VARGAS/:MANUEL ALONSO NEIRA PEZOA COMERCIALIZADORA AVICOLA E.I.R.L.
Rol
M-170-2023
Fecha
19 de octubre de 2023
Materia
Despido injustificado, Nulidad del despido
Resultado
No especificado
Hechos
HECHOS NO CONTROVERTIDOS X · FIJA HECHOS A PROBAR X · INCORPORACIÓN PRUEBA DEMANDANTE Y DEMANDADA X · SENTENCIA X · La audiencia se lleva a efecto de manera presencial, dejando constancia que se ha acreditado la identidad de los comparecientes, previa exhibición de la cédula de identidad a la encargada de acta. · Escrito de cumple lo ordenado de la parte demandada A lo principal: Por acompañada. Al primer otrosí: Téngase presente, sólo respecto de las resoluciones que el tribunal expresamente determine. Al segundo otrosí: Téngase presente el patrocinio. Al tercer otrosí: Por acompañada la minuta. · Relación de la demanda Por economía procesal y en acuerdo con las partes, se omite la lectura de la demanda, por ser conocida por los intervinientes, teniéndosele por incorporada y ratificada. · Contestación Vengo en contestar demanda en procedimiento monitorio por declaración de la existencia de la relación laboral, despido injustificado, nulidad del despido y demás prestaciones, interpuesta por don Yonatan Alberto Vargas Castro, en contra de mi representada, ya individualizada en autos, oponiéndome completamente a la misma y solicitando su total rechazo, con costas, por carecer de
Fundamentos
motivos plausibles para litigar, en virtud de los argumentos de hecho y derecho que paso a exponer a continuación: I.- DE LA DEMANDA INTERPUESTA Sin ser totalmente ininteligible, y sin alegar la ineptitud del libelo, de la sola lectura de la demanda, se desprende claramente que el relato es del todo vago, inconexo, carente de sentido y precisión, ya que no expone sus pretensiones fundamentadas de forma clara, elocuente y concordante con las acciones que solicita, en virtud de ello, sus solicitudes malamente podrán ser acogidas por S.S., por carecer de fundamentos válidos, reales y de un correcto planteamiento formal de la demanda, a saber: 1.- Refiere que habría comenzado a prestar funciones como auxiliar de aseo para mi representada con fecha 05 de noviembre de 2022. 2.- Que habría percibido una remuneración para efectos del artículo 172 del Código del Trabajo, de una suma equivalente a $600.000.- 3.- Que el término de la relación laboral se habría producido el 18 de marzo de 2023, de formar verbal sin causa alguna y carente de todas las formalidades de ley. 4.- Fundamenta su demanda en que supuestamente el despido seria injustificado. II.- CONTESTA DEMANDA: En primer término, esta parte niega todos y cada uno de los fundamentos y la descripción de los hechos supuestamente acaecidos y que derivaron, según los dichos del actor, en un despido injustificado, conforme lo señala expresamente en su libelo, excepto las expresamente reconocidas, según los antecedentes fácticos de hecho y de derecho que se exponen a continuación: 1.- De la supuesta relación laboral sostenida entre las partes: - No es efectivo que entre mi representado y el actor haya existido una relación de carácter laboral. - No es efectivo que el trabajador percibiera una remuneración fija de $600.000. - No es efectivo que el acto haya cumplido una jornada de trabajo. - No es efectivo que mi representado adeude cotizaciones previsionales. - No es efectivo que mi representado adeude las prestaciones e indemnizaciones que se reclaman. - El trabajador es sobrino de una amiga de mi representado, y en ese contexto es que en algunas oportunidades se le solicitó realizar labores puntuales de traslado de pedidos, cuando requería una entrega urgente. Así las cosas, se le solicitaba de forma puntual que retirar los pedidos de la empresa y se los llevara a algunos clientes, siempre de forma eventual. Jamás se le exigió cumplir un horario, nunca cumplió una jornada de trabajo y solo se le pagaba por los traslados específicos que se le solicitaban, lo que en ningún caso eran habituales. Así, en el mes de marzo de 2023, el actor chocó un vehículo tipo Van, año 2022, dejándola abandonada en el taller ubicado en Camino a la Montaña con Camino a Coquimbo, comuna de Lampa. Al solicitarle explicaciones y que cubriera los gastos de reparación del vehículo, desapareció, nunca más contestó los llamados, ni se volvió a comunicar con mi representado. En resumen S.S. no es efectivo que entre mi r
Fallo
POR TANTO, RUEGO A S.S.: tener por contestada la demanda, solicitando además su más absoluto rechazo con expresa condenación en costas. · Excepción de compensación La parte demandante solicita el total rechazo de la excepción interpuesta en vista de que los argumentos no tienen relación como la relación laboral como tal, por lo tanto, no tendría tampoco cabida dentro de las indemnizaciones que se están solicitando respecto a la relación laboral ni tampoco respecto al no pago de las cotizaciones previsionales y eventual sanción del artículo 162, por tanto, se solicita el rechazo de la excepción de compensación con expresa condenación en costas por no tener ningún tipo de cabida respecto de los argumentos planteados para que se convalide algún monto respecto a un supuesto accidente de tránsito que supuestamente está en contra de mi representado; en vista de la prueba presentada, los dichos en la contestación de la demanda, tampoco existe ningún parte policial, conversación o algo que acredite que este accidente de tránsito tenga relación con mi representado, por tanto, se pide el rechazo. · Demanda reconvencional Evacuando el traslado la parte demandante (demandada reconvencional) señala que esta no es la sede donde se debe discutir este tipo de conflictos, para eso existe Policía Local o Juzgado Civil donde pueden demandar algún tipo de gastos, daño o indemnización por algún accidente de tránsito y definitivamente tampoco tiene ningún tipo de relación con la relación laboral
Texto Completo (Preview)
ACTA DE AUDIENCIA UNICA DE CONCILIACIÓN Y PRUEBA DE PROCEDIMIENTO MONITORIO FECHA 12/10/2023 RUC 23- 4-0489452-8 RIT M-170-2023 MAGISTRADO AMÉRICA ANTONIA ROJAS ROJAS ADMINISTRATIVO DE ACTAS PRISCILA SILVA SANTANDER MODO DE AUDIENCIA PRESENCIAL HORA DE INICIO 12:36 HORAS HORA DE TERMINO 15:53 HORAS Nº REGISTRO DE AUDIO 2340489452-8-387 PARTE DEMANDANTE COMPARECIENTE NO COMPAREC
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica