ROJAS
Rol
V-302-2021
Fecha
26 de mayo de 2023
Materia
MINERA, MANIFESTACIÓN (CONCESIÓN PARA EXPLOTACIÓN)
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, don DEAN LUIS ROJAS CORTÉS, chileno, soltero, operador de minas, cédula nacional de identidad N° 10.400.010-k, con domicilio para estos efectos en Carlos Sayaga N° 1186, población Pedro León Gallo, Copiapó, presentó a fojas 01 y con fecha 10 de diciembre de 2021, la manifestación minera de 5 pertenencias mineras de 2 hectáreas cada una, abarcando una área total de 10 hectáreas, denominadas “CHARLES 1/5”, la que se tuvo por presentada al Tribunal con la mencionada fecha, y tendrá la forma de un rectángulo cuyo punto de interés tiene por coordenadas UTM Norte 6.574.200,00 metros y Este 303.150,00 metros, en terrenos abiertos e incultos ubicados en la comuna de Combarbalá, Provincia de Limarí, Cuarta Región. SEGUNDO: Que, la manifestación se inscribió el 16 de diciembre de 2021, a fojas 259 a fojas 259 vuelta, N° 216, en el Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Combarbalá, correspondiente al año 2021, según consta a fojas 5 de autos. TERCERO: Que, la manifestación y la solicitud de mensura antes referidas se publicaron con fecha 27 de diciembre de 2021 y 16 de agosto de 2022, respectivamente, en el Boletín Oficial de Minería de la Provincia de Choapa. CUARTO: Que, según obra en el expediente se mensuró las pertenencias “CHARLES 1/5”, con un total de 10 hectáreas y con fecha 24 de marzo de 2023, el Servicio Nacional de Geología y Minería emitió informe, consignando este último “Que el perito ha cumplido con el envío a este Servicio Nacional de la cartera de terreno y las planillas de cálculos, de acuerdo al reglamento y a las normas impartidas por este Organismo, correspondiente a la mensura de las pertenencias CHARLES 1/5, solicitadas por DEAN LUIS ROJAS CORTÉS, mensuradas el 22/10/2022, ubicadas en comunidad Mal Paso Castillo y otro, comuna de Combarbalá, provincia de Limarí, región de Coquimbo con un total de 10 hectáreas. Que los aspectos técnicos relacionados con la operación de mensura, su acta y plano están correctos; la forma, las dimensiones y orientación de la cara superior de las pertenencias se ajustan a la ley y ellas quedan comprendidas tanto dentro del terreno manifestado como dentro del abarcado por la solicitud de mensura. En terreno se comprobó que el hito de mensura y los linderos vértices L1, L2, L3 y L4 han sido correctamente colocados. Código: CXFXXFZXFZM Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl QUINTO: Que, las coordenadas UTM de cada uno de los vértices del perímetro de la cara superior del grupo de pertenencias mineras de la operación de mensura, denominadas “CHARLES 1/5”, materia de esta concesión, son: VERTICE NORTE ESTE P.I. 6.574.200,00 303.150,00 L1 6.574.450,00 303.050,00 L2 6.574.450,00 303.250,00 L3 6.573.950,00 303.250,00 L4 6.573.950,00 303.050,00 SEXTO: Que no habiendo oposición ni caducidad que resolver, existiendo informe técnico favorable y cumpliéndose los presupuestos legales se acogerá la manifesta
Fallo
SE DECLARA: I.- Que SE APRUEBA el acta y plano de mensura del grupo de 5 pertenencias denominadas “CHARLES 1/5”, con una superficie total de 10 hectáreas y se declaran constituidas las referidas pertenencias a favor de don DEAN LUIS ROJAS CORTÉS, ya individualizado, e inscrita a fojas 259 a fojas 259 vuelta, N° 216 en el Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Combarbalá, correspondiente al año 2021. II.- Publíquese esta sentencia en extracto conforme lo ordena el artículo 90 del Código de Minería y artículo 43 de su Reglamento. III.- Inscríbase esta sentencia y el acta de mensura dentro del plazo de 120 días que señala el artículo 89 del Código de Minería, en el Registro correspondiente del Conservador de Minas de Combarbalá y remítase copia del plano al Conservador de Minas, para su archivo. IV.- Hágase entrega al interesado del original del plano, de una copia del acta de mensura y de una copia de la presente sentencia a fin de que dé cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 42 del Reglamento del Código de Minería. Regístrese, dese las copias autorizadas que correspondan y, en su oportunidad, archívese. ROL V-302-2021.- Dictada por doña DORIS DEL CARMEN MOLINA PALMA, Jueza (S) del Juzgado de Letras de Combarbalá. Código: CXFXXFZXFZM Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl En Combarbalá, a veintiséis de mayo de dos mil veintitrés, notifiqué por el estado diario de hoy la sentencia que ante
Texto Completo (Preview)
ROL Nº : V-302-2021.- MATERIA : Manifestación Minera “CHARLES 1/5” SOLICITANTE : Dean Luis Rojas Cortés. Combarbalá, veintiséis de mayo de dos mil veintitrés. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, don DEAN LUIS ROJAS CORTÉS, chileno, soltero, operador de minas, cédula nacional de identidad N° 10.400.010-k, con domicilio para estos efectos en Carlos Sayaga N° 1186, población Pedro León Gallo, Copi
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica