2º Juzgado Civil de Santiago

ARANEDA/I.MUNICIPALIDAD DE MAIPÚ

Rol

C-11799-2022

Fecha

7 de junio de 2023

Materia

PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Con fecha 24 de octubre de 2022, comparece MARTA PATRICIA ARANEDA PALMA, tarotista, con domicilio en Sergio Silva Acu a N 0391, Villa Losñ ° H roes, comuna de Maip , quien interpone demanda de prescripci n extintiva de laé ú ó acci n de cobro en contra de la ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE MAIP ,ó Ú representada legalmente por su alcalde Tom s Vodanovic Escuderoá , ambos con domicilio en Avda. Cinco de abril 260, Maip .ú Expone que es due a del inmueble ubicado en Sergio Silva Acu a N 0391, Villañ ñ ° Los H roes, comuna de Maip , y alega que se encontrar an prescritas las accionesé ú í respecto de los derechos de aseo del per odo 30 de abril de 2001 al 30 de junio de 2017,í ambos inclusive. Termina solicitando, previas citas de los art culos 2493, 2514 y 2515 todos delí C digo Civil, que se declare la prescripci n extintiva de las acciones de cobro deó ó derechos de aseo municipal impagos, m s sus respectivos reajustes, intereses y eventualesá multas respecto de la propiedad ubicada en Sergio Silva Acu a N 0391, Villa Losñ ° H roes, comuna de Maip , correspondiente al periodo comprendido entre el 30 de abrilé ú de 2001 al 30 de junio de 2017, ascendentes a la suma de $1.669.431.- (un mill nó seiscientos sesenta y nueve mil cuatrocientos treinta y un pesos) o a la cantidad que se determine conforme a derecho. Con fecha 28 de marzo de 2023, se notifica la demanda y su prove do. í Con fecha 04 de abril de 2023, la demandada evacua el tr mite deá contestaci n y se allana a la prescripci n extintiva del cobro de los derechos de aseoó ó domiciliario cuyos vencimientos acaecieron en el per odo comprendido entre el 30 deí abril de 2001 hasta el 30 de junio 2017, ambas inclusive. Con fecha 11 de abril de 2023, dado el allanamiento de la demandada y lo dispuesto en los art culos 313 y 698 N 1 del C digo de Procedimiento Civil, se cita aí ° ó las partes a o r sentencia. í

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que MARTA PATRICIA ARANEDA PALMA demanda en juicio ordinario a la ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE MAIP , representada por su alcaldeÚ Tom s Vodanovic Escuderoá , a fin que se declare la prescripci n extintiva de las accionesó de cobro de los derechos de aseo municipal que recaen sobre el inmueble de su propiedad, ubicado en Sergio Silva Acu a N 0391, Villa Los H roes, comuna de Maip ,ñ ° é ú por el per odo comprendido entre el í 30 de abril de 2001 al 30 de junio de 2017, ambos inclusive. Código: XPGXXFYXHZS Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-11799-2022 SEGUNDO: Que notificada legalmente, la demandada se allana a la pretensi nó de la actora por los periodos antes indicados. TERCERO: Que, la parte demandante acompa en autos en forma legal, sinñó objeci n de la contraria, los siguientes documentos:ó - Copia del certificado de dominio del Conservador de Bienes Ra ces de Santiago,í inscripci n practicada a nombre de la demandante a fojas 22350 N 31930 del Registroó ° de Propiedad a o 2018.ñ - Certificado de deuda de derechos de aseo, correspondiente al inmueble ubicado en Sergio Silva Acu a N 0391, Villa Los H roes, comuna de Maip , por el per odo 30ñ ° é ú í de abril 2001 a 30 de septiembre de 2019. - Certificado de aval o fiscal correspondiente al inmueble antes individualizado,ú exento de contribuciones. - Certificado de residencia. La documental en cuesti n resulta suficiente para acreditar la legitimaci n activa,ó ó pues conforme a lo sostenido reiteradamente por nuestra Excma. Corte Suprema en relaci n con los derechos de aseo (v.g. Rol N 3.671-2019), el art culo 7 de la Ley deó ° í º Rentas Municipales precept a que: Las municipalidades cobrar n un derecho trimestralú “ á por el servicio domiciliario de aseo por cada vivienda o unidad habitacional, local, oficina, kiosko y sitio eriazo... , y a ade que, conforme a lo establecido por el art culo 9” ñ í º del mismo cuerpo legal, el citado derecho, ser pagado por el due o o por el ocupanteá ñ de la propiedad. Por su parte, la existencia de la deuda se prob con el documento denominadoó Certificado de Deuda Derechos de Aseo , emitido por la Ilustre Municipalidad de“ ” Maip .ú CUARTO: Que, el cobro por concepto de extracci n de residuos s lidosó ó domiciliarios por parte de las Municipalidades, tambi n denominados derechos de aseo,é encuentra justificaci n en las disposiciones contenidas en los art culos 6 a 9 del Decretoó í Ley N 3063 sobre Ley de Rentas Municipales.° Por su parte, el art culo 40 del citado cuerpo legal define los llamados derechosí “ municipales como aquellas prestaciones que est n obligadas a pagar a las” á municipalidades, las personas naturales o jur dicas de derecho p blico o de derechoí ú privado, que obtengan de la administraci n local una concesi n o permiso o que recibanó ó un servicio de las mismas, salvo exenci n contemplada en un texto legal expreso. Para eló caso en comento, la e

Fallo

POR ESTAS CONSIDERACIONES y visto, adem s, lo dispuesto en losá art culos 700, 1698, 1699, 1700, 1702, 2514 y 2515 del C digo Civil; disposicionesí ó pertinentes del Decreto Ley N 3063 sobre Rentas Municipales; y los art culos 144, 160,° í 169, 170, 254. 313 y 342 del C digo de Procedimiento Civil, SE DECLARA:ó I.- Que, se acoge la acci n deducida con fecha 24 de octubre de 2022 poró MARTA PATRICIA ARANEDA PALMA, en consecuencia, se declara la prescripci nó de la deuda y de las acciones de cobro que a la Municipalidad de Maip correspond anú í para exigir el pago de los derechos de aseo domiciliario respecto de la propiedad ubicada en Sergio Silva Acu a N 0391, Villa Los H roes, comuna de Maip , devengadosñ ° é ú durante el per odo comprendido por las cuotas con vencimiento entre el í 30 de abril de 2001 al 30 de junio de 2017, ambas inclusive, con sus respectivos reajustes y multas, por haber transcurrido el plazo de 5 a os contemplado en el art culo 2515 del C digoñ í ó Civil. II.- Que no se condena en costas al demandado Municipio, por haber mediado su total allanamiento a la pretensi n de la actora.ó REGÍSTRESE, NOTIFÍQUESE, Y EN SU OPORTUNIDAD, ARCHÍVESE. ROL C-11799-2022. DICTADA POR MANUEL FIGUEROA SALAS, JUEZ TITULAR DEL SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, siete de Junio de dos mil veintitr sé Código: XPGXXFYXHZS Este documento tiene firma electrónica y

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C-11799-2022 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-11799-2022 CARATULADO : ARANEDA/I.MUNICIPALIDAD DE MAIPÚ Santiago, siete de Junio de dos mil veintitr s.é VISTOS: Con fecha 24 de octubre de 2022, comparece MARTA PATRICIA ARANEDA PALMA, tarotista, con domicilio en Sergio Silva Acu a N 0391, Villa Losñ ° H roes, comuna de Maip , quien interpone demand

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