Juzgado de Letras y Garantía Mejillones

MINERA SPENCE S.A./

Rol

V-175-2020

Fecha

17 de mayo de 2023

Materia

MINERA, MANIFESTACIÓN (CONCESIÓN PARA EXPLOTACIÓN)

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que don José Monrroy Licuime, chileno, abogado, soltero, en representación de Minera Spence S.A, ambos domiciliados en Sucre N°220, Oficina 507, comuna de Antofagasta, presentó manifestación minera con fecha 25 de agosto de 2020 por la Oficina Judicial Virtual de este tribunal, para constituir concesión minera de explotación. El punto de interés de esta manifestación se ubica, en la comuna de Mejillones, siendo sus coordenadas U.T.M. Norte 7.449.500,00 metros y Este 376.750,00 metros Este. Solicitando se conceda 30 pertenencias de 5 hectáreas cada una, que se denominara “CENTAURO C8 1 AL 30”, la cara superior de cada una de dichas pertenencias comprenderá una superficie de 5 hectáreas, siendo un total de 150 hectáreas. El terreno manifestado configura un rectángulo, trazado imaginariamente en el plano horizontal, orientación Norte-Sur U.T.M. que mide 1.000 metros y orientación Este-Oeste que mide 1500. Indica que haciendo uso del derecho que le confiere a su representada la concesión de exploración “CENTAURO C8”, sentencia que fue pronunciada con fecha 11 de diciembre de 2018, por el Juzgado de Letras y Garantía de Mejillones, en autos V-89-2018, inscrita a fojas 109 N°52 en el Registro de Descubrimientos del Conservador de Minas de Mejillones del año 2019; solicita, se tenga por presentada la manifestación, y se ordene su inscripción y publicación. SEGUNDO: Que las publicaciones de la manifestación y de la solicitud de mensura se practicaron el 14 de septiembre de 2020 y el 12 de abril de 2021, en el ejemplar N° 42.750 y Nº 42.927 en el Boletín Oficial de Minería, según consta en copias agregadas digitalmente con fechas 30 de marzo de 2021 y 14 de mayo de 2021 respectivamente; inscribiéndose a fojas 577 N° 234, del Registro de Descubrimientos del año 2020 del Conservador de Minas de Mejillones, conforme copia agregada digitalmente con fecha 30 de marzo de 2021. TERCERO: Que las coordenadas U.T.M. de cada uno de los vértices d

Fundamentos

considerando que, del análisis de los antecedentes que obran en autos y el mérito del informe técnico del Servicio Nacional de Geología y Minería, la presente causa se ajusta plenamente a la Ley, sin que Código: XDPTXFWBFHX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl existan vicios procesales, ni otras causales que ameriten la denegación de la concesión de explotación o la declaración de caducidad, por lo que es procedente acceder a lo solicitado. Y visto, además, lo dispuesto en los artículos 34 y siguientes, 59, 60, 71 y siguientes, 83, 84, 85, 86, 87, 88, 89, 90 y 95 del Código de Minería, 42, 43, y 44 de su reglamento;

Fallo

por lo expuesto, en el curso de la tramitación no se advierten faltas o ilegalidades. OCTAVO: Que con fecha 18 de abril de dos mil veintitrés, se trajeron los autos para fallo. Con lo relacionado y considerando que, del análisis de los antecedentes que obran en autos y el mérito del informe técnico del Servicio Nacional de Geología y Minería, la presente causa se ajusta plenamente a la Ley, sin que Código: XDPTXFWBFHX Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl existan vicios procesales, ni otras causales que ameriten la denegación de la concesión de explotación o la declaración de caducidad, por lo que es procedente acceder a lo solicitado. Y visto, además, lo dispuesto en los artículos 34 y siguientes, 59, 60, 71 y siguientes, 83, 84, 85, 86, 87, 88, 89, 90 y 95 del Código de Minería, 42, 43, y 44 de su reglamento; SE DECLARA: I. Que, SE APRUEBA, el acta y el plano de mensura de las pertenencias de concesión de explotación denominada “CENTAURO C8 1 AL 30”, agregado digitalmente con fecha 23 de noviembre de 2021 a folio 17. II. Que, SE DECLARA CONSTITUIDA, a favor de la solicitante MINERA SPENCE S.A, representada por José Monrroy Licuime, abogado, la concesión de explotación denominada “CENTAURO C8 1 AL 30”, de 150 hectáreas de superficie. Extráctese la presente sentencia en los términos del artículo 90 del Código de Minería y publíquese en el Boletín Oficial de Minería dentro del plazo de 120 días contados desde

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NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : Juzgado de Letras y Garant a Mejillonesí CAUSA ROL : V-175-2020 CARATULADO : MINERA SPENCE S.A./ Mejillones, diecisiete de mayo de dos mil veintitrés. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que don José Monrroy Licuime, chileno, abogado, soltero, en representación de Minera Spence S.A, ambos domiciliados en Sucre N°220, Oficina 507, comuna de Antofagasta, pr

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