1º Juzgado Civil de Rancagua

REYES GALLEGOS / I MUNICIPALIDAD DE RANCAGUA

Rol

C-5957-2022

Fecha

11 de mayo de 2023

Materia

PRESCRIP.EXTINCIÓN DE ACCIONES, ADQUISICIÓN DE DERECHOS Y OT

Resultado

No especificado

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Hechos

Vistos: Demanda. El 12 de diciembre de 2022, comparece doña Lidia del Rosario Reyes Gallegos, administrador público, con domicilio en Avenida Héctor Zamorano 740 Block 4 departamento 525 de la comuna de Rancagua, deduciendo demanda en Procedimiento Ordinario de Prescripción extintiva respecto de la deuda de derechos de aseo municipal, en contra de la Ilustre Municipalidad De Rancagua, representada legalmente por su alcalde señor Juan Ramón Godoy Muñoz, ambos domiciliados en Plaza de los Héroes 445, de la Comuna de Rancagua. Expone que es dueña del inmueble ubicado en Avenida Héctor Zamorano 740 Block 4 departamento 525 de la comuna de Rancagua, el que figura inscrito a fojas 1633 número 1354 correspondiente al Registro de Propiedad del año 1999, del Conservador de Bienes Raíces de Rancagua. Agrega que ignoraba la deuda existente hasta que, se le indicó que existía una deuda por concepto de derechos de aseo ascendiente a $3.654.760 (tres millones seiscientos cincuenta y cuatro mil setecientos sesenta pesos), puesto que figuran pendientes los periodos vencidos que van desde el 30 de abril de 2001 y 30 de noviembre de 2022. Indica que las acciones se encuentran prescritas para cobro de derechos de aseo municipal de las cuotas vencidas que van desde el 30 de abril del año 2001 y 30 noviembre 2019, y que se dan los presupuestos establecidos en el artículo Código: TYJXXFZLEXF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-5957-2022 Foja: 1 2515 del Código Civil, puesto que ha transcurrido el tiempo exigido por la citada norma legal, para exigir el cobro de la deuda que figura a nombre de su propiedad. Por lo expuesto y previa cita de los artículos 2493, 2497, 2597, 2515 y 2521 del Código Civil, artículos 253, 254, 698, demás pertinentes del Código de Procedimiento Civil y demás normas legales aplicables, solicita declarar en definitiva la prescripción extintiva de derechos de aseo respecto de los períodos vencido

Fundamentos

Considerando: Primero: Que, la parte demandante pretende se declare la prescripción extintiva de la deuda por concepto de derechos de aseo domiciliario adeudados a la Ilustre Municipalidad de Rancagua, específicamente, respecto de aquellas que se hicieran exigibles entre el 30 de abril del año 2001 y 30 noviembre 2019, ambos inclusive, equivalentes a $3.467.594 (tres millones cuatrocientos sesenta y siete mil quinientos noventa y cuatro), por haber transcurrido el plazo legal para exigir su cobro, invocando como fundamento de derecho lo dispuesto en el artículo 2515 del Código Civil. Código: TYJXXFZLEXF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-5957-2022 Foja: 1 Segundo: Que, la titularidad del dominio de la parte demandante respecto del inmueble fue acreditada aparejando el actor copia autorizada de inscripción a fojas 1633 número 1354 correspondiente al Registro de Propiedad del año 1999 del Conservador de Bienes Raíces de Rancagua, del inmueble ubicado en Avenida Héctor Zamorano 740 Block 4 departamento 525 de la comuna de Rancagua, que da cuenta de su carácter de dueño del bien en cuestión. En cuanto a la deuda misma, esta se probó acompañando debidamente digitalizada una copia del certificado de deuda del 28 de noviembre de 2022, emitido por la Sección de Derechos Municipales de la I. Municipalidad de Rancagua, no objetado en contrario. Tercero: Que la contestación se tuvo por evacuado el traslado conferido en rebeldía del demandado. Cuarto: Que, el cobro por concepto de extracción de residuos sólidos domiciliarios por parte de las Municipalidades, encuentra justificación en las disposiciones contenidas en el Decreto Ley N°3063 sobre Ley de Rentas Municipales, definiéndolos como aquellas prestaciones que están obligadas a pagar a las municipalidades, las personas naturales o jurídicas de derecho público o de derecho privado, que obtengan de la administración local una concesión o permiso o que reciban un servicio de las mismas; Luego, tanto la jurisprudencia judicial (Excma. Corte Suprema, Rol N°13.173-2015 y Rol N°3164-2013) como la administrativa emanada de la Contraloría General de la República (Dictámenes N°57.152 de fecha 20 de julio de 2015 y N°12.333 de fecha 16 de febrero 2016), se encuentran contestes en que los derechos de aseo no constituyen impuestos y que su prescripción extintiva se sujeta al plazo de cinco años que contempla el artículo 2515 del Código Civil, por lo que habiendo transcurrido con largueza dicho término para el caso que nos convoca y habiéndose notificado la demanda el 11 de enero de 2023, podrá declararse la prescripción de los derechos de aseo domiciliario vencidos cinco años contados hacia atrás desde esta última fecha, con sus respectivos reajustes y multas, por lo que deberá acogerse la demanda Código: TYJXXFZLEXF Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl C-5957-2022 Foja: 1 intentada

Fallo

Por lo expuesto y previa cita de los artículos 2493, 2497, 2597, 2515 y 2521 del Código Civil, artículos 253, 254, 698, demás pertinentes del Código de Procedimiento Civil y demás normas legales aplicables, solicita declarar en definitiva la prescripción extintiva de derechos de aseo respecto de los períodos vencidos que van desde el 30 de abril del año 2001 y 30 noviembre 2019, ambos incluidos, equivalentes a $3.467.594 (tres millones cuatrocientos sesenta y siete mil quinientos noventa y cuatro). Todo con sus respectivos reajustes, multas y los intereses que se devenguen durante el juicio, con costas. Notificación de la demanda. - El 11 de enero de 2023 (folio 6), se notifica personalmente la demanda. Contestación. - El 17 de febrero de 2023 (folio 10) se tiene por contestada la demanda en rebeldía de la parte demandada. Audiencia de conciliación: El 4 de mayo de 2023 (folio 16) tiene lugar la audiencia de conciliación con la asistencia de la parte demandante, representada por su apoderada señora Viviana López Recabarren, y en rebeldía de la parte demandada Ilustre Municipalidad de Rancagua. Citación a oír sentencia. – El 4 de mayo de 2023 (folio 16), en audiencia, se prescinde de recibir la causa a prueba y cita a las partes a oír sentencia. Considerando: Primero: Que, la parte demandante pretende se declare la prescripción extintiva de la deuda por concepto de derechos de aseo domiciliario adeudados a la Ilustre Municipalidad de Rancagua, específicamente, respecto de

Texto Completo (Preview)

C-5957-2022 Foja: 1 FOJA: 12 .- .- NOMENCLATURA : 1. [40]Sentencia JUZGADO : 1 Juzgado Civil de Rancaguaº CAUSA ROL : C-5957-2022 CARATULADO : REYES GALLEGOS / I MUNICIPALIDAD DE RANCAGUA Rancagua, once de Mayo de dos mil veintitr sé Vistos: Demanda. El 12 de diciembre de 2022, comparece doña Lidia del Rosario Reyes Gallegos, administrador público, con domicilio en Avenida Héctor Zamorano 740 Bloc

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