LINERGIA SPA/
Rol
V-63-2023
Fecha
6 de junio de 2023
Materia
MINERO, PEDIMENTO (CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN)
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha 21 de enero de 2023 a las 22:58 horas, doña ANGELA SILVANA SUCKEL D’ARCANGELI, RUT: 8.811.360-8, chilena, casada, Ingeniero de Ejecución en Geomensura, domiciliada en Avenida Gabriela Mistral 2257, San Joaquín, La Serena, en representación de la sociedad LINERGÍA SpA, R.U.T. 77.695.971-5, sociedad chilena del giro de inversiones, domiciliada en Avenida Presidente Kennedy 9070, oficina 1501, Comuna de Vitacura, Región Metropolitana, presentaron pedimento minero a fin de constituir concesión minera de exploración denominada “IMPERIO 2”, de 300 hectáreas. SEGUNDO: Que con fecha 31 de enero de 2023 el pedimento minero se inscribió a fojas 181 vta., bajo el N° 103, del Registro de Descubrimientos Mineros del Conservador de Minas de Diego de Almagro, del año 2023. TERCERO: Que con fecha 08 de febrero de 2023, el pedimento minero se publicó en el Boletín Oficial de Minería del Diario Oficial. CUARTO: Que en Ord. N° 00001866 rola informe favorable del Servicio Nacional de Geología y Minería de Copiapó, de fecha 25 de abril de 2023. QUINTO: Que las coordenadas U.T.M. de cada uno de los vértices del perímetro de la concesión, expresadas en metros, son las siguientes: P.M. NORTE: 7.069.500,00 metros ESTE: 493.500,00 metros V1 NORTE: 7.071.000,00 metros ESTE: 493.000,00 metros V2 NORTE: 7.071.000,00 metros ESTE: 494.000,00 metros V3 NORTE: 7.068.000,00 metros ESTE: 494.000,00 metros V4 NORTE: 7.068.000,00 metros ESTE: 493.000,00 metros SEXTO: Que las coordenadas U.T.M. de cada uno de los vértices del perímetro de la Concesión, están referidas al Datum Provisorio Sudamericano. La canoa 1956 Elipsoide de Referencia Internacional 1924 Huso 19. Y TENIENDO PRESENTE, lo dispuesto en los artículos 57 y 87 del Código de Minería,
Fallo
SE DECLARA: I) QUE SE APRUEBA EL PLANO y queda constituida la Concesión de Exploración denominada “IMPERIO 2”, con una superficie total de 300 hectáreas a favor de LINERGÍA SpA, R.U.T. 77.695.971-5. II) Extráctese la presente sentencia constitutiva tal como lo prescribe el artículo 90 del Código de Minería y publíquese. III) Inscríbase la sentencia constitutiva y archívese el plano correspondiente en el Conservador de Minas de Diego de Almagro. En su oportunidad dése copia autorizada al solicitante para tales efectos. Código: VYNYXFBJMLR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl IV) Hágase entrega al interesado de copia de esta sentencia y original del plano para el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 42 inciso primero del Reglamento del Código de Minería. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. Rol N° V-63-2023. Dictada, por Juez quien suscribe mediante firma electrónica avanzada. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. y se notificó por el estado diario la sentencia precedente, Diego de Almagro seis de junio de dos mil veintitrés. Código: VYNYXFBJMLR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-06-06T10:26:15-0400
Texto Completo (Preview)
FOJA: 8 .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras de Diego de Almagro CAUSA ROL : V-63-2023 CARATULADO : LINERGIA SpA/ Diego de Almagro, seis de junio de dos mil veintitrés. VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, con fecha 21 de enero de 2023 a las 22:58 horas, doña ANGELA SILVANA SUCKEL D’ARCANGELI, RUT: 8.811.360-8, chilena, casada, Ingeniero de Ejecución en Geomensura, domici
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