Juzgado de Letras y Gar.de Combarbalá

TAPIA /

Rol

V-297-2021

Fecha

23 de mayo de 2023

Materia

MINERA, MANIFESTACIÓN (CONCESIÓN PARA EXPLOTACIÓN)

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, don Jorge Alejandro Tapia Castillo, cédula de identidad Nº 12.397.920-6, chileno, casado con separación de bienes, mecánico, domiciliado en El Huacho S/N, Combarbalá, presentó a folio 1 con fecha 25 de noviembre del año 2021, la manifestación minera de 18 pertenencias mineras de 3 hectáreas cada una, abarcando una área total de 54 hectáreas denominadas “LAS ALCAPARRAS 1 AL 18", la que se tuvo por presentada al Tribunal con la mencionada fecha, y tendrá la forma de un rectángulo cuyo punto de interés tiene por coordenadas UTM Norte 6.564.050,00 metros y Este 288.859,00 metros, en terrenos abiertos e incultos ubicados en la comunidad de Jiménez y Tapia, comuna de Combarbalá, provincia de Limarí, cuarta Región. SEGUNDO: Que, la manifestación se inscribió el 13 de diciembre de 2021, de Fs. 249 a Fs. 249 vta. N° 210, en el Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Combarbalá, correspondiente al año 2021, según consta a folio 4 de autos. TERCERO: Que, la manifestación y la solicitud de mensura antes referidas se publicaron con fecha 20 de diciembre de 2021 y 04 de julio de 2022, respectivamente, en el Boletín Oficial de Minería. CUARTO: Que, según obra en el expediente se mensuró las pertenencias LAS ALCAPARRAS 1 AL 18, con un total de 42 hectáreas y con fecha 07 de febrero de 2023, el Servicio Nacional de Geología y Minería emitió informe, consignando: “1. Que el perito ha cumplido con el envío a este Servicio de la cartera de terreno y planillas de cálculos, de acuerdo al reglamento y a las normas impartidas por este Organismo. 2. De la revisión de estos antecedentes, tanto de terreno como de gabinete se desprende lo siguiente: 2.1. PLANO: - Infringe el Art. 38 del Reglamento del Código de Minería, indica con error Cuadro de coordenadas del HM y del Vértice de Ligazón. 3. El perito deberá subsanar lo observado, enviando un nuevo juego Planos corregidos a ese Tribunal y dos copias de lo mismo a este Servicio.”. Con fecha 04 de abril de 2023, el Servicio Nacional de Geología y Minería emitió informe, consignando este último: “1. Que el perito ha cumplido con el envío a este Servicio Nacional de la cartera de terreno y las planillas de cálculos, de acuerdo al reglamento y a las normas impartidas por este Organismo, correspondiente a la mensura de las pertenencias LAS ALCAPARRAS 1/18, solicitadas por TAPIA CASTILLO JORGE ALEJANDRO, mensuradas el 15/10/2022, ubicadas en COMUNIDAD JIMENEZ Y TAPIA, comuna de COMBARBALÁ, provincia de LIMARÍ, región de COQUIMBO con un Código: QCMYXFRZKVK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl total de 42 hectáreas. 2. Que los aspectos técnicos relacionados con la operación de mensura, su acta y plano, están correctos; la forma, las dimensiones y orientaciones de la cara superior de las pertenencias se ajustan a la ley y ellas quedan comprendidas tanto dentro del terreno manifestado como dentro del abarcado por la soli

Fallo

SE DECLARA: I.- Que SE APRUEBA el acta y plano de mensura del grupo de 18 pertenencias denominadas “LAS ALCAPARRAS 1 AL 18”, con una superficie total de 42 hectáreas y se declaran constituidas las referidas pertenencias a favor de don Jorge Alejandro Tapia Castillo, ya individualizado, e inscrita de de Fs. 249 a Fs. 249 vta. N° 210, en el Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Combarbalá, correspondiente al año 2021. II.- Publíquese esta sentencia en extracto conforme lo ordena el artículo 90 del Código de Minería y artículo 43 de su Reglamento. III.- Inscríbase esta sentencia y el acta de mensura dentro del plazo de 120 días que señala el artículo 89 del Código de Minería, en el Registro correspondiente del Conservador de Minas de Combarbalá y remítase copia del plano al Conservador de Minas, para su archivo. Código: QCMYXFRZKVK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl IV.- Hágase entrega al interesado del original del plano y de una copia del acta de mensura a fin de que dé cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 42 del Reglamento del Código de Minería. Regístrese y en su oportunidad, archívese. ROL Nº V-297-2021.- Dictada por doña DORIS MOLINA PALMA, Jueza (S) del Juzgado de Letras, Garantía y Familia de Combarbalá. En Combarbalá, a veintitrés de mayo de dos mil veintitrés, notifiqué por el estado diario de hoy la sentencia que antecede. Código: QCMYXFRZKVK Este documento tiene firma el

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ROL Nº : V-297-2021.- MATERIA : Manifestación Minera “LAS ALCAPARRAS 1 AL 18”.- SOLICITANTE : Jorge Alejandro Tapia Castillo.- Combarbalá, a veintitrés de mayo de dos mil veintitrés. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, don Jorge Alejandro Tapia Castillo, cédula de identidad Nº 12.397.920-6, chileno, casado con separación de bienes, mecánico, domiciliado en El Huacho S/N, Combarbalá, presentó a f

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