Juzgado de Letras de Colina

ACEVEDO/BALL CHILE S.A (EX REXAM S.A.)

Rol

O-7-2022

Fecha

18 de octubre de 2023

Materia

Asignaciones especiales, Bonos, Costas, Despido injustificado, Reajustes e intereses, Recargos

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

hechos sustanciales, pertinentes y controvertidos, los siguientes: 1. Efectividad de los hechos invocados en la carta de despido. 2. Efectividad de adeudarse las prestaciones demandadas. 3. Monto de la remuneración pactada. Adicionalmente, las partes convinieron en tener como no controvertidos, los siguientes hechos: 1. Fecha de inicio y de término de la relación laboral. 2. Labores que desempeñaba el actor, esto es, supervisor de logística. CUARTO: Con fecha 26 de abril de 2023, se celebró la audiencia de juicio en presencia de ambas partes, oportunidad en que la demandada, incorporó el siguiente material probatorio: I) Documental: 1. Contrato individual de trabajo, de fecha 3 de septiembre de 2018, y anexo de contrato de trabajo, de fecha 4 de noviembre de 2018, ambos suscritos por Ball Chile S.A. y José Felipe Acevedo Palacios. 2. Descriptor de cargo de Supervisor de Logística de Ball Chile S.A. 3. Liquidaciones de remuneraciones de los meses de septiembre, octubre, noviembre y diciembre del año 2018, correspondientes a don José Felipe Acevedo Palacios. 4. Liquidaciones de remuneraciones de los todos los meses del año 2019, correspondientes a don José Felipe Acevedo Palacios. 5. Liquidaciones de remuneraciones de los todos los meses del año 2020, correspondientes a don José Felipe Acevedo Palacios. 6. Liquidaciones de remuneraciones de los todos los meses del año 2021, correspondientes a don José Felipe Acevedo Palacios. 7. Contrato colectivo de trabajo, de fecha 18 de junio de 2020, suscrito entre Ball Chile S.A. y el Sindicato de Empresa Ball Chile S.A. 8. Aviso de despido de don José Felipe Acevedo Palacios, de fecha 7 de diciembre de 2021. 9. Comunicado resultado 2021 planta Ball Chile y pago bono IVR en febrero de 2022. II) absolución de posiciones de don José Felipe Acevedo Palacios. Por su parte, la demandante se valió de las siguiente pruebas: I) Documental: 1. Contrato de trabajo de fecha 3 de septiembre de 2018 y anexo de contrato de trabajo de fecha

Fundamentos

CONSIDERANDO PRIMERO: Con fecha 17 de junio de 2022, comparece don JOSÉ FELIPE ACEVEDO PALACIOS, empleado, domiciliado en Agustinas n° 2190 departamento 45 de la comuna de Santiago, quien interpone demanda por despido injustificado e improcedente en contra de BALL CHILE S.A., sociedad comercial, representada por DELIA GALLEGOS MUÑOZ, gerente, ambos domiciliados en Camino La Montaña n° 1294 de la comuna de Lampa. Previamente, el 4 de enero de 2022, ingresó a este mismo tribunal, solicitud de medida prejudicial probatoria de exhibición de documentos, concretamente, del contrato de trabajo suscrito por las partes y todos los anexos suscritos, en especial los relativos a bono de desempeño del trabajador, de las liquidaciones de remuneraciones mensuales y el registro de asistencia relativos a toda la relación laboral y contrato o convenios colectivos suscritos por la empresa, la que fue concedida por resolución de 3 de febrero de 2022, fijándose la diligencia respectiva para el día 28 de marzo de 2022, oportunidad en que el tribunal tuvo por cumplido lo ordenado. En su demandada principal, manifiesta que el 3 de septiembre de 2018, ingresó a prestar servicios, bajo vínculo de subordinación y dependencia para la demandada, obligándose a prestar el servicio de Supervisor de Logística, con una remuneración mensual de $2.768.652.-. Agrega que con fecha 7 de diciembre de 2021, la demandada le comunicó su despido invocando la causal del artículo 161 inciso 2° del Código, esto es, el desahucio del empleador. El 28 de diciembre de 2021, el demandante firmó finiquito con la demandada, oportunidad en que además de recibir la suma de $ 18.163.291.-, estampó reserva de acciones, del siguiente tenor: “Me reservo acción de despido injustificado e improcedente para obtener el recargo legal de la indemnización por años de servicio y el reembolso de descuento del aporte del empleador al seguro de cesantía, acción para cobro de aguinaldo de dic. 2021, bono de desempeño ambos relativos al 2021” Respecto de la causal invocada, señala que no resulta aplicable a su caso particular, pues no ejerció facultades generales de administración, que se definen como aquellas tendientes a “Planear, organizar, ejecutar, controlar y coordinar la Administración de los Recursos Humanos, Financieros y Materiales Programación y Presupuestación; es decir, que tiene poder para representar a la empresa, contratando personal, despidiendo, fijando sueldos, o existencia de poderes escritos de representación.” Refiere que tampoco es efectivo que su cargo haya sido de exclusiva confianza, condición que no está definida en el Código del Trabajo; sin embargo, un sector de la doctrina y la jurisprudencia, señala que se trata de “aquel que, por su naturaleza, tiene facultades que importen comprometer el patrimonio de quien lo contrató”, mientras que otros sostienen que, para reconocer si un cargo es o no de exclusiva confianza del empleador, más que a las atribuciones, se debe atender al contenido

Fallo

Por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 1, 2, 3, 4, 5, 7, 8, 9, 10, 41, 44, 54 a 58, 63, 160, 162, 163, 168, 171, 420, 423, 425 a 432, 434 a 438, 440 a 462 del Código del Trabajo, se resuelve: I.- Se ACOGE la excepción de caducidad deducida por la demandada y, en consecuencia, se RECHAZA la demanda por despido improcedente incoada por JOSÉ FELIPE ACEVEDO PALACIOS en contra de BALL CHILE S.A. II.- Se CONDENA a la demandada, a pagar al actor la suma de $2.944.722.-, por concepto de Bono proporcional IVR 2022 adeudado. III.- La cantidad ordenada pagar, deberá serlo con los reajustes e intereses que se indican en los artículos 63 y 173 del Código del Trabajo. IV.- No se condena en costas a la demandada, por no haber resultado totalmente vencida. V.- Ejecutoriada que sea la presente sentencia, cúmplase lo resuelto en ella dentro de quinto día, en caso contrario se dará inicio a su ejecución, de acuerdo a lo establecido en el artículo 462 del Código del Trabajo. Regístrese y comuníquese. RIT O-7-2022 RUC 22- 4-0377183-3 Dictada por don(a) CLAUDIO MARCELO OSORIO LLANOS, Juez Interino del Juzgado de Letras de Colina. En Colina a dieciocho de octubre de dos mil veintitrés, se notificó por el estado diario la resolución precedente.

Texto Completo (Preview)

Colina, dieciocho de octubre de dos mil veintitrés VISTOS, OIDOS Y CONSIDERANDO PRIMERO: Con fecha 17 de junio de 2022, comparece don JOSÉ FELIPE ACEVEDO PALACIOS, empleado, domiciliado en Agustinas n° 2190 departamento 45 de la comuna de Santiago, quien interpone demanda por despido injustificado e improcedente en contra de BALL CHILE S.A., sociedad comercial, representada por DELIA GALLEGOS MUÑO

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica