30º Juzgado Civil de Santiago

PRADO/ILUSTRE COMUNA DE MAIPÚ

Rol

C-1914-2023

Fecha

11 de mayo de 2023

Materia

PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS Con fecha 6 de febrero de 2023, comparece doña Constanza Cecilia Prado Díaz, con domicilio en Leonidas N°1.526, Villa El Toro, comuna de Maipú, quien deduce demanda de prescripción extintiva de la acción de cobro de derechos de aseo municipal, en contra de la Ilustre Municipalidad de Maipú, persona jurídica de Derecho Público, representada legalmente por don Tomás Vodanovic Escudero, alcalde, ambos con domicilio en Avenida Cinco de Abril 260, Maipú. Indica que es dueña del inmueble ubicado en Leonidas N°1.526, Villa El Toro, comuna de Maipú, y que respecto de dicha propiedad, existen derechos de aseo que se encuentran pendientes de pago, desde el 30 de abril del 2001 al 30 de noviembre del 2022. Expone que existe un período de derechos de aseo pendientes de pago, que abarca desde el 30 de abril del 2001 al 30 de noviembre del 2005, respecto del cual ha transcurrido un plazo superior al establecido por la ley para que se declare la prescripción de la acción de cobro de dichos derechos de aseo municipal, con sus respectivos reajustes, intereses y multas. Cita los artículos 2493, 2514 y 2515 del Código Civil. Indica que esta acción tiene por objeto, obtener una sentencia declarativa, mediante la cual se determine dos cosas. En primer lugar, declarar la inactividad del acreedor, en este caso, la Ilustre Municipalidad de Maipú, la cual no ha procedido a efectuar el cobro de la obligación consistente en el pago de los derechos de aseo Código: PSXTXFXXVXF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl municipal, cumpliendo así con lo establecido en el artículo 2514 del Código Civil, el cual dispone que: “La prescripción que extingue las acciones y derechos ajenos exige solamente cierto lapso de tiempo, durante el cual no se hayan ejercido dichas acciones. Se cuenta este tiempo desde que la obligación se haya hecho exigible”. En segundo lugar, que se declare que ha transcurrido un plazo superior a los cinco

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que doña Constanza Cecilia Prado Díaz interpuso demanda de declaración de prescripción extintiva de acción de cobro de derechos de aseo domiciliarios en contra de la Ilustre Municipalidad de Maipú, todos ya individualizados, en atención a los antecedentes de hecho y fundamentos de derecho señalados en lo expositivo de la presente sentencia. SEGUNDO: Que, por su parte, la demandada en su escrito de contestación de folio 11, se allanó íntegramente a la acción deducida. TERCERO: Que la demandante acompañó en el folio 1, los siguientes documentos: 1. Estado de cuenta de aseo domiciliario, respecto del inmueble ubicado en Leonidas 1526, comuna de Maipú, emitido con fecha 23 de septiembre de 2022 por la Ilustre Municipalidad de Maipú. 2. Certificado de dominio vigente del inmueble inscrito a fojas 21782 número 31270 del año 2016 del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, en el que figura la demandante como dueña. 3. Certificado de avalúo fiscal del inmueble en cuestión, correspondiente al segundo semestre 2022. 4.- Certificado de residencia de la demandante, emitido por la Junta de Vecinos Santiago Bueras, con fecha 4 de octubre de 2022. CUARTO: Que para una acertada resolución del asunto sometido al conocimiento y decisión de este Tribunal, es menester analizar la normativa legal que al efecto establece nuestro ordenamiento jurídico. El artículo 2492 del Código Civil indica que la prescripción extintiva es un modo de extinguir las acciones y derechos ajenos, por no haberse ejercido dichas acciones y derechos durante cierto lapso Código: PSXTXFXXVXF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl de tiempo y concurriendo los demás requisitos legales; el artículo 2514 de la señalada compilación legal agrega que la prescripción que extingue las acciones y derechos ajenos exige solamente cierto lapso de tiempo, durante el cual no se hayan ejercido dichas acciones y que él se cuenta desde que la obligación se haya hecho exigible. A su turno, el artículo 2493 de la referida recopilación establece que el que quiera aprovecharse de la prescripción debe alegarla, y luego el artículo 2521 del citado código señala que prescriben en tres años las acciones a favor o en contra del Fisco y de las Municipalidades provenientes de toda clase de impuestos. QUINTO: Que conforme a los artículos 5 y 6 del Decreto Ley N° 3063, sobre Rentas Municipales, esta magistratura estima que la obligación de cuya prescripción se trata corresponde a la renta producida por un servicio público municipal (el de extracción de residuos sólidos domiciliarios), de modo que no resulta aplicable, en la especie, el plazo prescrito en el artículo 2521 del Código Civil, pues no se trata de ninguna clase de impuestos. A mayor abundamiento es el mismo Decreto Ley N° 3063 el que hace una clara diferenciación entre impuesto y derecho, al establecer un título completo relativo a la regulac

Fallo

Por estas consideraciones y visto lo dispuesto en los artículos 2492, 2493, 2497, 2514 y 2515 del Código Civil; 144, 160, 170 y 254 del Código de Procedimiento Civil; se resuelve: I. Que se acoge la demanda de fecha 6 de febrero de 2023, en el sentido que se declara prescrita la acción de cobro de la deuda por concepto de derechos de aseo domiciliario respecto del inmueble ubicado en Leonidas N°1.526, Villa El Toro, comuna de Maipú, correspondiente a las cuotas vencidas entre el 30 de abril del 2001 y el 30 de noviembre del 2005, ambas inclusive. II. Que cada parte asumirá sus costas. Regístrese, notifíquese y archívese en su oportunidad. Rol C-1914-2023 Pronunciada por doña Daniela Royer Faúndez, Juez Titular. Código: PSXTXFXXVXF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl En Santiago, a once de Mayo de dos mil veintitr sé , se notific por el estadoó diario, la resoluci n precedente.ó Código: PSXTXFXXVXF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl 2023-05-11T10:39:16-0400

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FOJA: 12 .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 30º Juzgado Civil de Santiago CAUSA ROL : C-1914-2023 CARATULADO : PRADO/ILUSTRE COMUNA DE MAIPÚ Santiago, once de Mayo de dos mil veintitr sé VISTOS Con fecha 6 de febrero de 2023, comparece doña Constanza Cecilia Prado Díaz, con domicilio en Leonidas N°1.526, Villa El Toro, comuna de Maipú, quien deduce demanda de prescripción extintiva de la

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