6º Juzgado Civil de Santiago

GUERRERO/I.MUNICIPALIDAD DE MAIPU

Rol

C-5031-2023

Fecha

11 de mayo de 2023

Materia

PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT

Resultado

No especificado

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Hechos

VISTOS: Que, a fojas 1, comparece Francisco Antonio Guerrero Briones, Pensionado, con domicilio en calle La Galaxia N 01321, Villa Pehu n, comuna de Maip e interpone° é ú demanda de prescripci n extintiva de la acci n de cobro de derechos de aseo municipal,ó ó en contra de la Ilustre Municipalidad de Maipú, representada legalmente por su alcalde Tom s Vodanovic Escuderoá , domiciliado en Avenida Cinco de Abril N 0260, comuna° de Maip .ú Fundamenta su presentaci n, se alando que es residente y due o del inmuebleó ñ ñ ubicado en calle La Galaxia N 01321, Villa Pehu n, comuna de Maip y que tal como° é ú lo indica Estado de cuenta de Aseo domiciliario, que acompa a, emitido por la Ilustre“ ñ Municipalidad de Maip registra un per odo de derechos de aseo pendientes de pago,ú í que abarca desde el 30 de abril de 2007 hasta el 30 de noviembre del a o 2017,ñ respecto del cual, ha transcurrido un plazo superior al establecido por la ley para que se declare la prescripci n de la acci n de cobro de dichos derechos de aseo municipal, conó ó sus respectivos reajustes, intereses y multas. Previas citas de los art culo 2493, 2514 y 2515 del C digo Civil, alega se declareí ó la inactividad del acreedor, en este caso, la Ilustre Municipalidad de Maip , la cual noú ha procedido a efectuar el cobro de la obligaci n consistente en el pago de los derechosó de aseo municipal y la prescripci n extintiva de la acci n de cobro de los derechos deó ó aseo municipal, comprendidos entre el 30 de abril de 2007 hasta el 30 de noviembre del a o 2017, ascendentes a la suma de ñ $1.115.292.- Finalmente, solicita se tenga por interpuesta demanda ordinaria de declaraci n deó prescripci n extintiva de acciones en contra de la Ilustre Municipalidad de Maip , yaó ú individualizada, y en definitiva declarar la prescripci n extintiva de las acciones de cobroó de derechos de aseo municipal impagos, m s sus respectivos reajustes, intereses yá eventuales multas, por el per odo comprendido entre el 30 de abril

Fundamentos

CONSIDERANDO PRIMERO: Que a fin de acreditar la efectividad de que las acciones emanadas de la deuda referida se encuentran prescritas, consta Estado de cuenta de Aseo domiciliario, de fecha 06 de diciembre de 2022, emitido por la Ilustre Municipalidad de Maipú, que da cuenta de cuotas devengadas y adeudadas por el per odo comprendidoí entre el 21 de abril de 2007 al 31 de agosto de 2022, ambos inclusive. SEGUNDO: Que el art culo 2.514 del C digo Civil dispone que la prescripci ní ó ó que extingue las acciones y derechos ajenos exige solamente cierto lapso de tiempo, durante el cual no se hayan ejercido dichas acciones, cont ndose este tiempo desde queá la obligaci n se hizo exigible.ó TERCERO: Que por su parte el art culo 2.521 del mencionado cuerpo legalí se ala que prescriben en tres a os las acciones a favor o en contra del Fisco y de lasñ ñ Municipalidades provenientes de toda clase de impuestos. CUARTO: Que, es posible se alar que para que resulte procedente declarar lañ prescripci n de las acciones y derechos en comento, es necesario que hayan transcurridoó los plazos que establece la ley desde que se hizo exigible la obligaci n y que el titular deó aquellos no los haya ejercido manteni ndose inactivo a su respecto. é QUINTO: Que, en cuanto a los periodos cuya declaraci n de prescripci nó ó extintiva se solicita, correspondientes a los derechos de aseo devengados en los periodos comprendidos entre el 30 de abril de 2007 hasta el 30 de noviembre del a o 2017ñ , ambos inclusive, se puede colegir que las acciones para el cobro de aquellas se encuentran indefectiblemente prescritas, por cuanto han transcurrido m s de tres a osá ñ desde la fecha de vencimiento de las cuotas adeudadas, y la notificaci n expresa deló demandado del libelo pretensor acaecida el d a 12 de abril de 2023.í

Fallo

Por estas consideraciones y visto adem s lo dispuesto en los art culos á 2492, 2514, 2515 y 2521 y siguientes del C digo Civil, y art culos 144, 160, y 703 y siguientes deló í C digo de Procedimiento Civil, se declara: ó I.- Que, se acoge la demanda de fojas 1 en cuanto se declara que las acciones para perseguir el cumplimiento del pago de las cuotas por concepto de derechos de aseo domiciliario adeudados por la demandante a la Municipalidad de Maip , de los per odosú í Código: YXXXFVXNXF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-5031-2023 Foja: 1 que van entre el 30 de abril de 2007 hasta el 30 de noviembre del a o 2017ñ , ambos inclusive, se encuentran prescritas, incluyendo adem s reajustes, intereses y multasá respecto de dicho periodo. Elim nense dichas cuotas del estado de deuda, ejecutoriadaí que sea la presente sentencia. II.- Que, no se condena en costas a la parte demandada por haberse allanado a la demanda. Reg strese, notif quese y arch vense los autos en su oportunidad.í í í ROL C- 5031-2023 DICTADO ROMMY MULLER UGARTE, JUEZ TITULAR DEL SEXTO JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO. AUTORIZADA POR MARIA ELENA MOYA GUMERA, SECRETARIA SUBROGANTE DEL SEXTO JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO. Se deja constancia que se dio cumplimiento a lo dispuesto en el inciso final del art. 162 del C.P.C. en Santiago, once de Mayo de dos mil veintitr sé Código: YXXXFVXNXF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser vali

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C-5031-2023 Foja: 1 NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 6 Juzgado Civil de Santiagoº CAUSA ROL : C-5031-2023 CARATULADO : GUERRERO/I.MUNICIPALIDAD DE MAIPU Santiago, once de Mayo de dos mil veintitr sé VISTOS: Que, a fojas 1, comparece Francisco Antonio Guerrero Briones, Pensionado, con domicilio en calle La Galaxia N 01321, Villa Pehu n, comuna de Maip e interpone° é ú demanda de prescripci

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