Juzgado de Letras de La Ligua

CABRERA/ILUSTRE MUNICIPALIDAD LA LIGUA

Rol

C-321-2023

Fecha

23 de mayo de 2023

Materia

PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: PRIMERO: Que, en Folio N° 1, comparece don Nelson Edmundo Cabrera Pizarro, cédula nacional de identidad número 7.616.353-7, cesante, con domicilio en Pablo Neruda N° 172, Villa Futuro, comuna de La Ligua, y deduce demanda en procedimiento ordinario contra la Ilustre Municipalidad de La Ligua, Rol Único Tributario número 69.050.100-7, personal jurídica de derecho público, representada por su Alcalde, don Patricio Daniel Pallares Valenzuela, cédula nacional de identidad número 11.942.337-6, ambos con domicilio en calle Diego Portales N° 555, La Ligua; solicitando se declare la prescripción de la acción de la Ilustre Municipalidad de La Ligua, para demandar el pago de derechos municipales por concepto de aseo domiciliario devengadas entre el año 2001 al año 2017; por los siguientes argumentos: a) Que, es dueño del inmueble consistente en sitio y casa ubicado en calle Vía Dos N° 172, comuna de La Ligua, provincia de Petorca, región de Valparaíso, inscrito a fojas 1675 N° 1284 correspondiente al Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de La Ligua del año 1996. b) Que, la citada propiedad se encuentra enrolada a su nombre ante la Ilustre Municipalidad de La Ligua, para efectos del pago de derechos de aseo domiciliado con el Rol N° 00161-00064. c) Que, según Boletín de deudas de impuestos y derechos municipales, emitido por la Ilustre Municipalidad de La Ligua, con fecha 8 de marzo de 2023, mantiene deuda por concepto de derechos de aseo municipal por la suma de $2.980.781, que corresponde a los períodos desde septiembre de 2001 a junio de 2017. Acompaña al proceso, en Folio N° 1: 1. Certificado de dominio vigente, extendido por el Conservador de Bienes Raíces de La Ligua, con fecha 8 de marzo de 2023 y copia Código: WBZGXFZWBJK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl autorizada de inscripción de fojas 1675 N° 1284 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de La Ligua,

Fundamentos

fundamentos de derecho expuestos en el libelo, pues en la especie, tratándose de la prescripción de la acción de cobro de derechos municipales por concepto de aseo domiciliario, no corresponde aplicar la prescripción de corto plazo del artículo 2521 del Código Civil, conforme a la cual el plazo de prescripción de la acción destinada a obtener su cobro es de tres años, sino la general de cinco años, atendido que no se trata de un impuesto y la jurisprudencia está conteste en aquello. TERCERO: Que, en Folio N° 11, la parte demandante, evacúa el trámite de réplica, ratificando la demanda, e indicando que para efectos de no dilatar el proceso, está de acuerdo con los periodos formulados por la parte demandada, Ilustre Municipalidad de La Ligua, en su contestación respecto al plazo de prescripción de la acción de cobro de derechos de aseo domiciliario. CUARTO: Que, Folio N° 14, y al tenor de lo expuesto por la parte demandante, en cuanto la prescripción extintiva cuya declaración solicita corresponde a derechos de aseo domiciliario respecto de los períodos devengados entre el año 2001 y el año 2017, todos inclusive, y considerando que respecto de dichos períodos, la parte demandada, Ilustre Municipalidad de La Ligua, expresamente expone que no controvierte de la manera sustancial los hechos contenidos en la demanda; y, en consecuencia, no existiendo hechos sustanciales, pertinentes y Código: WBZGXFZWBJK Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl controvertidos, resulta aplicable la hipótesis del artículo 313 del Código de Procedimiento Civil, que manda dictar sentencia, en el evento que la parte demandada “no contradice en materia substancial y pertinente los hechos sobre que versa el juicio”, por lo que se cita a las partes a oír sentencia. QUINTO: Que, el artículo 2514 del Código Civil establece que “la prescripción que extingue las acciones y derechos ajenos exige solamente cierto lapso de tiempo, durante el cual no se hayan ejercido dichas acciones; y, se cuenta este tiempo desde que la obligación se haya hecho exigible”; y, por su parte, el artículo 2515 del referido cuerpo legal estatuye que “este tiempo es en general de tres años para las acciones ejecutivas y de cinco para las ordinarias”; y, en el caso de marras, debe estarse a la norma contenida en el artículo 2514 del Código Civil, por cuanto, no se está en presencia de un impuesto, como presupuesto para la aplicación de la norma especial de prescripción de corto tiempo prevista en el artículo 2521 del cuerpo legal citado. SEXTO: Que, al efecto, en este sentido se ha fallado: “Que, para resolver si el

Fallo

FALLO : 08 DE MAYO DE 2023 La Ligua, veintitrés de mayo de dos mil veintitrés. VISTOS: PRIMERO: Que, en Folio N° 1, comparece don Nelson Edmundo Cabrera Pizarro, cédula nacional de identidad número 7.616.353-7, cesante, con domicilio en Pablo Neruda N° 172, Villa Futuro, comuna de La Ligua, y deduce demanda en procedimiento ordinario contra la Ilustre Municipalidad de La Ligua, Rol Único Tributario número 69.050.100-7, personal jurídica de derecho público, representada por su Alcalde, don Patricio Daniel Pallares Valenzuela, cédula nacional de identidad número 11.942.337-6, ambos con domicilio en calle Diego Portales N° 555, La Ligua; solicitando se declare la prescripción de la acción de la Ilustre Municipalidad de La Ligua, para demandar el pago de derechos municipales por concepto de aseo domiciliario devengadas entre el año 2001 al año 2017; por los siguientes argumentos: a) Que, es dueño del inmueble consistente en sitio y casa ubicado en calle Vía Dos N° 172, comuna de La Ligua, provincia de Petorca, región de Valparaíso, inscrito a fojas 1675 N° 1284 correspondiente al Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de La Ligua del año 1996. b) Que, la citada propiedad se encuentra enrolada a su nombre ante la Ilustre Municipalidad de La Ligua, para efectos del pago de derechos de aseo domiciliado con el Rol N° 00161-00064. c) Que, según Boletín de deudas de impuestos y derechos municipales, emitido por la Ilustre Municipalidad de La Ligua, con fecha 8 de mar

Texto Completo (Preview)

COMPETENCIA : CIVIL NEGOCIO : CONTENCIOSO MATERIA : ORDINARIO DEMANDANTE : CABRERA PIZARRO, NELSON EDMUNDO APODERADO : SALAMANCA CORTÉS, CRISTIAN DEMANDADO : ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE LA LIGUA REPRESENTANTE : PALLARES VALENZUELA, PATRICIO DANIEL APODERADO : FLORES OSORIO, RODRIGO ROL : C-321-2023 FECHA INICIO : 22 DE MARZO DE 2023 FECHA PARA FALLO : 08 DE MAYO DE 2023 La Ligua, veintitrés de mayo d

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