2º Juzgado Civil de Santiago

DELGADO/PROMOTORA CMR FALABELLA S.A.

Rol

C-15209-2022

Fecha

15 de mayo de 2023

Materia

PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Con fecha 19 de diciembre de 2022, comparece ALEX FRANCISCO DELGADO CORTEZ, trabajador dependiente, domiciliado para estos efectos en calle Hu rfanos # 1373, oficina 1304, comuna de Santiago, quien interpone demanda deé prescripci n en juicio ordinario de menor cuant a en contra de PROMOTORA CMRó í FALABELLA S.A, persona jur dica del giro de su denominaci n, representadaí ó legalmente por don Gast n Bottazzini, ambos domiciliados en calle Moneda 970, pisoó 18, comuna y ciudad de Santiago. Expone con el fecha 11 de mayo de 2020 suscribi ó pagar N é ° 01759441, por la suma de $4.491.264.- en favor de la demandada, quien no inici acci n judicial algunaó ó en su contra para el cobro de las cuotas morosas del pagar , dentro del plazo queé establece la Ley 18.092 sobre Letras de Cambio y Pagar s.é Previa cita de los art culos 98 y 100 de la Ley 18.092, y art culos 2492, 2493,í í 2514 y 2515 del C digo Civil, solicita en definitiva declarar que las acciones legales paraó el cobro de las cuotas morosas de pagar y/o pagar s, se encuentran prescritas por noé é haber ejercido las acciones y derechos dentro del plazo que confiere la ley, con costas. Con fecha 1 de marzo de 2023, se notifica la demanda y su prove do.í Con fecha 6 de marzo de 2023, la demandada se allana a la declaraci n deó prescripci n de la acci n cambiaria emanada del pagar N 01759441, individualizado enó ó é º la demanda de autos, y solicita se le exima del pago de costas. Con fecha 8 de marzo de 2023, se cit a las partes a o r sentencia.ó í

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que el demandante solicita se declare la prescripci n extintiva deó las acciones cambiarias emanadas del pagar N é ° 01759441, suscrito con fecha 11 de mayo de 2020 por la suma de $4.491.264, a favor de la demandada Promotora CMR Falabella. SEGUNDO: Que legalmente emplazada, la demandada se allana a la pretensi nó del actor en cuanto a la prescripci n del pagar N 01759441, individualizado en laó é º demanda de autos. TERCERO: Que del m rito del documento acompa ado en autos, se desprendeé ñ que con fecha 11 de mayo de 2020 el ahora demandante Alex Delgado Cortez -– suscribi un pagar a favor de la aqu demandada Promotora CMR Falabella S.A. -,ó é í – por la suma de $4.491.264.-, capital que devengar a en caso de mora o simple retardoí en el pago de todo o parte del capital, por todo el lapso que dure la mora o el retardo, Código: QSELXFSXXLG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-15209-2022 el inter s m ximo que la ley permite estipular. La cantidad adeudada reconoce comoé á fecha de vencimiento el d a 12 de mayo de 2020.í CUARTO: Que el actor pretende la prescripci n extintiva de la acci nó ó cambiaria emanada de un pagar , por lo que corresponde aplicar la Ley N 18.092, queé ° dicta normas sobre letra de cambio y pagar y deroga disposiciones del C digo deé ó Comercio. El art culo 107 de la ley referida, hace aplicables al pagar , en lo que no seaní é contrarias a su naturaleza, las disposiciones relativas a la letra de cambio, dentro de las cuales se encuentra el art culo 98, que establece la siguiente regla de prescripci n de laí ó acci n cambiaria: ó “El plazo de prescripci n de las acciones cambiarias del portadoró contra los obligados al pago es de un a o, contado desde el d a del vencimiento delñ í documento. ; por su parte, el art culo 100 del citado cuerpo legal se ala que dicha” í ñ prescripci n se interrumpe s lo respecto del obligado a quien se notifique la demandaó ó judicial de cobro. QUINTO: Que, conforme a lo razonado y del m rito del instrumentoé acompa ado, surge que computando el plazo de prescripci n de un a o que consagra elñ ó ñ art culo 98 de la Ley N 18.092, desde el vencimiento del pagar acaecido el 12 deí ° é mayo de 2020, ste ha transcurrido latamente a la fecha de notificarse la demanda el d aé í 1 de marzo de 2023, por lo que cabe acoger la pretensi n del actor en cuanto declararó prescrita la acci n cambiaria, sin costas, por haber mediado el total allanamiento de laó parte demandada.

Fallo

POR ESTAS CONSIDERACIONES, y visto, adem s, lo dispuesto en losá art culos 2.492, 2.493, 2.514 y 2.515 del C digo Civil; 98 y 107 de la Ley N 18.092;í ó ° 144, 160, 170, 254, 703 y siguientes del C digo de Procedimiento Civil; ó SE DECLARA: I.- Que SE ACOGE la demanda de prescripci n extintiva de folio 1, en cuantoó se declara prescrita la acci n cambiaria para el cobro del Pagar ó é N 01759441 º suscrito por el demandante ALEX FRANCISCO DELGADO CORTEZ a favor de la demandada PROMOTORA CMR FALABELLA S.A, con fecha 11 de mayo de 2020, por la suma capital de $4.491.264.- II.- Que no se condena en costas a la parte demandada, por haberse allanado a la prescripci n alegada por el actor.ó REGISTRESE Y NOTIFIQUESE. ROL C-15209-2022 DICTADA POR MANUEL FIGUEROA SALAS, JUEZ TITULAR DEL SEGUNDO JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, quince de Mayo de dos mil veintitr sé Código: QSELXFSXXLG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-15209-2022 Código: QSELXFSXXLG Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-05-15T12:59:08-0400

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C-15209-2022 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 2 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-15209-2022 CARATULADO : DELGADO/PROMOTORA CMR FALABELLA S.A. Santiago, quince de Mayo de dos mil veintitr s.é VISTOS: Con fecha 19 de diciembre de 2022, comparece ALEX FRANCISCO DELGADO CORTEZ, trabajador dependiente, domiciliado para estos efectos en calle Hu rfanos # 1373, oficina 1304, comuna de S

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