1º Juzgado de Letras de la Serena

FIGUEROA/MUNICIPALIDAD DE LA SERENA

Rol

C-814-2023

Fecha

12 de junio de 2023

Materia

PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Con fecha 20 de marzo de 2023 (folio 1), comparece do añ MARIZA SYLVIA FIGUEROA ABARCA, c dula nacional de identidadé N 9.380.511-9, chilena, labores de hogar, domiciliada en Los Cardenales° N 1088, Villa La Florida, La Serena, deduciendo en juicio ordinario de° menor cuant a, demanda de prescripci n extintiva de la acci n de cobro deí ó ó las obligaciones emanadas de derechos de aseo domiciliarios, en contra de la ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LA SERENA, persona jur dica deí derecho p blico, Rol nico Tributario N 69.040.100-2, representadaú Ú ° legalmente por su alcalde don ROBERTO EL AS JACOB JURE, c dulaÍ é de identidad N 6.356.671-3, ambos domiciliados para estos efectos en calle° Arturo Prat N 451, La Serena, de acuerdo a los siguientes

Fundamentos

fundamentos de° hecho y de derecho: Refiere que desde el 3 de mayo del a o 2010, es arrendataria delñ inmueble ubicado en Los Cardenales N 1088, Villa La Florida, en virtud° del contrato de arriendo suscrito con la arrendadora do a Virginia delñ Carmen Zabala Ordenes, ante el Notario p blico de la ciudad de Laú Serena, don Oscar Fern ndez Mora.á Indica que el inmueble antes descrito, rol de aval o fiscal N 3036-20,ú ° presenta una deuda total por la suma de $ 1.179.621.- (un mill n cientoó setenta y nueve mil seiscientos veinti n pesos), correspondientes a losú periodos entre el 30 de junio del a o 2010 al 30 de noviembre del a oñ ñ 2022, por concepto de derechos de aseo municipal seg n consta del estadoú de deuda emitido por el Departamento de Rentas y Finanzas de la Ilustre Municipalidad de La Serena, que acompa a en el primer otros de suñ í presentaci n.ó Se ala que en tenor de lo anterior, a la fecha actual, existe pasividadñ por parte del sujeto activo, es decir, la Ilustre Municipalidad de La Serena, en la persecuci n y cobro de dichas prestaciones sin que, por su parte, hayaó reconocido deuda alguna. Sumado a esto, habiendo transcurrido m s deá cinco a os a la fecha desde que se hizo exigible la deuda, la acci n de cobroñ ó de esta se extinguir a por un total de $ 834.053.- (ochocientos treinta yí Código: LMNPXFWHSPX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl cuatro mil cincuenta y tres pesos), monto referencial, quedando de manifiesto que, en este lapso temporal, la demandada no ha realizado gesti n ni cobro alguno de la referida deuda.ó Agrega que seg n lo consagrado en nuestra legislaci n vigente, desdeú ó que se hicieron exigibles las cuotas correspondientes entre el 30 de junio del a o 2010, hasta la cuota del 30 de noviembre del a o 2017, ha transcurridoñ ñ el plazo de prescripci n de 5 a os, contemplado en nuestro ordenamientoó ñ jur dico, resultando aplicable en la especie.í En cuanto al derecho, cit al efecto los art culos 2492, 2493, y 2515ó í del C digo Civil, y en virtud de ellos, solicit tener por interpuesta demandaó ó en juicio ordinario de menor cuant a en contra de la Ilustre Municipalidadí de La Serena, representada legalmente por don Roberto Jacob Jure, ambos ya individualizados, admitirla a tramitaci n y en definitiva, acogerla enó todas sus partes declarando prescrita la acci n de cobro de los derechos deó aseo domiciliarios asociados al inmueble antes singularizado, correspondiente al periodo comprendido entre el 30 de junio del a o 2010,ñ hasta la cuota del 30 de noviembre del a o 2017 ambas inclusive, por unañ suma referencial ascendiente a $834.053.- con sus respectivos intereses y reajustes, o las cuotas que el Tribunal considere prescritas de acuerdo a la ley, con expresa condenaci n en costas en caso de oposici n.ó ó Con fecha 19 de mayo de 2023 (folio 7), comparece do a Anañ Karina Segovia Iraira, abogada, en representaci n de la Ilustreó Municipalidad

Fallo

por tanto, la demandada reconvencional, adeuda a su representada la suma de $368.655. (Trescientos sesenta y ocho mil seiscientos cincuenta y cinco pesos) m s intereses yá reajustes a la poca del pago.é Asevera que los fundamentos de derecho en los que se basa la demanda reconvencional est n contenidos en el T tulo VII, De Losá í “ Recursos Municipales por Concesiones, Permisos o Pagos de Servicios , del” Decreto Ley N 3.063, Ley de Rentas Municipales, que dispone en su° art culo 40 í Ll mense derechos municipales a las prestaciones que est n“ á á obligadas a pagar a las municipalidades, las personas naturales o jur dicasí de derecho p blico o de derecho privado, que obtengan de laú administraci n local una concesi n o permiso o que reciban un servicio deó ó las mismas, salvo exenci n contemplada en un texto legal expresoó ”, y en la Ordenanza respectiva sobre Derechos Municipales por permisos, concesiones y servicios. Por ltimo, previas citas legales, solicit tener por interpuestaú ó demanda reconvencional en contra de do a Mariza Silvya Figueroa Abarca,ñ ya individualizada, admitirla a tramitaci n, y en definitiva acogerla en todasó sus partes y declarar que el referido est obligado a pagar a la Ilustreá Municipalidad de La Serena la suma de $368.655.- (trescientos sesenta y ocho mil seiscientos cincuenta y cinco pesos), m s intereses y reajustes hastaá la poca del pago, con condena en costas.é Con fecha 24 de mayo de 2023 (folio 12), la abogada de do a Marizañ Sylvia Figu

Texto Completo (Preview)

FOJA: 10.- Diez.- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado de Letras de la Serenaº CAUSA ROL : C-814-2023 CARATULADO : FIGUEROA/MUNICIPALIDAD DE LA SERENA La Serena, doce de junio de dos mil veintitr s.é VISTOS: Con fecha 20 de marzo de 2023 (folio 1), comparece do añ MARIZA SYLVIA FIGUEROA ABARCA, c dula nacional de identidadé N 9.380.511-9, chilena, labores de hogar, domiciliada en Lo

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