B o B o N 40, Playa Norte,í í í í º Punta Arenas, a objeto de que se declare la resoluci n de diversos contratos de cesi n deó ó cuota de pesca que se individualizar n m s adelante, y que han sido celebrados entre losá á demandados y mi representada, solicitando adem s que aquellos sean condenados a laá indemnizaci n de los perjuicios causados.ó I. LOS HECHOS: 1.- Se alan que como consta de los documentos que acompa ados en la solicitudñ ñ de medida prejudicial precautoria, su representada, Empresa de Desarrollo Pesquero de Chile S.A. (EMDEPES en adelante), celebr , con los cuatro demandados, sendosó contratos cesi n de toneladas de merluza del sur, en atenci n a las cuotas de pesca queó ó cada uno de estos ten a asignada en el marco del R gimen Artesanal de Extracci n deí é ó dicho recurso para el a o 2019

Fundamentos

Considerando que la cotizaci n del d lar cerr al d a de ayer 03/12/2019 aó ó ó í 802 pesos por cada divisa norteamericana, mi representada esperaba obtener una ganancia de $521.628.- por tonelada de merluza del sur. 5.- As las cosas, el demandado Sr. Bustamente Cifuentes le ocasion a laí ó demandante un lucro cesante de $7.302.803.-; el demandado Sr. Taruman Chiguay le ocasion a mi representada un lucro cesante de $13.562.349.-; el demandado Sr.ó Carmona Saldivia le ocasion a mi representada un lucro cesante de $7.302.803.-; y laó demandada Sra. Box Merino le ocasion a mi representada un lucro cesante deó Código: XEQMXFQBKSX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-1981-2019 $14.605.607.-, montos que en definitiva demanda por concepto de indemnizaci n deó perjuicios. IV. PETICIONES CONCRETAS: Se alan que atendido todo lo precedentemente expuesto, solicitan acoger lañ demanda en todas sus partes y declarar lo siguiente: 1.- Que se acoge la demanda y

Fallo

se declaran resueltos los 6 contratos de cesi n deó toneladas de meluza del sur individualizados en el ac pite I.2 de la demanda, por elá incumplimiento de los demandados y en consecuencia se condena a estos al pago de las sumas que m s abajo se indican: á 2.- Restituci n del precio pagado: Piden que se condene al demandado donó JAIME OSVALDO BUSTAMANTE CIFUENTES a pagar la suma de $4.900.000.-; a don JOSE ANTONIO TARUMAN CHIGUAY a pagar la suma de $9.100.000.-; a don GUILLERMO FERNANDO CARMONA SALDIVIA a pagar la suma de $4.900.000.-; y a do a XIMENA DEL CARMEN BOX MERINO a pagar la suma de $9.800.000.-,ñ todos por concepto de restituci n del precio pagado con ocasi n de los contratos cuyaó ó resoluci n se pide y ello en raz n del efecto de la acci n resolutoria; ó ó ó 3.- Indemnizaci n de perjuicios por lucro cesante: Piden que se condene aló demandado don JAIME OSVALDO BUSTAMANTE CIFUENTES a pagar la suma de $7.302.803.-; a don JOSE ANTONIO TARUMAN CHIGUAY a pagar la suma de $13.562.349.-; a don GUILLERMO FERNANDO CARMONA SALDIVIA a pagar la suma de $7.302.803.-; y a do a XIMENA DEL CARMEN BOX MERINO a pagar lañ suma de $14.605.697.-, todos por concepto de indemnizaci n de los perjuicios causadosó por los demandados a mi representada correspondiente a lucro cesante ocasionado; 4.- Reajustes e intereses: Piden que las sumas a que sean condenados los demandados sean reajustadas desde la fecha de presentaci n de la demanda y que seó condene a los demandados a pagar las sumas

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C-1981-2019 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado de Letras de Punta Arenasº CAUSA ROL : C-1981-2019 CARATULADO : EMPRESA DE DESARROLLO PESQUERO S.A./BOX Punta Arenas, doce de junio de dos mil veintitr s.é VISTOS: Que, en el folio 1 del cuaderno principal, Daniel C rdenas Galli y Oscar Lizasoá Sol s, abogados, ambos domiciliados en calle Pedro Montt N 913 Oficina 202, Segundoí ° Piso

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