SILVA/
Rol
V-263-2017
Fecha
23 de mayo de 2023
Materia
BIENES RAÍCES, AUTORIZACIÓN ENAJENAR
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Con fecha 06 de septiembre de 2017 comparece don Juan Eduardo Silva Chavol, panadero, casado, C.N.I. N 10.595.446-8, domiciliado en Las guilas 1421,° Á Villa Pulmahue, de la comuna de Padre Las Casas a U.S., solicitando autorizaci n paraó enajenar los derechos que le pertenecen a su hermano interdicto, don Jorge Iv n Silvaá Chavol, en el inmueble ubicado en calle Quilacoya N 0740, de la comuna de Temuco,° por los
Fundamentos
fundamentos de hecho y de derecho que expuso en los siguientes t rminos:é 1) “ Por Sentencia de fecha 3 de junio de 2016, en causa Rol N V- 39 -2016° dictada por do a Patricia Alejandra R os Rojas, Juez Suplente y autorizada por donñ í Francisco Javier Castillo Navarro, Secretario Subrogante del Tercer Juzgado Civil de Temuco, la cual qued firme y ejecutoriada con fecha 09 de junio de 2016, se declar laó ó interdicci n definitiva por demenciaó de mi hermano Jorge Iv n Silva Chavol. En laá referida sentencia se me design como curador definitivo, otorg ndome la administraci nó á ó de todos los bienes de mi hermano Jorge Iv n; á 2) La inscripci n de la interdicci n de mi hermano se encuentra inscrita a Fojasó ó 2.766 N 3.157 del Registro de Prohibiciones del Segundo Conservador de Bienes Ra ces° í de la ciudad de Temuco, del a o 2016;ñ 3) Mi hermano Jorge Iv n, mi hermana M nica Ester y yo, somos due os de unaá ó ñ propiedad quedada al fallecimiento de nuestro padre Juan Alfredo Silva Guti rrez y queé corresponde al inmueble ubicado en calle Quilacoya N 0740, de la comuna de Temuco,° correspondiente al sitio n mero cuatro, manzana setenta y ocho del plano y loteo de laú Poblaci n Vista Hermosa y cuyos deslindes especiales son ó NORTE: con calle Quilacoya; SUR: con otros propietarios; ORIENTE: con sitio n mero tres; ú PONIENTE: con sitio n mero cinco. El t tulo anterior rola inscrito a fojas 3480 bajo el n mero 4043 delú í ú Registro de Propiedad del Primer Conservador de Bienes ra ces de Temuco, del a oí ñ 1989. La inscripci n especial de herencia se encuentra inscrita a fojas 12.936, bajo eló n mero 6.148, del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Ra ces de Temucoú í correspondiente al a o 2010, copia de la cual se acompa a en un otros de estañ ñ í presentaci n;ó 4) Esta propiedad tiene un valor de aval o fiscal, vigente para el 2 semestre delú ° presente a o, ascendiente a la suma de $8.031.338, y se encuentra en condiciones deñ deterioro y descuido, toda vez que se encuentra sin moradores por largo tiempo, debido a las condiciones ya mencionadas; 5) Solicito la presente autorizaci n por cuanto, se ha presentado un compradoró que ofrece pagar por el inmueble referido un precio de $12.500.000.-, suma apropiada al valor comercial del inmueble y que se pagar al contado, en dinero efectivo, una vez queá se autorice la presente solicitud de enajenaci n. ó El futuro adjudicatario y comprador es don Manuel Abelardo Acu a Villagr n,ñ á comerciante, c dula nacional de identidad N 10.595.087-k, domiciliado en Avenidaé º Andes N 781 de la ciudad de Temuco;° 6) De este modo, la enajenaci n del inmueble resulta de manifiesta convenienciaó y utilidad para mi hermano, si se tiene en consideraci n los gastos en que habitualmenteó se debe incurrir en su manutenci n, no contando con otros bienes a que recurrir paraó Código: XQRXXFXZXHL Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 dicho fin.
Fallo
Por tanto, con lo expuesto y de conformidad a lo dispuesto en los art culos 244,í 254 y 580 y siguientes del C digo Civil, art culos 817 del C digo de Procedimientoó í ó Civil, art culo 153 del C digo Org nico de Tribunales, y dem s normas legalesí ó á á pertinentes, ruego a US., concederme la autorizaci n para enajenar los derechos que leó pertenecen a mi hermano interdicto, don Jorge Iv n Silva Chavol, en el inmuebleá ubicado en calle Quilacoya N 0740, de la comuna de Temuco, inmueble ya° individualizado en el n mero 3 de esta solicitud, por ser dicha enajenaci n necesaria yú ó de manifiesta utilidad para l, seg n lo ya expresado, previa informaci n sumaria deé ú ó testigos e informe del Defensor P blico .ú ” Junto con la presentaci n del folio 1, fueron acompa ados los siguientesó ñ documentos: 1) Copia de inscripci n en el Registro de Propiedad del Conservador deó Bienes Ra ces del inmueble indicado; 2) Copia de inscripci n de la interdicci n; 3)í ó ó Certificado de aval o fiscal del inmueble; y 4) Copia de la sentencia dictada en la causaú Rol V-39-2016 del Tercer Juzgado Civil de Temuco. Con fecha 30 de octubre del 2017, el Defensor P blico, don Guido Alfonsoú Sep lveda S nchez, acompa su informe, concluyendo lo siguiente: esta Defensor aú á ñó “ í estima que la parte interesada deber acompa ar copia de la certificaci n de lasá ñ ó publicaciones legales de la sentencia de interdicci n, a objeto de dar cumplimiento con loó dispuesto en el Art. 447 con relaci n al Art. 4
Texto Completo (Preview)
Foja: 1 FOJA: 38 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado Civil de Temucoº CAUSA ROL : V-263-2017 CARATULADO : SILVA/ Temuco, veintitr s de Mayo de dos mil veintitr sé é VISTOS: Con fecha 06 de septiembre de 2017 comparece don Juan Eduardo Silva Chavol, panadero, casado, C.N.I. N 10.595.446-8, domiciliado en Las guilas 1421,° Á Villa Pulmahue, de la comuna de Padre Las Casas a U.S
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