27º Juzgado Civil de Santiago

FIGUEROA/

Rol

V-358-2021

Fecha

23 de mayo de 2023

Materia

DONAR O INSINUACIÓN, AUTORIZACIÓN PARA

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Con fecha 30 de diciembre de 2021, comparece Ramón Dreyse Dañobeitía, chileno, casado, abogado, cédula de identidad número 15.385.004-6, en representación, de don LUIS FELIPE GANA DE LANDA, chileno, casado y separado totalmente de bienes, administrador de empresas, cédula de identidad número 7.031.782-6; y de doña MARÍA ISABEL FIGUEROA ECHEVERRÍA, chilena, casada y separada totalmente de bienes, factor de comercio, cédula de identidad número 7.032.843-7; todos domiciliados para estos efectos en Avda. Presidente Kennedy N°9070, oficina 1501, comuna de Vitacura, Región Metropolitana, solicitando la autorización de donar cada uno de sus hijos, la plena propiedad del 6% de los derechos sociales de la sociedad INVERSIONES PLENCIA LIMITADA por parte de don LUIS FELIPE GANA DE LANDA y por doña MARÍA ISABEL FIGUEROA ECHEVERRÍA, dona a cada uno de sus hijos, la plena propiedad del 6% de los derechos sociales de la sociedad INVERSIONES PLENCIA LIMITADA. Con fecha 14 de marzo de 2022, se recibió la información sumaria de testigos. Con fecha 02 de mayo de 2022, se acompañó el certificado de pago del impuesto a la donación ante el Servicio de Impuestos Internos. Con fecha 16 de mayo de 2023, se trajeron los autos para fallo.

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, solicita se autorice la donación de cada uno de sus representados a donar la plena propiedad del 36% de los derechos sociales de la sociedad INVERSIONES PLENCIA LIMITADA, en partes iguales, a sus hijos, de la siguiente forma: don LUIS FELIPE GANA DE LANDA, dona a cada uno de sus hijos, la plena propiedad del 6% de los derechos sociales de la sociedad INVERSIONES PLENCIA LIMITADA y doña MARÍA ISABEL FIGUEROA ECHEVERRÍA, dona a cada uno de sus hijos, la plena propiedad del 6% de los derechos sociales de la sociedad INVERSIONES PLENCIA LIMITADA , sin que la Código: GMGGXFTEXDL Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl donación comprometa su patrimonio, por lo que solicita se autorice la donación referida. SEGUNDO: Que, para acreditar los hechos afirmados en su presentación, acompañó los certificados de nacimientos de sus hijos e hija, el de matrimonio del donante y documentos que sustentan la solicitud de folio 1. Asimismo, comparecieron a la rendición de información sumaria los siguientes testigos: Osvaldo Andrés Lagos Ábalos y Bastián Eduardo Mujica Escalona, quienes dieron cuenta de su relación con el solicitante, el conocimiento sobre su patrimonio, de su ánimo de donar y su capacidad para hacerlo. TERCERO: Que, con el mérito de los antecedentes acompañados, particularmente la información sumaria de testigos y constando el pago del impuesto, según los certificados emitidos por el Servicio de Impuestos Internos, respecto de la donación efectuada por LUIS FELIPE GANA DE LANDA y MARÍA ISABEL FIGUEROA ECHEVERRÍA a sus hijos e hijas, y no existiendo impedimentos para la misma, necesariamente deberá ser autorizada.

Fallo

Por estas consideraciones, y visto lo dispuesto por los artículos 1386 y siguientes del Código Civil; 889 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se resuelve que: I. Se acoge la solicitud de 30 de diciembre de 2021, y, en consecuencia, se autoriza a LUIS FELIPE GANA DE LANDA, C.I N° 7.031.782-6 y MARÍA ISABEL FIGUEROA ECHEVERRÍA, C.I. N° 7.032.843-7 a donar a título de mera liberalidad a sus hijos: 1) FELIPE DEL SAGRADO CORAZÓN GANA FIGUEROA, C.I. N° 18.019.137-2; 2) MARÍA ISABEL GANA FIGUEROA, C.I. N° 16.375.692-2; 3) MARÍA JESÚS GANA FIGUEROA C.I. N° 17.087.636-9; 4) SANTIAGO GANA FIGUEROA C.I N° 18.395.493-8; 5) MARÍA TERESA GANA FIGUEROA, C.I N° 18.395.494-6; 6) MARÍA ANGÉLICA GANA FIGUEROA, C.I N° 18.395.495-4; la plena propiedad del 36% de los derechos sociales de la sociedad INVERSIONES PLENCIA LIMITADA, en partes iguales, de la siguiente forma: don LUIS FELIPE GANA DE LANDA, dona a cada uno de sus hijos, la plena propiedad del 6% de los derechos sociales de la sociedad INVERSIONES PLENCIA LIMITADA y doña MARÍA ISABEL FIGUEROA ECHEVERRÍA, dona a cada uno de sus hijos, la plena propiedad del 6% de los derechos sociales de la sociedad INVERSIONES PLENCIA LIMITADA . Código: GMGGXFTEXDL Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl II. Extiéndase la respectiva escritura de donación. Regístrese, comuníquese y archívese en su oportunidad. Rol: V-358-2021. Dictada por Julio Ernesto Ramírez Zolezzi. Juez Suple

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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 27 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : V-358-2021 CARATULADO : FIGUEROA/ Santiago, veintitr s de Mayo de dos mil veintitr sé é VISTOS: Con fecha 30 de diciembre de 2021, comparece Ramón Dreyse Dañobeitía, chileno, casado, abogado, cédula de identidad número 15.385.004-6, en representación, de don LUIS FELIPE GANA DE LANDA, chileno, casado y separado tot

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