1º Juzgado de Letras de San Felipe

BASCUÑÁN/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE SAN FELIPE

Rol

C-2976-2022

Fecha

6 de junio de 2023

Materia

PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT

Resultado

No especificado

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Hechos

Vistos: Que se ha iniciado este proceso rol C-2976-2022, caratulada “Bascuñán con Ilustre Municipalidad de San Felipe”, sobre juicio ordinario de mayor cuantía de prescripción extintiva de acción para cobro de deuda por permisos de circulación, deducida con fecha 27 de octubre de 2022, por don Patricio Segundo Bascuñán Cataldo, empresario, domiciliado en Chacabuco N°78, comuna de San Felipe, en contra de la Ilustre Municipalidad de San Felipe, persona jurídica de derecho público, representada por su Alcaldesa doña Carmen Gisele Castillo Taucher, médico cirujano, ambos con domicilio en calle Salinas 1211, comuna de San Felipe, indicando que es dueño del vehículo tipo semirremolque, marca Utility, año 1987, placa patente única JC.7819-2, inscrito en el Registro Nacional de Vehículos Motorizados, cuyo permiso de circulación lo pagó solo hasta el año 2012, tal como da cuenta certificado emitido por el Municipio. Que, solicita se declaren prescritos los impuestos por concepto de permisos de circulación, correspondientes al referido vehículo, correspondientes al periodo comprendido entre los años 2013 al año 2019, ambos inclusive. Notificada legalmente, la parte la demanda, en lo principal de folio 5 contesta la demanda deducida en su contra, expresando que en el caso que se acrediten los supuestos de hecho que fundamentan la pretensión del actor, se determine la exigibilidad o no de las obligaciones. Asimismo, en el primer otrosí de la misma presentación, deduce demanda reconvencional de cobro de impuestos por permiso Código: ERXWXFNERXR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl de circulación por los periodos que van desde el año 2020 en adelante. En lo principal de folio 10, la parte demandante evacua trámite de réplica, y al otrosí, procede a contestar la demanda reconvencional. A folio 13, se tiene por evacuado trámite de dúplica de demanda principal y de réplica de demanda reconvencional, en rebeldía de

Fundamentos

CONSIDERANDO: EN CUANTO A LA DEMANDA DE PRESCRIPCION DE ACCIÓN: PRIMERO: Que, el demandante, Patricio Segundo Bascuñán Cataldo, con fecha 27 de octubre de 2022, interpone demanda, en juicio ordinario de mayor cuantía, de prescripción de acción para el cobro de deuda por impuestos respecto a permisos de circulación correspondientes al vehículo tipo semirremolque, marca Utility, año 1987, placa patente única JC.7819-2, inscrito en el Registro Nacional de Vehículos Motorizados, correspondientes al periodo comprendido entre los años 2013 y 2019, ambos años inclusive, conforme a los fundamentos ya reseñados en lo expositivo del presente fallo. Cita además como fundamento de derecho lo dispuesto en el artículo 2521 del Código Civil. SEGUNDO: Que, la parte demandada contestando la demanda deducida en su contra, en lo principal de folio 5, expresa que no pudiendo el Municipio disponer o condonar recursos que debe percibir, debe el Tribunal resolver sobre el fondo del asunto, y que en caso de ser condenada, se le exima del pago de costas.. TERCERO: Que, la parte demandante en lo principal de folio10, evacua trámite de réplica, expresando que los hechos fundantes de la acción no fueron controvertidos por la demandada. Código: ERXWXFNERXR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl CUARTO: Que, la parte demandada no evacuó el trámite de dúplica, el que se tuvo por evacuado en su rebeldía a folio 13. QUINTO: Que, a fin de acreditar los fundamentos fácticos de la acción, el demandante acompañó en su demanda de folio 1, con la debida ritualidad procesal, los documentos siguientes: 1.- Copia de Certificado de Inscripción y Anotaciones vigentes ante el Registro Nacional de Vehículos Motorizados del Registro Civil e identificación, respecto del vehículo semirremolque, marca Utility, año 1987, placa patente única JC.7819-2, inscrito en el Registro Nacional de Vehículos Motorizados a nombre de Patricio Segundo Bascuñán Cataldo. 2.-Certificado de deuda por concepto de permiso de circulación, respecto del vehículo placa patente única JC.7819-2, emitido con fecha 30 de septiembre de 2022, por la Dirección del Tránsito de la Ilustre Municipalidad de San Felipe. SEXTO: Que, el inciso 1° del artículo 2521 del Código Civil, establece que: “Prescriben en tres años las acciones a favor o en contra del Fisco y de las Municipalidades, provenientes de toda clase de impuestos”. Por su lado, el dictamen N° 9176 de fecha 15 de abril de 1992 de la Contraloría General de la República, se indica que las acciones para exigir el pago de los impuestos municipales correspondientes a permisos de circulación, prescriben en el plazo de tres años. SEPTIMO: Que, del análisis de los antecedentes probatorios aportados al proceso, en especial, Certificado de Inscripción y Anotaciones Vigentes y Certificado de Deudas por concepto de Permiso de Circulación, resulta establecido que la acción de la Ilustre Municipalidad de San Felipe p

Fallo

POR ESTAS CONSIDERACIONES, y visto además lo dispuesto en los artículos 144, 170, 342, 346 del Código de Procedimiento Civil; 1698, 2514, 2521 y 2492 del Código Civil, y dictamen N°9176 del año 1992, de la Contraloría General de la República, se resuelve: EN CUANTO A LA DEMANDA DE PRESCRIPCIÓN: I.- Que se hace lugar a la demanda de prescripción extintiva de la acción emanada de deuda por concepto de permisos de circulación, deducida por don Patricio Segundo Bascuñan Cataldo, en lo principal de folio 1, en contra de la Ilustre Municipalidad de San Felipe, y en consecuencia, se declara prescrita la acción para el cobro de los impuestos por permisos de circulación, respecto del vehículo marca Utility, año 1987, placa patente única JC.7819-2, inscrito en el Código: ERXWXFNERXR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Registro Nacional de Vehículos Motorizados, respecto al periodo comprendido entre los años 2013 y 2019, ambos inclusive, se encuentra prescrita. EN CUANTO A LA DEMANDA RECONVENCIONAL: lI.- Que ha lugar a la demanda reconvencional deducida por la Ilustre Municipalidad de San Felipe, en contra de don Patricio Segundo Bascuñan Cataldo, deducida en el primer otrosí de folio 1, en cuanto se declara que se adeudan a la actora, los impuestos por concepto de permiso de circulación, respecto del vehículo marca Utility, año 1987, placa patente única JC.7819-2, inscrito en el Registro Nacional de Vehículos Motorizado

Texto Completo (Preview)

FOJA: 29 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1º Juzgado de Letras de San Felipe CAUSA ROL : C-2976-2022 CARATULADO : BASCU N/ILUSTRE MUNICIPALIDAD DEÑÁ SAN FELIPE San Felipe, seis de Junio de dos mil veintitr sé Vistos: Que se ha iniciado este proceso rol C-2976-2022, caratulada “Bascuñán con Ilustre Municipalidad de San Felipe”, sobre juicio ordinario de mayor cuantía de prescripción

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