Juzgado de Letras del Trabajo de La Serena

ORELLANA/SOCIEDAD DE INVERSIONES MERAKI SPA

Rol

O-477-2023

Fecha

5 de octubre de 2023

Materia

Cotizaciones Previsionales, Despido injustificado, Nulidad del despido

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

visto lo dispuesto en los artículos 1, 3, 7, 63,73, 162, 168, 425 a 432, 445, 456 y 496 y siguientes, y demás pertinentes del Código del Trabajo, se resuelve: I. Que, se ACOGE la demanda deducida por RICARDO ESTEBAN ORELLANA TORO Rut 18.493.908-8 en contra de la demandada INVERSIONES MERAKI SPA Rut 76.814.328-5, y se condena al pago de las siguientes prestaciones: - Indemnización por tres años de servicio, por la suma de $1.849.665.- - Incremento legal del 50% contemplado en el artículo 168 b del Código del Trabajo ascendente a la suma de $924.832.- - Indemnización sustitutiva de aviso previo, por la suma de $616.555.- - Remuneración promedio mes de julio del 2023 (2 días), por la suma de $41.102.- - Feriado legal proporcional periodo 2022-2023, por la suma de $288.020.- II. Que, se ACOGE la acción de nulidad del despido según se razonó en la parte considerativa, condenándose a la demandada al pago de las remuneraciones derivadas de la relación laboral, desde la fecha del término de ésta 02 de julio de 2023 hasta la fecha de convalidación del despido, bajo el cálculo de una remuneración de $616.555 III. Que, se RECHAZA la declaración de unidad económica del artículo 3° del Código del Trabajo por las consideraciones ya señaladas. IV. Que, las cantidades ordenadas a pagar deberán serlo con los reajustes e intereses que se indican en el artículo 63 del Código del Trabajo. V. Que, se condena en costas a la demandada principal, por ser totalmente vencida, esto es al pago de $600.000 por costas personales. Ejecutoriada que sea la presente sentencia, cúmplase lo resuelto en ella dentro de quinto día, en caso contrario se iniciará su ejecución, de acuerdo con lo establecido en el artículo 462 del Código del Trabajo. Regístrese y comuníquese. Dictada por don GONZALO ALBERTO MARTINEZ MERINO, Juez Destinado del Juzgado de Letras del Trabajo de La Serena. Los intervinientes quedan válidamente notificados de las resoluciones dictadas en audiencia. Se deja constancia que el

Fundamentos

considerando (registro de audio). Parte resolutiva:

Fallo

Por estas consideraciones, y visto lo dispuesto en los artículos 1, 3, 7, 63,73, 162, 168, 425 a 432, 445, 456 y 496 y siguientes, y demás pertinentes del Código del Trabajo, se resuelve: I. Que, se ACOGE la demanda deducida por RICARDO ESTEBAN ORELLANA TORO Rut 18.493.908-8 en contra de la demandada INVERSIONES MERAKI SPA Rut 76.814.328-5, y se condena al pago de las siguientes prestaciones: - Indemnización por tres años de servicio, por la suma de $1.849.665.- - Incremento legal del 50% contemplado en el artículo 168 b del Código del Trabajo ascendente a la suma de $924.832.- - Indemnización sustitutiva de aviso previo, por la suma de $616.555.- - Remuneración promedio mes de julio del 2023 (2 días), por la suma de $41.102.- - Feriado legal proporcional periodo 2022-2023, por la suma de $288.020.- II. Que, se ACOGE la acción de nulidad del despido según se razonó en la parte considerativa, condenándose a la demandada al pago de las remuneraciones derivadas de la relación laboral, desde la fecha del término de ésta 02 de julio de 2023 hasta la fecha de convalidación del despido, bajo el cálculo de una remuneración de $616.555 III. Que, se RECHAZA la declaración de unidad económica del artículo 3° del Código del Trabajo por las consideraciones ya señaladas. IV. Que, las cantidades ordenadas a pagar deberán serlo con los reajustes e intereses que se indican en el artículo 63 del Código del Trabajo. V. Que, se condena en costas a la demandada principal, por ser totalmente ven

Texto Completo (Preview)

ACTA DE AUDIENCIA DE JUICIO PROCEDIMIENTO ORDINARIO FECHA 05 DE OCTUBRE DE 2023 RUC 23-4-0498383-0 RIT O-477-2023 MAGISTRADA GONZALO ALBERTO MARTÍNEZ MERINO ADMINISTRATIVA DE ACTAS KIARA NICOLE LEDEZMA FELIÚ SALA 6 HORA DE INICIO 08:30 HORA DE TERMINO 09:30 Nº REGISTRO DE AUDIO 2340498383-0-1337 PARTE DEMANDANTE RICARDO ESTEBAN ORELLANA TORO ABOGADO HANS RODRIGO MEYER BELTRÁN

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