Juzgado de Letras del Trabajo de Punta Arenas

IGOR/RECURSOS PORTUARIOS Y ESTIBAS LTDA

Rol

M-83-2023

Fecha

13 de octubre de 2023

Materia

Despido injustificado, Prestaciones

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS Y

Fundamentos

CONSIDERANDO PRIMERO: Que, comparece don Rafael Igor Luis Ampuero, cédula de identidad Nro. 13.001.264-7, quien interpone demanda por despido injustificado y cobro de prestaciones contra Recursos Portuarios y Estibas Ltda. representada por doña María Soledad Urenda del Campo, cédula de identidad Nro. 13.989.421-9, domiciliada en Urreola Nro. 87, piso 1, Valparaíso. Indica que fue contratado el 04 de mayo de 2022, para desarrollar el trabajo de operador de quipo mayor, en la Obra Servicio de Operación de Faena Guarello 2022-2031 Nro. 4643003975, obra que se desarrollara en la región de Magallanes. Refiere que la jornada de trabajo era por turno de 24 días de trabajo por 30 de descanso, y dos días de traslados, distribuidos en tres sub ciclos de seis días de trabajo por uno de descanso, según detalla, de lunes a sábado de 08:30 a 17:36 horas. Expresa que su remuneración para los efectos del artículo 172 del Código del Trabajo ascendía a la suma de $2.265.918.-, y que el contrato tenía el carácter de indefinido. Sostiene que en octubre e 2022, la empresa notifico que pagaría a partir del mes de diciembre de 2022, un bono por concepto de atención de nave, sin explicar el detalle y la forma de devengo, así en diciembre recibió la suma de $590.877.- Así demanda el proporcional de enero de junio de 2023. Señala que en el mes de julio de 2023, recibe carta que pone termino a la relación laboral por la causal contemplada en el artículo 161 inciso 1 del Código del Trabajo, argumentando e manera genérica la reestructuración. Indica que el 27 de julio concurrió a la Inspección del Trabajo, citando a comparendo de conciliación el 08 de agosto, y sin bien compareció personal de la empresa no hubo acuerdo. Cita lo dispuesto en el artículo 161 inciso 1 del Código del Trabajo, y la sentencia de fecha 17 de enero de 2023, Rol Nro.87286-2021, de la Excma. Corte Suprema. Solicita como peticiones concretas: 1) El pago del recargo legal del 30%, por la suma de $679.775.-; 2) La restitución del descuento realizado por aporte a seguro de cesantía por $653.871.-; 3) El pago del bono atención nave por $1.120.000.-; 4) Reajustes e intereses; 5) Costas. Solicita en definitiva, tener por interpuesta demanda por despido injustificado y cobre de prestaciones, y se declare que el despido es injustificado, y se condene el pago de las peticiones concretas señaladas. SEGUNDO: Que, con fecha 28 de septiembre de 2023, fue notificada la demandada. TERCERO: Que, con fecha 10 de octubre de 2023, tuvo lugar audiencia única, sólo con la comparecencia de la parte demandante encontrándose emplazada la demandada. En audiencia se tuvo por evacuada la contestación de la demanda en rebeldía y por frustrado el llamado a conciliación. Junto con lo anterior se establecieron como hechos a probar: 1) Existencia de relación laboral bajo vínculo de subordinación y dependencia; 2) Términos y condiciones de la relación laboral; 3) Efectividad de la causal de despido invocada para poner térm

Fallo

por tanto, faltando una de ellas la controversia puede ser despegada a partir del uso de la facultad que contempla la Ley, y por tanto, resultando los hechos de la demanda plausibles y coherentes, se hará uso de aquella estimándolos como tácitamente admitidos. NOVENO: Que, de acuerdo a lo expresado en los considerandos se procederá a establecer la remuneración del actor para los efectos del artículo 172 del Código del Trabajo en los términos peticionados, ello en atención a que así fue afirmado en la demanda, que resultó ser adecuada a la información consignada en las liquidaciones incorporadas. Adicionalmente, no habiendo acreditado la demandada el pago de las prestaciones reclamadas, se dará lugar a ellas en los términos que se expondrán en la parte resolutiva. DÉCIMO: Que, respecto del bono se atención de nave, en atención a que fue pagado en el mes de diciembre 2022, otorgado en octubre de 2022, de acuerdo a los dichos del actor, se procederá a partir de aquello a establecer un otorgamiento trimestral, y por tanto a reconocerlo en los montos que fue peticionado por el actor. UNDÉCIMO: Que, estableciendo que el despido del actor es injustificado, se procederá a acceder a la pretensión del incremento del 30% de la indemnización por años de servicios, y a la restitución del descuento realizado por aporte al seguro de cesantía, en atención a lo resuelto en sentencia de fecha 28 de marzo de 2023, en causa Rol Nro. 137.686-2022, de la Excma. Corte Suprema, en los términos pe

Texto Completo (Preview)

“IGOR AMPUERO, RAFAEL LUIS contra RECURSOS PORTUARIOS Y ESTIBA LTDA.” Punta Arenas, trece de octubre de dos mil veintitrés. VISTOS Y CONSIDERANDO PRIMERO: Que, comparece don Rafael Igor Luis Ampuero, cédula de identidad Nro. 13.001.264-7, quien interpone demanda por despido injustificado y cobro de prestaciones contra Recursos Portuarios y Estibas Ltda. representada por doña María Soledad Urenda

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica