2º Juzgado Civil de Temuco

ITURRA/ITURRA

Rol

C-2895-2022

Fecha

21 de mayo de 2023

Materia

OTROS SUMARIOS

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: 1.- Con fecha 26 de septiembre de 2022, comparece don KLAUS WALTER HENZI PLAZA, Abogado, actuando en representación de doña IBELDA DE LOURDES ITURRA REBOLLEDO, chilena, labores de casa, soltera, cédula nacional de identidad N°7.825.996-5, con domicilio en pasaje Victoria N°1594, Villa Galilea, de la ciudad de Curicó; de doña MARÍA CRISTINA ITURRA REBOLLEDO, chilena, divorciada, trabajadora dependiente, cédula nacional de identidad N°10.112.758-3, con domicilio en calle Las Nutrias N°1665, de la ciudad de Temuco; de don RAFAEL ESTEBAN ITURRA REBOLLEDO, chileno, trabajador independiente, casado, cédula nacional de identidad N°10.114.099-7, con domicilio en calle Gustavo Adolfo Becker N°3520, Parque Alcántara, de la ciudad de Temuco; de doña ROSA ROQUINA ITURRA REBOLLEDO, chilena, labores de casa, casada, cédula nacional de identidad N°8.919.066-5, con domicilio en calle Coyhaique N°0625, Población Los Riscos, de la ciudad de Temuco; de doña LUCILA DEL CARMEN ITURRA REBOLLEDO, chilena, trabajadora dependiente, divorciada, cédula nacional de identidad N°8.919.044-4, con domicilio en calle Maullín N°01470, población Los Riscos, de la ciudad de Temuco; de don GUIDO RAMÓN ITURRA REBOLLEDO, chileno, vendedor ambulante, soltero, cédula nacional de identidad N°8.900.612-0, con domicilio en calle Volcán Llaima N°01541, comuna de Temuco; y de don RODOLFO VALENTÍN ITURRA REBOLLEDO, chileno, trabajador dependiente, divorciado, cédula de identidad N°8.838.889-5, con domicilio en calle Máximo Ramón Molina N° 930, Barrio Padre Olivier, ciudad de Río Gallegos, Departamento Guer Aike, Provincia de Santa Cruz, Argentina, quienes interpone demanda de designación de juez partidor en contra de don SERGIO ARNALDO ITURRA REBOLLEDO, 11.501.525-7, conforme a los antecedentes de hecho y de derecho que expone en su presentación.- 2.- Con fecha 20 de diciembre de 2022, consta la notificación de la demanda al demandado de autos de forma personal. 3.- Con fecha 29 de diciembre de 2022, a

Fundamentos

CONSIDERANDO: EN CUANTO A LA OBJECIÓN DE DOCUMENTOS FORMULADOS POR LA DEMANDATE CON FECHA 14 DE ENERO 2023. Código: XXCVXFZMWXJ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-2895-2022 PRIMERO: Que, con fecha 14 de enero 2023 a folio 23 la parte demandante objeta el instrumento acompañado por la contraria, denominado: “Ebook de los autos caratulados “Iturra/Iturra, causa rol C-8-2022, del 2° Juzgado Civil de Temuco, quien refiere que el documento no es auténtico y carece del carácter de instrumento público, asimismo señala que fue errada la forma de acompañamiento del documento en autos, según expone en su presentación. La demandada evacuó el traslado conferido solicitando el rechazo de la objeción planteada, con costas. Que para resolver la objeción del documento se tendrá en consideración que el Ebook acompañado en autos corresponde a un expediente cuya tramitación se cursó en el presente tribunal, el documento se acompañó con sus respectivos códigos de verificación, por lo que se pudo comprobar que el Ebook es exacto y se condice con la tramitación registrada en causa rol C-8-2022 de este Tribunal. Por otro lado, en cuanto a la forma de acompañar el documento en cuestión, este ha sido acompañado por la parte demandada con citación, en consecuencia no procede la remisión del expediente según lo alegado por la demandante, toda vez que no existe requerimiento a la vista del expediente de otro tribunal, estando ambas causas radicadas y conocidas por el mismo tribunal, es decir, el 2° juzgado civil de Temuco, ni existe ninguna obligación de hacer un señalamiento específico de las piezas que se acompañan, cuando se ha dicho que se acompaña el Ebook, entendiéndose que se acompaña en su totalidad. En consecuencia se procederá al rechazo de la objeción de los documentos como se dirá en lo dispositivo del fallo. EN CUANTO A LA EXCEPCIÓN DILATORIA DE LITIS PENDENCIA. SEGUNDO: 1°.- Que, con fecha 29 de diciembre de 2022 por minuta escrita comparece el abogado Sergio Mellado Careau, en representación de la demandada, quien opone excepción dilatoria de Litis pendencia, fundada en que en el segundo Juzgado Civil de Temuco, causa ROL: C-8-2022, se seguiría un juicio entre las mismas partes y con la misma causa de pedir, por lo que conforme al Art. 303 N°3 dicha excepción dilatoria debería de ser acogida. 2°.- Que la demandante evacuó el traslado conferido señalando que es de cargo del demandado acreditar la carga de la prueba, agregando que no existe triple identidad porque la causa de pedir no es lo misma, según lo dispone el artículo 177 inciso 3 del Código de Procedimiento Civil,

Fallo

por tanto solicita el rechazo, con costas, y en subsidio, solicita la acumulación de las causas, según indicó en la audiencia, y como fuera aclarado en la resolución de folio 29. 3°.- Que con fecha 29 de diciembre del 2022 la demandada acompañó a estos autos Ebook del expediente caratulado “Iturra/Iturra, causa rol C-8-2022, del 2° Juzgado Civil de Temuco” cuya última gestión que registra es un escrito de reposición con apelación en subsidio, con una última providencia de fecha 08.07.2022 que acoge el recurso de reposición y tiene por no cumplido lo ordenado al demandante por encontrarse extemporánea su presentación de fecha 25.04.2022. 4° Sin perjuicio de lo expuesto anteriormente, este Tribunal advierte que el expediente judicial que la demandada cita en su excepción dilatoria litis pendencia es de competencia de este Segundo Juzgado Civil de Temuco. Dicho lo anterior, se genera consulta interna por sistema del expediente de referencia, para efectos de verificar el estado procesal del mismo. Que la causa rol C-8-2022, del 2° Juzgado Civil de Temuco caratulado “Iturra/Iturra” actualmente se encuentra en estado de archivo con fecha 23.02.2023, además se comprueba que la parte demandante no dio cumplimiento en tiempo y forma de subsanar la presentación de su demanda conforme lo ordenado en resolución de fecha 18.04.2022 que acoge la excepción de ineptitud de libelo interpuesta por la demandada, en Código: XXCVXFZMWXJ Este documento tiene firma electrónica y su original puede

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C-2895-2022 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado Civil de Temucoº CAUSA ROL : C-2895-2022 CARATULADO : ITURRA/ITURRA Temuco, veintid s de Mayo de dos mil veintitr só é VISTOS: 1.- Con fecha 26 de septiembre de 2022, comparece don KLAUS WALTER HENZI PLAZA, Abogado, actuando en representación de doña IBELDA DE LOURDES ITURRA REBOLLEDO, chilena, labores de casa, soltera, cédula naciona

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