LINCOLN INTERNATIONAL ACADEMY CHICUREO LTDA./BRAVO
Rol
C-1592-2022
Fecha
26 de mayo de 2023
Materia
PESOS, COBRO DE
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: A folio 1 comparece Samuel Sergio Enrique Donoso Boassi abogado, en representaci n convencional de ó LINCOLN INTERNATIONAL ACADEMY CHICUREO Spa, RUT 76.085.717- 3, sociedad del giro de prestaci n de servicios educacionales,ó representada a su vez, por don John Francisco Seaquist Caroca, profesor, c dula nacional de identidad N 7.104.936-1 todos con domicilioé ° en calle Rosario Norte N 555, oficina 802, comuna de Las Condes, e° interpone demanda de cobro de pesos en juicio ordinario de menor cuant a,í en contra de PAUL ANDRE BRAVO JONARD, c dula nacional deé identidad N 7.818.297-0, ingeniero civil, con domicilio en Porto Alegre° N 379, Valle Locampino, Comunade Quilicura, Regi n Metropolitana, a° ó fin que, se condene al demandado a pagar la suma de 239,53UF, equivalentes a la fecha de interposici n de la demanda a la suma deó $7.564.245, monto sobre el que se deben calcular los intereses pactados, reajustes, y costas del juicio. Funda su demanda en que Lincoln International Academy Chicureo Spa, o el Colegio , celebr con el demandado, con fecha 27 de febrero“ ” ó de 2019, un Contrato de Prestaci n de Servicios Educacionales, en virtudó del cual el demandado encomend al Colegio la ense anza formal yó ñ regular, durante el periodo escolar que comprende desde el mes de marzo a diciembre del a o 2019, respecto del alumno A.E.B.C. quienñ se incorpor al Colegio el 10 de marzo del a o 2014.ó ñ Código: BSNQXFZWSSM Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-1592-2022 Foja: 1 Expresa que en la cl usula quinta de dicho contrato, el demandado seá oblig , entre otros conceptos, al pago de la Colegiatura anual por el a oó ñ acad mico para el cual matricul al alumno, ascendente a la cantidad deé ó 270UF, suma devengada a partir del 01 de marzo de 2019, cuyo pago fue convenido por las partes en 10 cuotas iguales, mensuales y sucesivas, de 27UF, con vencimiento los d as 5 de cada mes.í Asimismo, se estipul expre
Fundamentos
CONSIDERANDO: 1 )° Que a folio 1 comparece Samuel Sergio Enrique Donoso Boassi abogado, en representaci n convencional de ó LINCOLN INTERNATIONAL ACADEMY CHICUREO Spa, RUT 76.085.717- 3, sociedad del giro de prestaci n de servicios educacionales,ó representada a su vez, por don John Francisco Seaquist Caroca, profesor, c dula nacional de identidad N 7.104.936-1 todos con domicilioé ° en calle Rosario Norte N 555, oficina 802, comuna de Las Condes, e° interpone demanda de cobro de pesos en juicio ordinario de menor cuant a,í en contra de Paul Andre Bravo Jonard, c dula nacional de identidadé N 7.818.297-0, ingeniero civil, con domicilio en Porto Alegre N 379, Valle° ° Locampino, Comunade Quilicura, Regi n Metropolitana, a fin que, seó condene al demandado a pagar la suma de 239,53UF, equivalentes a la suma de $7.564.245, monto sobre el que se deben calcular los intereses pactados, reajustes, y costas del juicio. 2 )° Que, debidamente emplazada, la parte demandada no contest laó demanda ni compareci en autos rindiendo prueba alguna que ponderar.ó 3 )° Que, a fin de acreditar sus dichos, el demandante acompa a lañ siguiente prueba documental, no objetada por la demandada, consistente en: a) Contrato de Prestaci n de Servicios Educacionales suscrito poró Lincoln International Academy Chicureo Spa y Paul Andre Bravo Jonard de fecha 27 de febrero de 2019, respecto al alumno A.E.B.C. b) Copia de Certificado Anual de Estudios de Ense anza B sicañ á emitido con fecha 17 de abril del a o 2023 por el Ministerio de Educaci nñ ó respecto del alumno A.E.B.C, RUN 22125367-1, registro de sus notas y promedio general y su promoci n al 7 a o de ense anza b sica, con firmaó ° ñ ñ á electr nica avanzada y timbre legible de la coordinadora de la Unidadó Nacional de Registro Curricular del Ministerio de Educaci n.ó c) Copia de certificado Anual de Estudio emitido con fecha 04 de abril del a o 2023 por el Colegio Lincoln International Academy Valleñ Código: BSNQXFZWSSM Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-1592-2022 Foja: 1 Norte Chicureo, respecto del alumno A.E.B.C, RUN 22125367-1, asistió regularmente al Establecimiento Educacional, cursando el 6 B sico A° á durante el a o escolar 2019, sus registros de calificaciones anuales y suñ situaci n final de promovido.ó 4 )° Que, la acci n incoada en autos corresponde a la de cobro deó pesos, la que tiene por objeto fundamental el cobro de una deuda que emana de una obligaci n contra da por la demandada para con laó í demandante. De manera tal que, como cuesti n fundamental, se ha deó dilucidar la efectividad de estar la demandante en posici n de acreedoró correlativo de la demandada en virtud de la existencia de una obligaci n.ó 5 )° Que, clarificado lo anterior, es menester se alar que, del m ritoñ é del Contrato de Prestaci n de Servicios Educacionales y el Anexo Ió Descuentos Aranceles Lincoln International Academy acompa ado en“ ” ñ autos y analizado d
Fallo
por tanto, el no pago ntegro y oportuno de cualquiera de las cuotas de colegiatura anual ení un periodo escolar configurar un incumplimiento grave de las obligacionesá por parte del apoderado. Asimismo, se estableci la obligaci n deló ó demandado de pagar las sumas correspondientes al arriendo del equipo Chromebook que utiliz el alumno durante su periodo escolar, obligaci n“ ” ó ó establecida en la Cl usula Decimoquinta del contrato en comento,á pagadera en 10 cuotas mensuales entre los meses de marzo a diciembre del a o2019. Adem s, en virtud de la Cl usula S ptima del contrato,ñ á á é titulada Actividades Extra program ticas el apoderado y demandado“ á ” en estos autos se oblig a pagar mensualmente el valoró correspondiente a los paseos, talleres y otras actividades programadas por el Colegio. Denuncia que pese a haberse otorgado ntegramente el servicioí educacional pactado en el contrato de marras, el demandado NO ha pagado las cuotas correspondientes a la colegiatura anual las que se oblig en virtud del contrato antes se alado y tampoco ha pagado lasó ñ cuotas correspondientes al arriendo del equipo chromebooks del Código: BSNQXFZWSSM Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-1592-2022 Foja: 1 alumno, ni las suma adeudadas por concepto de actividades extra program ticas durante el per odo correspondiente al a o escolar del a oá í ñ ñ 2019, encontr ndose en mora por la suma total de 239,53 UF,á ascendentes a es
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C-1592-2022 Foja: 1 FOJA: 25 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 18 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-1592-2022 CARATULADO : LINCOLN INTERNATIONAL ACADEMY CHICUREO LTDA./BRAVO Santiago, veintis is de Mayo de dos mil veintitr sé é VISTOS: A folio 1 comparece Samuel Sergio Enrique Donoso Boassi abogado, en representaci n convencional de ó LINCOLN INTERNATIONAL ACADEMY CHICUREO Spa
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