13º Juzgado Civil de Santiago

MUÑOZ/

Rol

V-237-2022

Fecha

31 de mayo de 2023

Materia

DONAR O INSINUACIÓN, AUTORIZACIÓN PARA

Resultado

No especificado

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Hechos

Vistos: A folio 1, con fecha 1 de septiembre de 2022, comparece en autos doña Gloria Ojier Muñoz, abogada, domiciliada en calle Visvir 1300, departamento 143, comuna de Las Condes, en representación de don Alfonso Alejandro Muñoz Montero, contador auditor, con domicilio en Santigo, Parcela 9 Condominio San Pedro 22 ½ Lonquén Sur, Calera de Tango, quien viene en solicitar se le autorice a efectuar la donación que más adelante se señala, en atención a los

Fundamentos

fundamentos de hecho y derecho que se reseñando en los párrafos siguientes. Solicita autorización para donar título gratuito, la totalidad de los derechos que le corresponden en el inmueble ubicado en San José de Maipo, Provincia de Cordillera, consistente en la Parcela Número Siete, de la Manzana E, de parte del Fundo El Quillallay, a favor de su hermana doña Laura Patricia Muñoz Montero, cédula de identidad N° 7.199.606-9, matrona, domiciliada en calle Robinson Crusoe N° 1209 de la comuna de Las Condes. Refiere que adquirió los derechos sobre el inmueble, junto con sus hermanas Laura Patricia Muñoz Montero y Ana María de las Nieves Muñoz Montero, por sucesión por causa de muerte, en la herencia intestada quedada al fallecimiento de su padre don Ramón Alfonso Muñoz Muñoz, cuya posesión efectiva se inscribió a fojas 8903 vuelta N° 6044 del Registros de Propiedad el año 2007 del Conservador de Bienes Raíces de Puente Alto y, por cesión de derechos hereditarios de su madre doña Flor María del Carmen Montero Ruiz, según da cuenta la escritura pública de fecha 18de abril de 2006, otorgada en la Notaría de Ñuñoa de don René Martínez Miranda. Indica que la inscripción de la especial de herencia consta en la inscripción de fojas 8904 vuelta N° 6045, del Registro de Propiedad del año 2007 del Conservador de Bienes Raíces de Puente Alto. Precisa que la donación se hace por mera liberalidad, de forma irrevocable y ella no compromete su situación personal, ni la de su cónyuge e hijos, en calidad de asignatarios forzosos ya que, es dueño de otros inmuebles y un vehículo, cuyo patrimonio representa un patrimonio aproximando de $242.000.000. Previas citas legales, pide tener por interpuesta solicitud, y en definitiva se le autorice a la realizar la donación antes descrita. Código: QXXXXFQFKHP Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl A folio 11, con fecha 11 de octubre de 2022, se tuvo por iniciada la gestión. A folio 19, con fecha 22 de marzo de 2023, se incorporó información sumaria de testigos, rendida el mismo día. A folio 26, con fecha 8 de mayo de 2023, se agregó al expediente electrónico el certificado emitido por el Servicio de Impuestos Internos relativo al pago del impuesto a la donación. A folio 27, por resolución de fecha 11 de mayo de 2023, encontrándose la causa en estado, se trajeron los autos para fallo. Con lo relacionado y considerando: Primero: Que, a folio 1, con fecha 1 de septiembre de 2022, comparece en autos doña Gloria Ojier Muñoz, abogada, en representación de don Alfonso Alejandro Muñoz Montero, todos ya individualizados, y solicita autorización para efectuar, por mera liberalidad, una donación en los términos planteados en lo expositivo de esta sentencia. Segundo: Que, el artículo 1401 del Código Civil establece que “La donación entre vivos que no se insinuare, solo tendrá efecto hasta el valor de dos centavos y será nula en el exceso.” En tanto, el artículo 889 d

Fallo

se declara: Que, se acoge la solicitud de autos. En consecuencia, se concede a don Alfonso Alejandro Muñoz Montero, cédula nacional de identidad N° 7.369.291-1, la autorización judicial para efectuar las siguientes donaciones: - Donación por mera liberalidad de la totalidad de los derechos que le corresponden en el inmueble ubicado en San José de Maipo, Provincia de Cordillera, consistente en la Parcela Número Siete, de la Manzana E, de parte del Fundo El Quillallay, a doña Laura Patricia Muñoz Montero, cédula de identidad N° 7.199.606-9, matrona, domiciliada en calle Robinson Crusoe N° 1209 de la comuna de Las Condes. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. Rol N° V-237-2022.- Pronunciada por don Daniel Platt Astorga, Juez Suplente del Décimo Tercer Juzgado Civil de Santiago. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, treinta y uno de Mayo de dos mil veintitrés Código: QXXXXFQFKHP Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-05-31T17:50:32-0400

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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 13º Juzgado Civil de Santiago CAUSA ROL : V-237-2022 CARATULADO : MUÑOZ/ Santiago, treinta y uno de Mayo de dos mil veintitrés Vistos: A folio 1, con fecha 1 de septiembre de 2022, comparece en autos doña Gloria Ojier Muñoz, abogada, domiciliada en calle Visvir 1300, departamento 143, comuna de Las Condes, en representación de don Alfonso Alejandro Muñoz M

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