2º Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago

LAGOS/EMPRESA CONSTRUCTORA PROYEKTA LTDA

Rol

O-7639-2022

Fecha

30 de octubre de 2023

Materia

Despido injustificado, Prestaciones

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece Jaime Santos Lagos Avello, cédula nacional de identidad nº 8.562.342-7, domiciliado en Pasaje Rio Teno N° 972, comuna de Recoleta, ciudad de Santiago e interpone demanda por despido injustificado y carente de causal y cobro de prestaciones laborales en contra de la empresa Constructora Proyekta Ltda., RUT n° 78.063.650-5, representada legalmente por don Hugo Irarrazabal Mena, cédula nacional de identidad n° 8.665.988-3, ambos domiciliados en Avda. Las Condes 7700, Of. 807 A, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago y en su calidad de responsable solidario o subsidiario de las obligaciones laborales se hace extensiva la demanda en contra de la empresa Inmobiliaria Wood S.A., RUT n° 76.079.301-9, representada legalmente por el Sr. Roberto Wood Montt, cédula nacional de identidad n° 6.552.438-4, ambos domiciliados en calle Nueva Costanera 4229, oficina 502, comuna de Vitacura, ciudad de Santiago, de conformidad a los siguientes antecedentes de hecho y de derecho: Refiere que con fecha 17 de diciembre del año 2019 ingresó a prestar servicios para la demandada Constructora Proyekta Ltda. en calidad de maestro yesero en la construcción del edificio ubicado en Avenida Santa Maria 8700, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago. La jornada de trabajo era de lunes a viernes entre las 8 y las 18 horas con una hora de colación dando un total de 45 horas semanales. La remuneración mensual ascendía a la suma de $794.941.- y será el referido monto el que se deberá tener como base de cálculo de las indemnizaciones, de conformidad a lo establecido en el artículo 172 Código del Trabajo. Alega que el empleador nunca cumplió con la obligación legal de entregarle copia de las liquidaciones de sueldo. Además, el ex empleador nunca le pagó la gratificación legal y que durante toda la relación laboral no le permitió ejercer el derecho a tener vacaciones, adeudando a la fecha la totalidad del feriado legal y del feriado proporcional. Explica que el día 15 de Septiembre de 2022 se presentó en la obra a trabajar volviendo de una licencia médica y por alguna razón que desconoce NO se le permitió el ingreso a la obra, señalándole el Jefe de Obra que estaba despedido y que NO volviera nunca más.

Fallo

Por tanto, fue despedido verbalmente, sin expresión de una causal de caducidad del contrato de trabajo legalmente establecida, ni se le remitió la comunicación establecida en el artículo 162 del Código del Trabajo. Señala que reclamó y el día 14 de Octubre de 2022 se realizó comparendo de conciliación ante el Centro de Conciliación y Mediación de la Dirección del Trabajo Metropolitana oriente al cual la empresa demandada NO asistió estando válidamente notificada de dicho trámite administrativo. Señala que la acción se hace extensiva a la empresa Inmobiliaria Wood S.A. conforme lo establece el artículo 183-A del Código del trabajo. PETICIONES CONCRETAS: 1. Que se declare la existencia de la relación laboral mediante un contrato de carácter indefinido con las demandadas, desde el 17 de Diciembre de 2019 hasta el 15 de Septiembre de 2022. 2. Que se declare que fue objeto de un despido injustificado y carente de causal. 3. Que se declare que la relación laboral se desarrolló mediante un régimen de subcontratación y consecuencialmente a lo anterior, que las demandadas sean condenadas al pago de las prestaciones laborales. 4.- Que la empresa demandada Inmobiliaria Wood S.A. es solidariamente responsable de las obligaciones laborales que se le adeudan. 5.- Que en subsidio de lo anterior, se declare que la empresa Inmobiliaria Wood S.A. es subsidiariamente responsable de las obligaciones laborales que se le adeudan. 6. Que las demandadas sean condenadas al pago de la indemniz

Texto Completo (Preview)

Santiago, treinta de octubre de dos mil veintitrés. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece Jaime Santos Lagos Avello, cédula nacional de identidad nº 8.562.342-7, domiciliado en Pasaje Rio Teno N° 972, comuna de Recoleta, ciudad de Santiago e interpone demanda por despido injustificado y carente de causal y cobro de prestaciones laborales en contra de la empresa Constructora Proyekta Ltda.

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