BANCO DE CRÉDITO E INVERSIONES/SUAREZ
Rol
C-7271-2022
Fecha
5 de junio de 2023
Materia
PAGARÉ, COBRO DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: En presentaci n de 22 de julio de 2022, comparece don ó José Miguel Matte Risopatr n, abogado, en representaci n judicial del Bancoó ó de Cr dito e Inversiones, sociedad an nima del giro de su denominaci n,é ó ó representada legalmente por el gerente general don Eugenio Von Chrismar Carvajal, ingeniero civil, todos domiciliados en avenida Libertador Bernardo O Higgins N 1.449, torre IV, piso 8, Edificio’ ° Santiago Down - Town, comuna de Santiago , demandando en juicio ejecutivo de cobro de pagar a é don Wilfredo Suarez Quintero, ignora profesi n u oficio, con domicilio en calle ó Mar a Rosa Vel squezí á N 51.913, comuna de Santiago° , por la suma de $5.661.789, m sá intereses convencionales y penales, con costas. Indica que el demandado suscribi un pagar a la orden de suó é representada el 15 de junio de 2021, por la suma de $5.927.567, por concepto de capital. El documento fue suscrito en representaci n del deudor por donó Patricio Andr s Chomal Osorioé í . Esta obligaci n devengar un inter s del ó á é 0.96% mensual vencido, durante todo el plazo pactado, el que en caso de mora o simple retardo en el pago de una cualquiera de las cuotas del pagar , sea de capital y/oé de intereses, se elevar a al inter s m ximo convencional que la leyí é á permite estipular para operaciones de cr dito de dinero en monedaé nacional no reajustables y durante todo el per odo que dure la mora o elí simple retardo. Seg n lo establecido en el pagar , el capital adeudado m s losú é á intereses pactados se pagar an en í 72 cuotas mensuales, iguales y sucesivas de $116.980 cada una, con vencimientos los d as í 10 de cada mes, venciendo la primera de dichas cuotas el 10 de septiembre de 2021. Código: PXMGXFSVXER Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Adicionalmente, se estableci que el no pago oportuno de unaó cualquiera de sus cuotas, sea de capital o de intereses, dar derecho alá acreedor para hacer exigible desde
Fundamentos
considerando que es un pagar aá é la vista y por lo mismo, la fecha de su vencimiento la determina el beneficiario, lo que en el caso de autos, no ha ocurrido. - La del N 11, La concesi n de esperas o la pr rroga del plazo . ° “ ó ó ” Código: PXMGXFSVXER Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Hace presente se encuentra en conversaciones con la demandante y se le han concedido esperas, y se le ha prorrogado el plazo de todas las obligaciones que existieren entre las partes. - La del N 2, La falta de capacidad del demandante o de° “ personer a o representaci n legal del que comparezca en su nombre. í ó ” El demandante no acompa los documentos fundantes de suñó representaci n legal, pues debi haber acompa ado copia de laó ó ñ inscripci n social de Banco de Cr dito e Inversionesó é , indicando qu tipoé de sociedad es, con la correspondiente sesi n de directorio en la que seó da cuenta del nombramiento de quienes tienen facultades de administraci n para representar a la sociedad.ó En presentaci n de 12 de octubre de 2022 la ejecutante evacu eló ó traslado conferido, solicitando el rechazo de las excepciones, con costas. Por resoluci n de 17 de octubre de 2022
Fallo
se declararon admisiblesó las excepciones opuestas y se recibi a prueba la causa.ó Por resoluci n de 1 de febrero de 2023 se cit a las partes a o ró ó í sentencia. CONSIDERANDO PRIMERO: Que el t tulo ejecutivo lo constituye el pagar (siní é protesto) Cuota Fija Tasa Fija Pesos suscrito el 15 de junio de 2021 por don Patricio Andr s Chomal Osorio en representaci n del ejecutante yé í ó este a su vez en representaci n de deudor, por la suma de $5.927.567.ó El capital adeudado y sus intereses se pagar n en 72 cuotasá mensuales, iguales y sucesivas, de $116.980, cada una, con vencimiento la primera de ellas el 10 de septiembre de 2021 y las restantes los d as 10í de cada mes, venciendo la ltima el 10 de agosto de 2027. ú La firma del suscriptor se encuentra autorizada por notario p blico.ú SEGUNDO: Que en lo que toca a la excepci n de ineptitud deló libelo, ser desestimada ya que la jurisprudencia he se aladoá ñ reiteradamente que para que esta defensa se configure es necesario que los defectos de la demanda sean de una entidad tal que la torne ininteligible, lo que no ocurre en la especie, pues para cumplir con el requisito que prev el N 3 del art culo 254 del C digo de Procedimientoé ° í ó Código: PXMGXFSVXER Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Civil es suficiente consignar que se ignora la profesi n u oficio deló demandado. TERCERO: Que en relaci n a la excepci n de falta de alguno deó ó los requisitos o condi
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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 9 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-7271-2022 CARATULADO : BANCO DE CR DITO EÉ INVERSIONES/SUAREZ Santiago, cinco de junio de dos mil veintitr s.é VISTOS: En presentaci n de 22 de julio de 2022, comparece don ó José Miguel Matte Risopatr n, abogado, en representaci n judicial del Bancoó ó de Cr dito e Inversiones, sociedad an nima del giro de su den
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