CUBILLOS/
Rol
V-104-2022
Fecha
1 de junio de 2023
Materia
NOMBRE, AUTORIZACIÓN CAMBIO DE
Resultado
No especificado
Hechos
Visto y teniendo presente: Primero: Que comparece PAULA ALEJANDRA CUBILLOS YÁÑEZ, cédula nacional de identidad Nº 20.010.858-2, soltera, estudiante universitaria, domiciliada en Avenida Bernardo O’Higgins Nº 38, comuna de Casablanca, región de Valparaíso, quien solicita el cambio de su apellido paterno CUBILLOS por NÚÑEZ, para quedar en definitiva, inscrita bajo el nombre de, PAULA ALEJANDRA NÚÑEZ YÁÑEZ. Expone: Tras su nacimiento, sus padres la inscribieron ante el Servicio de Registro Civil e Identificación bajo el Nº 4.178 de la circunscripción de Viña del Mar, año 1998, bajo el nombre de Paula Alejandra Cubillos Yáñez, tal como consta en el certificado de nacimiento. Alrededor del año 2000, una vez ocurrido el término de la relación entre sus padres, tanto su padre como su familia, cortó toda relación afectiva y económica hacia ella, y aunque en algún momento se intentó retomar la relación no hubo vuelta atrás, fijándose pensión de alimentos en la causa ante el Juzgado de Menores de Quillota, .Afortunadamente, en el año siguiente de la separación, su madre comenzó una relación con don Eduardo Benjamín Núñez Santibáñez, padre de su hermana Fernanda Núñez Yáñez, y con quien, desde ese entonces, han mantenido una verdadera relación padre e hija, criándole como si fuese su propia hija, acompañándole en cada etapa de su vida, sin hacer distinción alguna entre su hermana y ella, habiendo una relación de amor y respeto incondicional, y a quien trata día a día como “su papá”, y aunque no busca el reconocimiento filial por parte de él, quisiera solicitar autorización para reemplazar su apellido Cubillos, por el de su papá de crianza a Núñez en honor a él, y así apellidarse NÚÑEZ YÁÑEZ. El apellido Cubillos no significa nada para ella, no la representa, no forma parte de su identidad, incluso desde que tiene uso de razón, ni siquiera ha tenido contacto con él, y tener que decir que su apellido es “Cubillos”, le daña emocionalmente al no tener ninguna relación con él, al t
Fundamentos
fundamentos de derecho. Cabe mencionar que, a la fecha, esta ad portas de concluir sus estudios de Terapia Ocupacional, y quisiera hacerlo bajo el apellido solicitado. Por todo lo anterior, solicita respetuosamente a este Tribunal autorizar el cambio de nombre, cambiando su apellido CUBILLOS para reemplazarlo por NÚÑEZ, para que en definitiva quedar inscrita bajo el nombre PAULA ALEJANDRA NÚÑEZ YÁÑEZ, y consecutivamente, ordene la rectificación de su partida de nacimiento ante el Servicio de Registro Civil e Identificación, conforme a lo detallado de esta Código: VWDRXFYXFXQ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl presentación. La Ley Nº 17.344 que autoriza el cambio de nombres y apellidos en los casos que indica, señala en el inciso primero del artículo 1º que: “cualquiera persona podrá solicitar por una sola vez que se autorice para cambiar sus nombres o apellidos, o ambos a la vez en los casos siguientes: B) Cuando unos u otros sean ridículos, risibles o la menoscaben moral o materialmente”. Causal sumamente procedente a esta solicitud, atendido a que es primera vez que se solicita autorización de cambio de nombre, que el motivo del reemplazo es el menoscabo moral que ha traído consigo el uso del apellido de su padre biológico, la connotación y carga negativa que ha arrastrado por toda su vida, y por esto, quiere concluir mis estudios universitarios partiendo de cero, con un apellido que si me representa y que subsana todo detrimento moral y emocional que ha traído este apellido consigo. En virtud de lo visto y dispuesto en los artículos 1, letras A y B de la ley N° 17.344 y demás normas pertinentes, conceda la solicitud de cambio de nombre de Paula Alejandra Cubillos Yáñez, A “PAULA ALEJANDRA NUÑEZ YAÑEZ” Segundo: Que se acompañaron los siguientes antecedentes: 1.- Certificado de nacimiento de PAULA ALEJANDRA CUBILLOS YÁÑEZ, RUN 20.010.858-2, inscripción Nº 4.178 de la circunscripción de Viña del Mar, año 1998, emitido por el Servicio de Registro Civil e Identificación, con fecha 04 de agosto del año 2022. 2.- Certificado de antecedentes de PAULA ALEJANDRA CUBILLOS YÁÑEZ, RUN 20.010.858-2, que indica sin antecedentes penales, emitido por el Servicio de Registro Civil e Identificación, con fecha 04 de agosto del año 2022. 3.- Certificado de nacimiento de su padrastro EDUARDO BENJAMÍN NÚÑEZ SANTIBÁÑEZ, RUN 10.949.665-0, inscripción Nª 4.871 de la circunscripción de Quinta Normal, año 1970, emitido por el Servicio de Registro Civil e Identificación, con fecha 04 de agosto del año 2022. 4.- Certificado de nacimiento de FERNANDA NÚÑEZ YÁÑEZ, RUN 22.888.421-9, inscripción Nª 1 de la circunscripción Casablanca, año 2008, emitido por el Servicio de Registro Civil e Identificación, con fecha 05 de agosto del año 2022. 5.- Captura de pantalla de la red social Instagram donde omite el apellido Cubillos, tomadas con fecha 04 de agosto del año 2022. 6.- Certificado de egreso de la apoderad
Fallo
Por lo expuesto y visto lo dispuesto en los artículos 1° letras a y b) y demás pertinentes de la Ley N° 17.344; artículos 222 y 242 del Código Civil; artículos 817 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se declara: Que se hace lugar a lo solicitado y se dispone el cambio de primer apellido de Paula Alejandra Cubillos Yáñez quedando, en definitiva, como PAULA ALEJANDRA NUÑEZ YAÑEZ C.I N°20.010.858-2, debiendo practicarse la anotación correspondiente al margen de la inscripción Nº 4.178 en el registro de nacimiento del año 1998, de la Circunscripción de Viña del Mar. Asimismo, de acuerdo al artículo 4 inciso final de la Ley 17.344 se autoriza la modificación pertinente en su partida de matrimonio y en las partidas de nacimientos de sus hijos y que su cambio de apellido se haga extensiva a su descendencia menor de edad. Regístrese, Notifíquese y archívese si no se apelare Dictada por Alexandra Yáñez Jara, juez del Juzgado de Letras de Casablanca. Se deja constancia que con esta fecha se dio cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 162 del Código de Procedimiento Civil. Código: VWDRXFYXFXQ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-06-01T13:20:10-0400
Texto Completo (Preview)
Rol V-104-2022 Carátula: Cubillos Materia: Cambio de nombre Casablanca, primero de junio de dos mil veintitrés. Visto y teniendo presente: Primero: Que comparece PAULA ALEJANDRA CUBILLOS YÁÑEZ, cédula nacional de identidad Nº 20.010.858-2, soltera, estudiante universitaria, domiciliada en Avenida Bernardo O’Higgins Nº 38, comuna de Casablanca, región de Valparaíso, quien solicita el cambio de su a
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