1º Juzgado Civil de Puente Alto

UP GRADE MINING S.A./

Rol

V-776-2022

Fecha

24 de mayo de 2023

Materia

MINERO, PEDIMENTO (CONCESIÓN DE EXPLORACIÓN)

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS: Que con fecha 19 de diciembre de 2022, a las 18:10:07 hrs., comparece don Eugenio Rafael Ramírez Cifuentes, abogado, en representación judicial de UP GRADE MINING S.A., sociedad anónima, chilena, ambos domiciliados en calle Monseñor Sotero Sanz N° 161, oficina N° 1301, comuna de Providencia, quien pide en favor de su representada un área de 100 hectáreas, la que tiene la forma de un cuadrado. Dos de los lados del cuadrado miden 1.000 metros con orientación Norte Sur U.T.M. mientras que los otros dos miden 1.000 con orientación Este Oeste U.T.M. Las coordenadas U.T.M del Punto Medio de la cara superior de la concesión pedida, que denominará “KARO 19”, son: Norte 6.254.020,00 metros y Este 385.200,00 metros y este se encuentra ubicada en la comuna de San José de Maipo, provincia de Cordillera, Región Metropolitana. Con fecha 21 de diciembre de 2022, se da curso a la solicitud, ordenándose inscribir y publicar. Con fecha 14 de marzo de 2023, el solicitante acreditó el pago de la tasa del pedimento, el que se realizó con fecha 10 de enero de 2023, dentro de los 30 días contados desde la fecha de la solicitud; acreditó el pago de la patente proporcional, que se realizó con fecha 14 de marzo de 2023; la inscripción del pedimento en el Registro de Descubrimiento de Minas del Conservador de Minas de Puente Alto correspondiente al año 2023, a fojas 7 número 4, con fecha 3 de enero de 2023, es decir, dentro de los 30 días contados desde la resolución que así lo ordena, conforme lo dispone el artículo 52 del Código de Minería; como asimismo acreditó haber publicado la solicitud e inscripción en el Boletín Oficial de Minería, con fecha 12 de enero de 2023, es decir, también dentro de los 30 días contados de la resolución que así lo ordena. Código: XPSDXFYVTBL Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 En el mismo escrito, de fecha 14 de marzo de 2023, dentro de los 90 días contados de la resolución qu

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, el estudio de los antecedentes especificados, se desprende que no existen ilegalidades o faltas sobre las que el Tribunal deba pronunciarse, de conformidad a lo prescrito por el artículo 57 del Código de Minería. SEGUNDO: Que, asimismo, se advierte que no se ha incurrido en la tramitación en vicios procesales o adjetivos, que resten valor al procedimiento, ni en caducidades que lo anulen. Código: XPSDXFYVTBL Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl Foja: 1 TERCERO: Que, en consecuencia, se ha cumplido con todos los trámites y actuaciones establecidas por la ley minera, tanto en tiempo como en forma. Y visto, además, lo dispuesto en los artículos 2, 26, 27, 28, 34 y siguientes, 55, 56, 57, 58 y 87 del Código de Minería; artículos 1, 2, 42 y 43 de su Reglamento y artículos 1, 2, 5 y 10 de la Ley Orgánica Constitucional sobre Concesiones Mineras;

Fallo

SE RESUELVE: I.- Que, se declara constituida la concesión minera de exploración denominada KARO 19 con una superficie total de 100 hectáreas, ubicada en la comuna de San José de Maipo, Provincia Cordillera, Región Metropolitana, a favor de UP GRADE MINING S.A., ya individualizado, siendo las coordenadas U.T.M. del Punto Medio de los vértices de la cara superior de la concesión que están referidas al Datum Provisorio Sudamericano LA CANOA 1956, Elipsoide Internacional de 1924, Zona 19, las detalladas en la parte expositiva de este fallo. II.- Que, se aprueba el plano acompañado y custodiado bajo el N° 1895/2023. III.- Extráctese la presente sentencia constitutiva por el Secretario del Tribunal en los términos establecidos en el artículo 90 del Código de Minería, y publíquese. IV.- Inscríbase esta sentencia en el Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Puente Alto, y archívese una copia del plano respectivo. V.- Remítanse por el interesado el plano original y copia de esta sentencia al Servicio Nacional de Geología y Minería. Regístrese, notifíquese, dese copia autorizada y archívense los antecedentes en su oportunidad. Rol V-776-2022 Dictada por doña Claudia Parga Ríos, Jueza Suplente. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Puente Alto, veinticuatro de Mayo de dos mil veintitrés Código: XPSDXFYVTBL Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc

Texto Completo (Preview)

Foja: 1 FOJA: 15 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1º Juzgado Civil de Puente Alto CAUSA ROL : V-776-2022 CARATULADO : UP GRADE MINING S.A./ Puente Alto, veinticuatro de Mayo de dos mil veintitrés VISTOS: Que con fecha 19 de diciembre de 2022, a las 18:10:07 hrs., comparece don Eugenio Rafael Ramírez Cifuentes, abogado, en representación judicial de UP GRADE MINING S.A., sociedad anó

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica