RODRÍGUEZ/CDE / FISCO DE CHILE
Rol
C-16548-2020
Fecha
23 de mayo de 2023
Materia
HACIENDA,PROCED.CUANTÍA SUPERIOR ART.. 749 C.P.C
Resultado
No especificado
Hechos
VISTOS: Que con fecha 28 de octubre de 2020, comparecen do a YELENA DIOSILAñ MONROY RODRIGUEZ, c dula de identidad N 11.618.654-3, labores de casa; do aé ° ñ MARIANELA ALICIA MONROY RODR GUEZ, c dula de identidad N 8.645.021-6,Í é ° profesora y, do a ELIANA DE JES S RODR GUEZ DUB , c dula de identidadñ Ú Í Ó é N 4.793.792-2, pensionada, todas domiciliadas en Balmaceda Nro. 3.319, Poblaci n° ó V ctor Domingo Silva, La Serena, í quienes debidamente representadas por el abogado don BORIS PAREDES BUSTOS, interponen demanda de indemnizaci n de perjuicios,ó en contra del FISCO DE CHILE, representado por el Presidente del CONSEJO DE DEFENSA DEL ESTADO don JUAN ANTONIO PERIBONIO PODUJE, abogado, ambos con domicilio hoy en calle Agustinas N 1225, piso 4, Santiago. ° Refieren que en el contexto del r gimen de facto que gobern Chile entre septiembre deé ó 1973 y marzo de 1990, bajo cuyo imperio se habr a implementado una pol ticaí í sistem tica de detenci n, tortura y desaparici n de ciudadanos opositores; el grupoá ó ó familiar era compuesto por la madre do añ ELIANA DE JES S RODR GUEZÚ Í DUB , Ó sus hijas YELENA DIOSILA MONROY RODRIGUEZ, que a la fecha en que ocurrieron los hechos ten a 3 a os y medios, su hermana í ñ MARIANELA ALICIA MONROY RODR GUEZÍ , ten a 9 a os. Relatan í ñ que el d a 6 de octubre deí 1973, a su domicilio de La Serena, llegaron 2 veh culos Militares, armados, comandadosí por el entonces teniente Juan Emilio Cheyre, quienes allanan el domicilio de la familia, buscando armas y a la madre do a ELIANA DE JES S RODR GUEZ DUB , quienñ Ú Í Ó en ese momento se encontraba trabajando, fuera de casa. En el lugar se encontraba la demandante YELENA DIOSILA MONROY RODRIGUEZ junto a su hermana menor, al cuidado de una t a. í Indican que el allanamiento fue violento, fueron amenazadas de muerte, las llevaron al patio, siempre en forma violenta y con amenazas y las mantuvieron de espaldas al muro apunt ndoles con una metralleta, mientras el teniente Juan Emilio Cheyre,
Fundamentos
CONSIDERANDO: Primero: Que, do a YELENA DIOSILA MONROY RODRIGUEZ, do añ ñ MARIANELA ALICIA MONROY RODR GUEZ y, do a ELIANA DE JES SÍ ñ Ú RODR GUEZ DUB , demandaron de indemnizaci n de perjuicios al FISCO DEÍ Ó ó CHILE, representado por el Presidente del Consejo de Defensa del Estado, don JUAN Código: XXXNXFNFZZK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-16548-2020 Foja: 1 ANTONIO PERIBONIO PODUJE, a objeto de que el ente estatal sea condenado a pagar en favor de cada uno de las demandantes la suma de $200.000.000, o la suma que el tribunal determine, m s reajustes, intereses y costas, a t tulo de indemnizaci n por elá í ó da o moral, que se les infiri con ocasi n de la privaci n de libertad y torturas de lasñ ó ó ó que fueron v ctimas a manos de agentes del Estado. í Segundo: Que, legalmente emplazado, el demandado, opuso la excepci n de reparaci nó ó satisfactiva, por ya haber recibido las demandantes diversos beneficios asistenciales por parte del Estado. Asimismo, opuso la excepci n de prescripci n extintiva conforme a loó ó previsto en los art culos 2332 y 2497 del C digo Civil. Por ltimo, alega loí ó ú desproporcionado que resulta la suma pretendida por las demandantes, la improcedencia de que se le indemnice nuevamente a ra z de los mismos hechos y la impertinencia deí aplicar intereses y reajustes sobre una eventual indemnizaci n que se declare en laó sentencia que dirima la controversia. Tercero: Que, en el tr mite de la r plica las demandantes buscaron refutar las defensasá é opuestas por el demandado, manifestando que no ha existido una reparaci n ntegra poró í parte del Estado a las v ctimas de violaciones a los derechos humanos, que laí prescripci n civil no opera trat ndose de atentados de lesa humanidad, y que es eló á tribunal quien en definitiva debe fijar el monto de la indemnizaci n que corresponde.ó Cuarto: Que, en el tr mite de la d plica el demandado profundiz las argumentacionesá ú ó ya vertidas en la contestaci n. ó Quinto: Que, para la prueba de sus asertos, la parte demandante acompa , legalmenteñó y sin objeci n de contrario, los siguientes documentos: ó 1. Art culo titulado Algunos Factores de Da o a la Salud Mental, elaborado por elí “ ñ Programa de Salud Mental de la Vicar a de la Solidaridad e incorporados en losí autos rol C-22.561-2018, del 28 Juzgado Civil de Santiago, seguidos por la° misma materia. 2. Art culo titulado Algunos problemas de salud mental detectados por equipoí “ psicol gico psiqui trico del mes de julio del a o 1978, elaborado por eló – á ” ñ programa de salud mental de la Vicar a de la Solidaridad.í 3. Art culo titulado Tortura, tratos crueles e inhumanos en 1980. Su impactoí “ psicol gico del mes de julio del a o 1980, elaborado por el programa de saludó ” ñ mental de la Vicar a de la Solidaridad.í 4. Art culo titulado Trabajo Social, una experiencia solidaria en la promoci n yí “ ó defensa de los Derechos Humanos del mes de Abril d
Fallo
fallo de la Excma. Corte Suprema, se ala que ser a incompatible perseguir lañ í indemnizaci n por da o moral que se pretende con los beneficios otorgados por las leyesó ñ reparatorias, reiterando los argumentos ya vertidos en su contestaci n, ampar ndose enó á jurisprudencia, en apoyo a la tesis fiscal de prescripci n de las acciones civiles. ó Con fecha 5 de enero de 2021, se recibi la causa a prueba, fij ndose los hechosó á sustanciales, pertinentes y controvertidos, sobre los cuales sta hubo de recaer. é Con fecha 17 de mayo de 2023, se cit a las partes para o r sentencia.ó í CON LO RELACIONADO Y CONSIDERANDO: Primero: Que, do a YELENA DIOSILA MONROY RODRIGUEZ, do añ ñ MARIANELA ALICIA MONROY RODR GUEZ y, do a ELIANA DE JES SÍ ñ Ú RODR GUEZ DUB , demandaron de indemnizaci n de perjuicios al FISCO DEÍ Ó ó CHILE, representado por el Presidente del Consejo de Defensa del Estado, don JUAN Código: XXXNXFNFZZK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-16548-2020 Foja: 1 ANTONIO PERIBONIO PODUJE, a objeto de que el ente estatal sea condenado a pagar en favor de cada uno de las demandantes la suma de $200.000.000, o la suma que el tribunal determine, m s reajustes, intereses y costas, a t tulo de indemnizaci n por elá í ó da o moral, que se les infiri con ocasi n de la privaci n de libertad y torturas de lasñ ó ó ó que fueron v ctimas a manos de agentes del Estado. í Segundo: Que, legalmente emplazado, el demandado, opu
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C-16548-2020 Foja: 1 FOJA: 35 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 12 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-16548-2020 CARATULADO : RODR GUEZ/CDE / FISCO DE CHILEÍ Santiago, veintitr s de Mayo de dos mil veintitr sé é VISTOS: Que con fecha 28 de octubre de 2020, comparecen do a YELENA DIOSILAñ MONROY RODRIGUEZ, c dula de identidad N 11.618.654-3, labores de casa; do aé ° ñ MARIANELA
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