PÉREZ/
Rol
V-23-2022
Fecha
19 de mayo de 2023
Materia
OTROS VOLUNTARIOS
Resultado
No especificado
Hechos
VISTO: PRIMERO: Que, a folio 1, con fecha 01 de marzo de 2022, comparece don Enrique Labra Mu ozñ , abogado, domiciliado en calle Montt N 357, oficina 810,º Curic como mandatario judicial y en representaci n de don ó ó ROBERTO ANTONIO PEREZ CHAVEZ, C dula Nacional de Identidad N 12.405.569-5, empresario, casado,é ° con domicilio en calle Los Gomeros N 9 de Villa Los Jardines, Avenida Espa a, Curic ,° ñ ó quien vino en solicitar se ordene al se or Conservador de Bienes Ra ces de Curic ,ñ í ó rectificar la cabida del inmueble de su representado. Funda su presentaci n se alando que consta de los documentos que acompa a,ó ñ ñ que es due o por compra que hiciera a don H ctor An bal Gonz lez Maturana, de lañ é í á propiedad denominada LOTE A, resultante de la subdivisi n de la Parcela 50, deló Proyecto de Parcelaci n San Crist bal, ubicado en la comuna de TENO, provincia deó ó Curic . El predio se encuentra inscrito a fojas 10.425 N 5.347 del Registro deó º Propiedad del Conservador de Bienes Ra ces de Curic del a o 2021. De acuerdo al t tulo inscritoí ó ñ í la propiedad deslinda: NORORIENTE, en una parte con Parcela 48 y Parcela 49 y en otra parte con Lote B de la misma subdivisi n y en otra parte con Bien Com n 2ó ú tranque del Proyecto de Parcelaci n San Crist bal; SURORIENTE, en una parte conó ó Lote B de la misma subdivisi n, en otra parte con Bien Com n 2 tranque del Proyectoó ú de Parcelaci n San Crist bal y en otra parte con Parcela 3 Teniente Cruz rol 74-2;ó ó SURPONIENTE, con Parcela 51 y con camino de las parcelas del Proyecto de Parcelaci n San Crist bal; y, NORPONIENTE, con Parcela 38. La propiedad seó ó describe en el plano que bajo el N 341 se agreg al final del Registro de Propiedad del° ó a o 2000 del Conservador de Bienes Ra ces de Curic . El t tulo inscrito, no se ala lañ í ó í ñ superficie o cabida del mismo, por no ser requisito de la inscripci n.ó Se ala que para efectos del pago del impuesto territorial, figura con el Rol deñ Aval o Fiscal n mero 7
Fundamentos
considerando tercero que: “Como se observa del peritaje antes mencionado, los deslindes del predio permanecen inalterados desde hace largo tiempo; antecedente que constituye un elemento vital, puesto que ellos fijan la extensi n material del derecho real de dominio y ello se traduceó en que su due o lo es de toda la superficie que ellos comprenden. Tales deslindesñ posibilitan la individualizaci n del predio y que se trata de una cosa singular y, enó definitiva, la consagraci n del principio Registral de la Especialidad y determinaci n deló ó inmueble.” As , dada la naturaleza de lo pretendido, resulta indispensable que se emplace aí quienes sean los due os o poseedores inscritos de las propiedades relacionadas, lo queñ resulta de vital importancia, toda vez que determina la cantidad de terreno que fija los l mites de su dominio o posesi n. Ello, por cuanto se pretende establecer la definici ní ó ó perimetral respecto de las propiedades adyacentes, sin ajustarse a la medici n queó pudiera entregarse por parte de los vecinos predios en torno a la fijaci n de sus l mites,ó í lo que acorde a lo dispuesto en el art culo 842 del C digo Civil, debiere debatirse en uní ó procedimiento contencioso y no uno voluntario, el que no supone el emplazamiento de los eventuales afectados D CIMO:É Que, de esta forma, conforme los antecedentes rese ados, noñ habi ndose comprobado la superficie real de la propiedad, y de acuerdo a lo referido ené orden a una eventual afectaci n de derechos de terceros de accederse a la fijaci n de laó ó superficie propuesta, los que no han sido citados al efecto, es que se rechazar la petici ná ó de que se trata. Y visto adem s, lo dispuesto en el art culo 817 y siguientes del C digo deá í ó Procedimiento Civil y art culo 842 del C digo Civil,
Fallo
Fallo de nuestra Ilustr sima Corte de Apelaciones de Talca, de fecha 10 deí julio de 2019 en causa Rol 1447-2018 al exponer en el considerando tercero que: “Como se observa del peritaje antes mencionado, los deslindes del predio permanecen inalterados desde hace largo tiempo; antecedente que constituye un elemento vital, puesto que ellos fijan la extensi n material del derecho real de dominio y ello se traduceó en que su due o lo es de toda la superficie que ellos comprenden. Tales deslindesñ posibilitan la individualizaci n del predio y que se trata de una cosa singular y, enó definitiva, la consagraci n del principio Registral de la Especialidad y determinaci n deló ó inmueble.” As , dada la naturaleza de lo pretendido, resulta indispensable que se emplace aí quienes sean los due os o poseedores inscritos de las propiedades relacionadas, lo queñ resulta de vital importancia, toda vez que determina la cantidad de terreno que fija los l mites de su dominio o posesi n. Ello, por cuanto se pretende establecer la definici ní ó ó perimetral respecto de las propiedades adyacentes, sin ajustarse a la medici n queó pudiera entregarse por parte de los vecinos predios en torno a la fijaci n de sus l mites,ó í lo que acorde a lo dispuesto en el art culo 842 del C digo Civil, debiere debatirse en uní ó procedimiento contencioso y no uno voluntario, el que no supone el emplazamiento de los eventuales afectados D CIMO:É Que, de esta forma, conforme los antecedentes rese ados, noñ habi ndo
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RIT« » Foja: 1 FOJA: 32 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado de Letras de Curicº ó CAUSA ROL : V-23-2022 CARATULADO : P REZ/É Curico, diecinueve de Mayo de dos mil veintitr sé VISTO: PRIMERO: Que, a folio 1, con fecha 01 de marzo de 2022, comparece don Enrique Labra Mu ozñ , abogado, domiciliado en calle Montt N 357, oficina 810,º Curic como mandatario judicial y en representa
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