QUEZADA/REVECO
Rol
C-22-2023
Fecha
9 de junio de 2023
Materia
ARBITRO Y DERIVADOS, DESIGNACION DE
Resultado
No especificado
Hechos
Visto y
Fundamentos
considerando: Primero: Que con fecha 4 de enero de 2023, folio 1, comparece Yobanka Nadia Quezada Naranjo, empresaria, domiciliada en avda. Libertad n°269 oficina 904 comuna de Vi a del Mar y solicita se cite a do añ ñ Geraldine Eloisa Reveco Segovia, labores, domiciliada en calle 12 N° 461, comuna Concon, a la audiencia de designaci n de juez arbitro para procederó a la partici n de la comunidad de bienes que forman respecto del inmuebleó del que son copropietarias correspondiente al Lote 1 ubicado en calle Doce, esquina Santa Margarita N°1305, resultante de la subdivisi n del Lote E de la Manzanaó 19, ubicado en calle Santa Margarita N°1305, Comuna de Conc n ó Funda su solicitud se alando que respecto al inmueble singularizadoñ es due a del 66% de los derechos sobre una propiedad ra z ubicada en la comuna deñ í Conc n, Lote 1 ubicado en calle Doce, esquina Santa Margarita N°1305,ó resultante de la subdivisi n del Lote E, manzana diecinueve, Poblaci n Conc n,ó ó ó ubicado en calle Doce esquina Santa Margarita N°1305, Conc n, que deó conformidad a la Resoluci n Municipal y Plano de subdivisi n que se encuentranó ó archivados en el Conservador de Bienes Ra ces de Conc n bajo los N°s. 1186 yí ó 1187 en el Registro de Documentos de Propiedad correspondiente al a o 2007, elñ citado LOTE UNO se encuentra encerrados en el Pol gono A-B-F-E-A, con unaí superficie de seiscientos sesenta metros cuadrados y los siguientes deslindes: NORTE, en veinte coma cero cero metros con terreno de la Poblaci n Conc n, Roló ó de Aval o Fiscal N° 3236-4; SUR, en veinte coma cero cero metros con lote 2ú de la subdivisi n; ORIENTE, en treinta y tres coma cero cero metros con eló Código: JVJDXFGQXCX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 terreno Rol de aval o N° 3236-2; y PONIENTE, en treinta y tres coma ceroú cero metros con Calle Doce. As consta de copias de inscripci n conservatoria de fojas 4453 n mero 4415í ó ú del Registro de Propiedad de 2015 y de fojas 1145 n mero 1122 del Registro deú Propiedad de 2017 a cargo del Conservador de Bienes Ra ces de Conc n. í ó El 33% restante de los derechos pertenecen a la demandada, con quien no deseo permanecer en la indivisi n, sobre todo considerando que el inmueble enó cuesti n ha estado siempre en manos de la demandada quien ha usufructuado deló mismo durante a os en desmedro de mis derechos. Por lo anterior, es necesario lañ designaci n de un juez partidor para que efectu la partici n del bien inmuebleó é ó com n antes identificado previa citaci n a todos los interesados.ú ó Segundo: Que, la parte solicitante acompa los siguientes documentos:ñó 1.- Copias de inscripciones conservatorias de fojas 4453 n mero 4415 delú Registro de Propiedad de 2015 y de fojas 1145 n mero 1122 del Registro deú Propiedad de 2017 a cargo del Conservador de Bienes Ra ces de Conc n.í ó 2.- Copia de inscripci n conservatoria de fojas 1164 n mero 1149 deló ú Registro de Propiedad d
Fallo
Por estas consideraciones y visto, adem s, lo dispuesto en los art culos 227á í N°2 y siguientes del C digo Org nico de Tribunales y los art culos 414 yó á í siguientes del C digo de Procedimiento Civil, se declara: ó 1.- Que se nombra a donCRISTIAN FRANCISCO ZU IGA ARMIJO, conÑ domicilio en GUEDA MONASTERIO N°811, CERRO PLACERESÁ VALPARA SO y LOS PEUMOS N°595, DEPTO. 341, CON CON (tel fonosÍ é 946711108 972152841 zunigalegal@yahoo.es) en calidad de juez partidor de los bienes comunes de las partes. Notif quese al rbitro designado a fin de que acepte del cargo y presteí á juramento, conforme a derecho. El juez rbitro tendr el plazo m ximo de dosá á á a os para evacuar su encargo, contado desde su aceptaci n.ñ ó 2.- P ngase en conocimiento de las partes para que dentro de tercero d aó í deduzcan su oposici n si tienen alguna incapacidad legal que reclamar contra eló nombrado, y vencido dicho plazo sin que se formule oposici n, se entenderó á aceptado el nombramiento. 3.- Que cada una de las partes pagara sus costas. Reg strese electr nicamente, notif quese y arch vese, en su oportunidad.í ó í í Pronunciada por do a Carolina Mella Toledo, Jueza Suplente delñ Primer Juzgado Civil de Vi a del Mar. ñ Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Vi a del Marñ , nueve de Junio de dos mil veintitr sé Código: JVJDXFGQXCX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Fo
Texto Completo (Preview)
Foja: 1 FOJA: 25 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado Civil de Vi a del Marº ñ CAUSA ROL : C-22-2023 CARATULADO : QUEZADA/REVECO Vi a del Marñ , nueve de Junio de dos mil veintitr sé Visto y considerando: Primero: Que con fecha 4 de enero de 2023, folio 1, comparece Yobanka Nadia Quezada Naranjo, empresaria, domiciliada en avda. Libertad n°269 oficina 904 comuna de Vi a del Ma
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica