2º Juzgado Civil de Temuco

BANCO DE CREDITO E INVERSIONES/AGUILERA

Rol

C-3800-2017

Fecha

18 de mayo de 2023

Materia

PAGARÉ, COBRO DE

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS Con fecha 22 de agosto de 2017 comparece don RICARDO ANDRÉS FONSECA GOTTSCHALK, abogado, cédula nacional de identidad N° 9.311.171- 0, domiciliado en Manuel Bulnes Nº 368, oficina 705, Temuco, con mandato y en representación de Banco de Crédito e Inversiones, sociedad anónima bancaria del giro de su denominación, representada legalmente por el señor Gerente General don Eugenio von Chrismar Carvajal, ingeniero civil, domiciliados en Agustinas Nº1.070, Piso 2, Ala Sur, Santiago, Región Metropolitana, quien deduce demanda ejecutiva en contra de don GERALD RODRIGO AGUILERA BUSTOS, ignoro profesión, domiciliado en Las Guitarras Población Los Castaños, labranza y/o en la Lechería 0296, de la ciudad de Temuco, por las razones de hecho y de derecho que en su libelo expone. Con fecha 02 de marzo de 2023, a folio 9, el ejecutado se da por notificado y requerido de pago y opone excepciones a la ejecución. Con fecha 27 de abril de 2023, a folio 16, el ejecutante evacúa traslado a las excepciones allanándose a estas. Con fecha 02 de mayo de 2023, a folio 17, se citó a las partes a oír sentencia. CON LO RELACIONADO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO PRIMERO: Que, con fecha 22 de agosto de 2017 comparece don RICARDO ANDRÉS FONSECA GOTTSCHALK, abogado, cédula nacional de identidad N° 9.311.171-0, domiciliado en Manuel Bulnes Nº 368, oficina 705, Temuco, con mandato y en representación de Banco de Crédito e Inversiones, sociedad anónima bancaria del giro de su denominación, representada legalmente por el señor Gerente General don Eugenio von Chrismar Carvajal, ingeniero civil, domiciliados en Agustinas Nº 1.070, Piso 2, Ala Sur, Santiago, Región Metropolitana, deduce demanda ejecutiva en contra de don GERALD RODRIGO AGUILERA BUSTOS, ignoro profesión, domiciliado en Las Guitarras Población Los Castaños, labranza y/o en la Lechería 0296, de la ciudad de Temuco, por las razones de hecho y de derecho que en su libelo expone al siguiente tenor: “Según da cuenta el título suscrito con fecha 02 de noviembre del 2016, el deudor se obligó a pagar a la orden del Banco de Crédito e Inversiones, en su domicilio ubicado en Avenida El Golf Nº 125, Comuna de Las Condes, Santiago, o en cualquiera de sus sucursales, la suma de $4.814.444.- El capital adeudado se pagaría en 48 cuotas mensuales, iguales y sucesivas, de $100.301-, cada una, con vencimiento la primera de ellas el día 07 de diciembre del 2016 y las restantes los días 07 de cada mes, venciendo la última de ellas el día 09 de noviembre del 2020.- El capital adeudado devengaría a partir de esta fecha una tasa de interés de 0% mensual, vencido durante todo el plazo pactado. Por su parte, los intereses Código: BJDXXFXXXZX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-3800-2017 Foja: 1 se pagarían en las mismas fechas señaladas para las amortizaciones de capital, siempre que este correspondiera a un día hábil bancario, en caso contrario se pagarían el día hábil bancario siguiente. Se estipulo en el pagare que el no pago oportuno de cualquiera de las cuotas de capital y/o de intereses comprendidos en esta obligación, dará derecho al acreedor a hacer exigible de inmediato y anticipadamente el monto total del saldo insoluto adeudado a esa fecha, el que desde esa misma fecha se considerará de plazo vencido y devengará a favor del acreedor o de quien sus derechos represente, el interés máximo convencional que rija durante la mora o simple retardo. El deudor no pagó la cuota correspondiente al 07 de junio del 2017, por lo que se ha hecho exigible por medio de la presente demanda el total de la obligación que asciende a esta fecha a 03 cuotas en mora, por un valor de $100.301, lo que hace un subtotal de $300.903, más 39 cuotas capital, por un monto de $100.301 cada una, lo que hace un subtotal de $3.911.739-, más los intereses ya referidos y costas que dicha deuda genere, hasta el pago total de lo adeudado, de conformidad a lo establecido en el propio pagaré que se acompaña y a la ley. La firma del suscriptor del referido pagaré, fue autorizada por Notario público, según consta del mismo, que

Fallo

POR TANTO: Con el mérito de lo expuesto, documento que se acompaña, y atendido lo dispuesto en los artículos 434 y siguientes del Código de Procedimiento Civil. A US. PIDO, se sirva tener por interpuesta demanda ejecutiva en contra de don GERALD RODRIGO AGUILERA BUSTOS, ya individualizado, y disponer que se despache en su contra mandamiento de ejecución y embargo por la suma de $4.212.642, más intereses pactados y costas, y en definitiva resolver, que debe hacerse exigible por medio de la presente demanda el total de la deuda, como si fuere de plazo vencido”. SEGUNDO: Que, con fecha 02 de marzo de 2023, comparece don GERALD RODRIGO AGUILERA BUSTOS cédula nacional de identidad N°15.987.729-9, con domicilio solo para estos efectos en calle Amunategui N° 87, comuna de Santiago, Región Metropolitana, quien opone la excepción del N° 17 del artículo 464 del Código de Procedimiento Civil; “la prescripción de la deuda o solo de la acción ejecutiva”, a la presente ejecución al siguiente tenor: “Banco de Créditos e Inversiones (BCI) señala ser titular del crédito contenido en pagaré en cuotas N° D24710779746, de fecha 02-11-2016, por la suma de $4.814.444 concepto de capital La demandante arguye en su libelo, que el deudor dejó de pagar la cuota con vencimiento correspondiente al 07 de junio de 2017, y siguientes. De modo que con fecha 22 de agosto de 2017, la demandante, haciendo ejercicio de la cláusula de aceleración contenida en el pagaré, presenta su demanda a distribución, y en

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C-3800-2017 Foja: 1 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado Civil de Temucoº CAUSA ROL : C-3800-2017 CARATULADO : BANCO DE CREDITO E INVERSIONES/AGUILERA Temuco, dieciocho de Mayo de dos mil veintitr sé VISTOS Con fecha 22 de agosto de 2017 comparece don RICARDO ANDRÉS FONSECA GOTTSCHALK, abogado, cédula nacional de identidad N° 9.311.171- 0, domiciliado en Manuel Bulnes Nº 368, oficin

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