Juzgado de Letras y Gar. Pozo Almonte

GODOY/

Rol

V-834-2022

Fecha

29 de mayo de 2023

Materia

NOMBRE, AUTORIZACIÓN CAMBIO DE

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, a lo principal de folio 1, con fecha 22 de abril de 2022, comparece doña Elizabeth Paulina Godoy Uribe, chilena, soltera, cédula nacional Código: EXQXXFXCEZN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl de identidad N°16.469.122-5, domiciliada en calle Estación N°991, villa 200, comuna de Pozo Almonte, en representación de su hijo menor de edad Abdiel Ignacio Porras Godoy, RUN: 25.679.739-9, solicitando el cambio del primer apellido de su hijo de “Porras” a “Godoy”, ya que el nombre de su hijo se encuentra inscrito bajo el número de inscripción 284, registro S, año 2017, circunscripción Arica, bajo el nombre ya referido. Funda su solicitud en que fruto de una relación amorosa con Alexis Alejandro Porras Uribe nació su hijo, que dicha relación fue de idas y venidas, que en principio su hijo no habría sido reconocido ni habría intentado el padre ni querido hacerlo; adicionalmente, indica que debido a un “ajuste de cuentas”, poco después que naciera el niño, su progenitor habría fallecido. Que idéntica presentación habría formulado en cuerdas separadas con sus dos hijas, por lo que sería para su hijo perjudicial llevar un apellido distinto al de sus hermanas y que no se sentiría identificado con el nombre con el que fue inscrito. Expone que, por último, su hijo no habría conocido a su progenitor, ni tiene recuerdos de él, por lo que no se sentiría identificado con el apellido que tiene y que siempre, desde pequeño, ha sido llamado por todo su círculo como Abdiel Ignacio Godoy Godoy. Previas citas legales, solicita tener por interpuesta solicitud de cambio de nombre, acogerla a tramitación y en definitiva se autorice modificar su apellido paterno de “PORRAS” por “GODOY”, quedando en definitiva su nombre “Abdiel Ignacio Godoy Godoy”, ordenando las rectificaciones respectivas al Servicio de Registro Civil e Identificación. SEGUNDO: Que para acreditar los fundamentos de su petición, la solicitante acompañó los siguientes antecedentes: Certificado de nacimiento de don Abdiel Ignacio Porras Godoy; Certificado de defunción de don Alexis Alejandro Porras Uribe, además del certificado de beneficio de asistencia judicial gratuita a favor de doña Elizabeth Paulina Godoy Uribe. Por último, se rindió información sumaria de testigos con fecha 20 de mayo de 2022, cuya acta consta a folio 6. TERCERO: Que, con fecha jueves 01 de diciembre de 2022 se realizó la publicación exigida en el artículo 2 de la Ley Nº 17.344, la que se certificó con fecha 18 de enero de 2023, que no existe constancia de haber oposiciones a la solicitud y con fecha 31 de mayo de 2022 se cumplió lo ordenado en su inciso 6°, informando el Servicio de Registro Civil e Identificación. CUARTO: Que con fecha 18 de julio del año 2022, se realizó audiencia de escucha del menor, quedando constancia que desde su nacimiento el niño ha sido Código: EXQXXFXCEZN Este documento tiene firma electrónica y su original p

Fallo

SE DECLARA: Que SE ACOGE lo solicitado en el folio 1, con fecha 22 de abril de 2022, por doña Elizabeth Paulina Godoy Uribe; y, en consecuencia, se ordena cambiar el primer apellido de su hijo y representado en estos autos de Porras por Godoy, quedando en definitiva su nombre completo como Abdiel Ignacio Godoy Godoy, R.U.N. N° 25.679.739-9, nombre con el cual deberá figurar en lo sucesivo, debiendo el Oficial del Servicio de Registro Civil e Identificación rectificar la partida de nacimiento anotada bajo el N°284 del registro S del año 2017 de la circunscripción de Arica. Regístrese, dese copia y archívese en su oportunidad. Rol N° V-834-2022 Dictó sentencia el juez del Juzgado de Letras, Familia y Garantía de Pozo Almonte, cuya firma electrónica consta al pie de la presente sentencia.//gje. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del artículo 162 del Código de Procedimiento Civil. En Pozo Almonte, veintinueve de mayo de dos mil veintitrés. Código: EXQXXFXCEZN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Código: EXQXXFXCEZN Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-05-29T15:17:50-0400

Texto Completo (Preview)

FOJA: 35 .- Foja Treinta y cinco.- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras y Gar. Pozo Almonte CAUSA ROL : V-834-2022 CARATULADO : GODOY/ COMPETENCIA : CIVIL PROCEDIMIENTO : VOLUNTARIO MATERIA : CAMBIO DE APELLIDO SOLICITANTE REPRESENTANTE: ELIZABETH PAULINA GODOY URIBE SOLICITANTE REPRESENTADO : ABDIEL IGNACIO PORRAS GODOY APODERADO : BÁRBARA ANDREA CORTÉS ECHEVERRÍA ROL : V-8

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